Resolución por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para la realización de acciones de formación profesional en el ámbito laboral, dirigidas a personas trabajadoras desempleadas (Modalidad II), con compromiso de contratación, para 2026.
AUTONOMICA · CASTILLA-LA MANCHA · DIRECCIÓN GENERAL FORMACIÓN PROFESIONAL EN EL ÁMBITO LABORAL
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES42 - CASTILLA LA MANCHA
Tipo de convocatoria
Concesión directa - canónica
La fuente identifica una concesión directa. Que figure un plazo no implica que exista una solicitud abierta al público general. Consulta los beneficiarios y las bases oficiales.
Finalidad
Fomento del Empleo
Plazos, con su contexto.
El estado actual del plazo no está verificado. Estas son las fechas declaradas en la BDNS; compruébalas en la fuente oficial.
- Inicio de solicitudes
- 03/01/2026
- Fin de solicitudes
- 30/11/2026
- Registro en BDNS
- 17/12/2025
- Publicación en diario oficial
- 02/01/2026
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
El presente extracto se corresponde con el mismo texto del extracto de la convocatoria publicado con el código BDNS 875944. Primero. Beneficiarios Podrán ser beneficiarias de las subvenciones objeto de la presente convocatoria las entidades de formación, públicas o privadas, que cumplan los requisitos de acreditación e inscripción en el Registro de entidades, en su caso, conforme a la normativa vigente de Formación Profesional en el ámbito laboral. Podrán tener la condición de beneficiarias de las subvenciones las agrupaciones contempladas en el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, con presencia en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha, de acuerdo con lo establecido en el artículo 7.2 de la de la Orden 178/2020, de 19 de noviembre, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo. Las empresas que faciliten la realización de prácticas profesionales no laborales podrán ser beneficiarias de las compensaciones económicas en los términos previstos en los artículos 37 y 38 de la Orden 178/2020, de 19 de noviembre, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo. Segundo. Objeto Convocar la concesión de subvenciones para el ejercicio 2026, para la realización de acciones de formación profesional en el ámbito laboral para personas trabajadoras desempleadas (Modalidad II). Tercero. Bases reguladoras Orden 178/2020, de 19 de noviembre, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, en materia de programación, gestión y evaluación de la formación profesional para el empleo en el ámbito laboral en Castilla-La Mancha y por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones públicas para su realización. [2020/9749]. (D.O.C.M. nº 235, de 20 de noviembre de 2020), modificada por Orden102/2021, de 23 de junio, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo ( DOCM, nº 130, de 9 de julio de 2021); por la Orden 106/2022, de 27 de mayo, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo (DOCM, nº 110, de 9 de junio de 2022); por la Orden 79/2023, de 31 de marzo, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo (DOCM, nº 76, de 20 de abril de 2023) y por la Orden 118/2024, de 11 de julio, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo (DOCM, nº139, de 19 de julio de 2024). Cuarto. Financiación y cuantía de las subvenciones. Las subvenciones que se convocan al amparo de la presente resolución procedentes de fondos finalistas del presupuesto de gastos de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo procedentes del Servicio Público de Empleo Estatal (Ministerio de Trabajo y Economía Social), destinándose un importe total máximo de 3.000.000 euros. La cuantía máxima de subvención a conceder por cada acción formativa se determinará mediante el producto del número de horas de la misma por el número de alumnos/as y por el importe del módulo correspondiente. Quinto. Plazo y forma de presentación de solicitudes. 1. El plazo de presentación de solicitudes para la concesión de subvenciones mediante el procedimiento simplificado de concurrencia comenzará el día siguiente al de la publicación de esta resolución y de su extracto en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha y finalizará el 30 de noviembre de 2026. Las solicitudes de subvención se dirigirán a la persona titular de la Dirección General de Formación Profesional en el Ámbito Laboral y se presentarán de forma telemática, con firma electrónica, a través del formulario incluido como anexo I en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es Código SIACI de búsqueda SL8A). 2. El plazo para la presentación de solicitudes para la concesión directa de las becas y ayudas para las personas trabajadoras desem pleadas que realicen la formación o las prácticas profesionales no laborales, será de un mes desde su incorporación a la acción formativa. Las solicitudes de becas y ayudas se solicitarán conforme al modelo que se incluye en la resolución de convocatoria como anexo IV.A y se presentarán, preferentemente, de forma telemática con firma electrónica, a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es) o en el Registro de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, en sus Delegaciones Provinciales o en cualquiera de los registros y por los medios previstos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Bases y documentación
Resolución 10/07/2026Publicado 13/07/2026Descargar archivo oficial · BDNSTexto en castellano de la convocatoriaPublicado 13/07/2026Descargar archivo oficial · BDNSExtracto de la Resolución de 10/07/2026, por la que se aprueba la ampliación de crédito de la convocatoria de subvenciones para la realización de acciones de formación profesional en el ámbito laboral (Modalidad II), con compromiso de contratación, para 2026.Publicado 16/07/2026Extracto de la Resolución por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para la realización de acciones de formación profesional en el ámbito laboral, dirigidas a personas trabajadoras desempleadas (Modalidad II), con compromiso de contratación, para 2026.Publicado 02/01/2026Orden 178/2020, de 19 de noviembre, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, en materia de programación, gestión y evaluación de la formación profesional para el empleo en el ámbito laboral en Castilla-La Mancha y por la que se establecen las baseInformación orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.