Plazo no verificadoBDNS 876358
INICIATIVAS PARA LA PREVENCION DE VIOLENCIA DE GENERO
LOCAL · BILBAO · AYUNTAMIENTO DE BILBAO
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 14:49 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES213 - Bizkaia
Finalidad
Servicios Sociales y Promoción Social
Plazos, con su contexto.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 18/12/2025
- Publicación en diario oficial
- 07/01/2026
Texto oficial de apertura: El día siguiente a la publicación del extracto en el BOB
Texto oficial de cierre: 20 de febrero de 2026
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b y 20.8 a. de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios/as.
Podrán solicitar subvención las asociaciones de mujeres y/o feministas y asociaciones mixtas que cuenten con secretaría de mujeres, delegación o cualquier otro órgano de funcionamiento autónomo, sin ánimo de lucro y que contemplen entre sus fines o actuaciones la promoción de la igualdad de mujeres y hombres y la erradicación de la violencia contra las mujeres.
La existencia, fines y funcionamiento de la secretaría de mujeres, delegación o de cualquier otro órgano autónomo deberán estar expresamente contemplados en los estatutos de la asociación y su constitución efectiva debidamente acreditadas.
Segundo. Objeto.
Fomento de empoderamiento de las mujeres individual y colectivo, y disminuir cualquier tipo de desigualdad y brechas de desigualdad entre mujeres y hombres, así como la sensibilización y/o la prevención de la violencia contra las mujeres, en el municipio de Bilbao.
Tercero. Bases Reguladoras.
Ordenanza General reguladora de las bases para la concesión de subvenciones mediante convocatoria por el Ayuntamiento de Bilbao y sus organismos y entidades de derecho público (Boletín Oficial de Bizkaia núm. 138, de 20-7-2016).
Cuarto. Cuantía.
La cuantía destinada a la presente convocatoria asciende a 32.000 euros. El régimen aplicable al concepto subvencionable, será el de concurrencia competitiva. La cantidad máxima de subvención a conceder es de 2.000 euros.
Quinto. Plazo de presentación de Solicitudes.
El plazo para presentar solicitudes se inicia el día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Bizkaia y finaliza el 20 de febrero de 2026
Primero. Beneficiarios/as.
Podrán solicitar subvención las asociaciones de mujeres y/o feministas y asociaciones mixtas que cuenten con secretaría de mujeres, delegación o cualquier otro órgano de funcionamiento autónomo, sin ánimo de lucro y que contemplen entre sus fines o actuaciones la promoción de la igualdad de mujeres y hombres y la erradicación de la violencia contra las mujeres.
La existencia, fines y funcionamiento de la secretaría de mujeres, delegación o de cualquier otro órgano autónomo deberán estar expresamente contemplados en los estatutos de la asociación y su constitución efectiva debidamente acreditadas.
Segundo. Objeto.
Fomento de empoderamiento de las mujeres individual y colectivo, y disminuir cualquier tipo de desigualdad y brechas de desigualdad entre mujeres y hombres, así como la sensibilización y/o la prevención de la violencia contra las mujeres, en el municipio de Bilbao.
Tercero. Bases Reguladoras.
Ordenanza General reguladora de las bases para la concesión de subvenciones mediante convocatoria por el Ayuntamiento de Bilbao y sus organismos y entidades de derecho público (Boletín Oficial de Bizkaia núm. 138, de 20-7-2016).
Cuarto. Cuantía.
La cuantía destinada a la presente convocatoria asciende a 32.000 euros. El régimen aplicable al concepto subvencionable, será el de concurrencia competitiva. La cantidad máxima de subvención a conceder es de 2.000 euros.
Quinto. Plazo de presentación de Solicitudes.
El plazo para presentar solicitudes se inicia el día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Bizkaia y finaliza el 20 de febrero de 2026
Bases y documentación
Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 18/12/2025Descargar archivo oficial · BDNSANEXOPublicado 18/12/2025Descargar archivo oficial · BDNSHOJA DE SOLICITUDPublicado 18/12/2025Descargar archivo oficial · BDNSTexto en otra lengua de la convocatoriaPublicado 18/12/2025Descargar archivo oficial · BDNSExtracto del Acuerdo de 17 de diciembre de 2025 de la Junta de Gobierno de la Villa de Bilbao, por el que se convocan subvenciones para la línea de subvención Iniciativas para la prevención de violencia de género:Publicado 07/01/2026Ordenanza General Reguladora de las Bases para la Concesión de Subvenciones mediante Convocatoria por el Ayuntamiento de Bilbao y sus Organismos y Entidades de Derecho PúblicoInformación orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.