Plazo no verificadoBDNS 876330
SUBVENCION PARA ACTIVIDADES CULTURALES
LOCAL · BILBAO · AYUNTAMIENTO DE BILBAO
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 14:48 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES213 - Bizkaia
Finalidad
Cultura
Plazos, con su contexto.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 18/12/2025
- Publicación en diario oficial
- 07/01/2026
Texto oficial de apertura: El día siguiente a la publicación del extracto en el BOB
Texto oficial de cierre: El 20 de febrero de 2026
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b y 20.8 a. de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios.
Podrá ser solicitante de la subvención cualquier entidad sin ánimo de lucro interesada en promover o realizar en Bilbao actividades o programas relacionados con la promoción y difusión de la cultura.
Quedan excluidas del ámbito de esta convocatoria:
- Quienes organicen las fiestas de barrio, Carnavales, Cabalgatas de Reyes, Olentzero, noches de San Juan y cualquier otra actividad exclusivamente festiva.
- Las AMPAS y los Centros Educativos.
Segundo. Objeto.
Se entiende por concepto subvencionable, las actividades y programas dirigidos a la promoción y difusión sectorial de la cultura (artes escénicas, música, audiovisuales, letras, folklore y patrimonio, artes plásticas, promoción científica, etc.), así como los orientados a la dinamización socio-cultural, promoción de la vida cultural a escala de barrio o distrito, etc.
Tercero. Bases Reguladoras.
Ordenanza General reguladora de las bases para la concesión de subvenciones mediante convocatoria por el Ayuntamiento de Bilbao y sus organismos y entidades de derecho público (Boletín Oficial de Bizkaia núm. 138, de 20-7-2016).
Cuarto. Cuantía.
La cuantía destinada a la presente convocatoria asciende a 142.200 euros.
Quinto. Plazo de presentación de Solicitudes.
El plazo de presentación de las solicitudes se inicia el día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Bizkaia y finaliza el 20 de febrero de 2026.
Sexto. Otros datos.
Las solicitudes podrán tramitarse a través de la página web municipal y del registro general. En todo caso, además de la requerida en las bases, se presentará la siguiente documentación:
- Documento explicativo del contenido de cada programa a desarrollar que deberá incluir una explicación detallada del presupuesto de gasto presentado.
- Memoria de las actividades que la entidad hubiera desarrollado en el año anterior.
El abono de las subvenciones se efectuará mediante pago anticipado, con carácter previo a la justificación, por el importe total de la subvención concedida.
Primero. Beneficiarios.
Podrá ser solicitante de la subvención cualquier entidad sin ánimo de lucro interesada en promover o realizar en Bilbao actividades o programas relacionados con la promoción y difusión de la cultura.
Quedan excluidas del ámbito de esta convocatoria:
- Quienes organicen las fiestas de barrio, Carnavales, Cabalgatas de Reyes, Olentzero, noches de San Juan y cualquier otra actividad exclusivamente festiva.
- Las AMPAS y los Centros Educativos.
Segundo. Objeto.
Se entiende por concepto subvencionable, las actividades y programas dirigidos a la promoción y difusión sectorial de la cultura (artes escénicas, música, audiovisuales, letras, folklore y patrimonio, artes plásticas, promoción científica, etc.), así como los orientados a la dinamización socio-cultural, promoción de la vida cultural a escala de barrio o distrito, etc.
Tercero. Bases Reguladoras.
Ordenanza General reguladora de las bases para la concesión de subvenciones mediante convocatoria por el Ayuntamiento de Bilbao y sus organismos y entidades de derecho público (Boletín Oficial de Bizkaia núm. 138, de 20-7-2016).
Cuarto. Cuantía.
La cuantía destinada a la presente convocatoria asciende a 142.200 euros.
Quinto. Plazo de presentación de Solicitudes.
El plazo de presentación de las solicitudes se inicia el día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Bizkaia y finaliza el 20 de febrero de 2026.
Sexto. Otros datos.
Las solicitudes podrán tramitarse a través de la página web municipal y del registro general. En todo caso, además de la requerida en las bases, se presentará la siguiente documentación:
- Documento explicativo del contenido de cada programa a desarrollar que deberá incluir una explicación detallada del presupuesto de gasto presentado.
- Memoria de las actividades que la entidad hubiera desarrollado en el año anterior.
El abono de las subvenciones se efectuará mediante pago anticipado, con carácter previo a la justificación, por el importe total de la subvención concedida.
Bases y documentación
PRESUPUESTO MÍNIMOPublicado 18/12/2025Descargar archivo oficial · BDNSTexto en otra lengua de la convocatoriaPublicado 18/12/2025Descargar archivo oficial · BDNSMODELO SOLICITUDPublicado 18/12/2025Descargar archivo oficial · BDNSREALACION DE FACTURASPublicado 18/12/2025Descargar archivo oficial · BDNSBALANCE INGRESOS Y GASTOSPublicado 18/12/2025Descargar archivo oficial · BDNSTexto en castellano de la convocatoriaPublicado 18/12/2025Descargar archivo oficial · BDNSDECLARACION RESPONSABLEPublicado 18/12/2025Descargar archivo oficial · BDNSExtracto del Acuerdo de 17 de diciembre 2025 de la Junta de Gobierno de la Villa de Bilbao, por el que se convocan subvenciones para actividades culturales.Publicado 07/01/2026Ordenanza General Reguladora de las Bases para la Concesión de Subvenciones mediante Convocatoria por el Ayuntamiento de Bilbao y sus Organismos y Entidades de Derecho PúblicoInformación orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.