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Plazo no verificadoBDNS 876181

Decreto de Alcaldía del Ayuntamiento de Archidona_ núm 2025-1989 de 18 de diciembre por la que se convoca el Bono Impulsa Archidona Navidad 2025

LOCAL · ARCHIDONA · AYUNTAMIENTO DE ARCHIDONA

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 14:45 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES617 - Málaga

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Comercio, Turismo y Pymes

Plazos, con su contexto.

El estado actual del plazo no está verificado. Estas son las fechas declaradas en la BDNS; compruébalas en la fuente oficial.

Inicio de solicitudes
03/12/2025
Fin de solicitudes
05/01/2026
Registro en BDNS
18/12/2025
Publicación en diario oficial
24/12/2025

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

Primero. - Convocatoria y limitaciones presupuestarias1.  Se efectúa convocatoria pública para la concesión de subvenciones, en concurrencia no competitiva, a personas físicas que participen en la campaña de promoción del comercio local de Archidona «Bono Impulsa Archidona. Navidad 2025». La presente convocatoria se regirá por las Bases Reguladoras aprobadas por Acuerdo de Pleno Ordinario de fecha 10 de julio de 2025 (B.O.P. de Málaga nº 202, de 23 de octubre de 2025)2.  La financiación de estas ayudas se realizará con cargo al crédito consignado en la aplicación presupuestaria 4.43100.48000 por importe de 50.000 €. Mediante la emisión de una RC por importe de 36.800€ antes de la firma del convenio de colaboración y el resto 13.200€ mediante la emisión de una RC con anterioridad a la fecha de finalización de la campaña (5 de enero de 2026)Segundo. - Objeto, personas beneficiarias, tipos bonos y gastos subvencionablesObjeto: El fomento y promoción del comercio local de Archidona mediante la puesta en marcha del «Bono Impulsa Archidona. Navidad 2025» destinado a la adquisición de bienes de consumo y servicios en los comercios locales de Archidona, que estén adheridos a la campaña, por parte de personas físicas, estén o no empadronadas en el mismo.Personas Beneficiarias: Aquellas personas físicas mayores de 16 años que adquieran de bienes de consumo y servicios en los comercios locales de Archidona participantes en la Campaña, independientemente de su municipio de empadronamiento.Tipos de Bonos: Bono 10, Bono 20 y Bono 50.Los gastos subvencionables: Se consideran gastos subvencionables la adquisición de bienes y servicios en los comercios locales de Archidona adheridos a esta iniciativa, a través de los bonos regulados en las bases.Los comercios y establecimientos deberán adherirse a esta iniciativa a través de internet en la dirección que será facilitada por el Ayuntamiento.Tercero. - Solicitudes, plazo de presentación y duración de la CampañaAdquisición bonos venta web:Las personas consumidoras podrán adquirir los bonos consumo Navidad 2025 (venta web), a través de la plataforma de pago segura habilitada por el Ayuntamiento de Archidona, con un máximo de 100 euros por DNI.La adquisición de los bonos venta web se podrá realizar desde el día 3 de diciembre de 2025 a las 9:00 hasta el día 5 de enero de 2026 a las 23:59.Adquisición bonos venta física:El Ayuntamiento de Archidona reservará el 30% de los bonos de esta campaña para que puedan adquirirlos físicamente las personas mayores de 60 años (cumplidos antes del día 3 de diciembre del 2025). Se podrán adquirir desde el día 10 de diciembre de 2025 a las 9:00 hasta el día 22 de diciembre de 2025 a las 14:00, en las siguientes instalaciones:Ayuntamiento de Archidona (de lunes a viernes de 9:00 a 14:00)Edificio El Silo (de martes a viernes de 17:00 a 21:00)La adquisición de bonos mediante el sistema de adquisición física podrá realizarse por persona diferente del adquirente, previa presentación del NIF del representado y con la correspondiente autorización firmada por el mismo.El pago de estos bonos de venta física será preferiblemente mediante tarjeta bancaria.Una vez finalizado el plazo de adquisición física (22 de diciembre a las 14:00), los bonos no adquiridos por este sistema se incorporarán al sistema de venta webCanje bonosLos bonos adquiridos por ambos sistemas (web y físico), se podrán canjear, en los establecimientos adheridos, desde el día 10 de diciembre de 2025 a las 9:00 hasta el día 06 de enero de 2026 a las 23:59, fecha de finalización de la campaña.La duración de la campaña de bonos consumo “Bono Impulsa Archidona. Navidad 2025” comenzará el día 03 de diciembre de 2025 a las 9:00 y finalizará el día 06 de enero de 2025 a las 23:59.El cronograma será el siguiente:• Adhesión de establecimientos desde el día 26 de noviembre de 2025 a las 9:00 hasta el día 5 de enero de 2026 a las 23:59. Se deberá aportar la documentación solicitada en la plataforma.• Adquisición de bonos (venta web) desde el día 3 de diciembre de 2025 a las 9:00 hasta el día 5 de enero de 2026 a las 23:59.• Adquisición de bonos (venta física) desde el día 10 de diciembre de 2025 a las 9:00 hasta el día 22 de diciembre de 2025 a las 14:00.• Canje de los bonos adquiridos, mediante la compra en los establecimientos adheridos a la campaña desde el día 10 de diciembre de 2025 a las 9:00 hasta el día 6 de enero de 2026 a las 23:59. Cuarto. - ImporteEl importe de la subvención es de 4 euros para la persona que adquiera el Bono10, 8 euros para la persona que adquiera el Bono20 y de 20 euros en el caso de adquisición del Bono50. Se pondrán a la venta bonos cuyo importe total sea como máximo igual al crédito destinado a la convocatoria (50.000,00 €).Se podrá adquirir un máximo de 100 € en bonos por persona, por tanto, el importe máximo de subvención será de 40 euros por persona beneficiaria.Quinto. - Procedimiento para la concesión de la subvención y su justificaciónAntes de usar los bonos es imprescindible validarlos. Esto permitirá comprobar la validez de los mismos, y a la vez, verificar que no se hayan utilizado en otra compra.Al realizar la compra, el usuario deberá presentar en el establecimiento su bono consumo, bien en formato impreso o digital, y será obligatoria la presentación del con el que se adquirió cada bono. En caso de representar a otra persona, también deberá aportar del representado y autorización correspondiente debidamente firmada por el mismo.El establecimiento debe comprobar que el y el bono presentado pertenecen a la misma persona que ha ido al establecimiento a canjear el bono. O bien que esta persona actúa como representante de otra, aportando, en ese caso del representado y autorización debidamente firmada por el mismo.Para validar un bono será necesario seguir los siguientes pasos:El cliente muestra al establecimiento el código QR del bono a usar.El establecimiento escanea el código QR o introduce el código del bono consumo manualmente.El establecimiento valida el bono que se va utilizar en la compra, comprobando que los datos del bono corresponden con los datos del adquirente o en su caso del representado.El establecimiento sube a la plataforma la foto del ticket o factura de la compra.

Bases y documentación

Documento de la convocatoria en españolPublicado 18/12/2025Descargar archivo oficial · BDNSExtracto convocatoria CAMPAÑA DE PROMOCIÓN DEL COMERCIO LOCAL DE ARCHIDONA “BONO IMPULSA ARCHIDONA. NAVIDAD 2025” MEDIANTE LA ADQUISICIÓN DE BONOS DESTINADOS A LA ADQUISICIÓN DE BIENES DE CONSUMO Y SERVICIOS EN LOS COMERCIOS LOCALES DE ARCHIDONA DURANTE LA NAVIDAD DE 2025.Publicado 24/12/2025BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DIRECTAS PARA EL FOMENTO DEL CONSUMO EN EL COMERCIO LOCAL DE ARCHIDONA (BOPMA 202 de 23 de octubre de 2025)