Plazo no verificadoBDNS 876588
Concesión de subvenciones, destinadas a financiar proyectos y actividades de las orquestas simfónicas o de cámara profesionales y estables con sede en la demarcación de Barcelona (excluyendo Barcelona ciudad) durante la temporada 2025-2026
LOCAL · DIPUTACIÓN PROV. DE BARCELONA · DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE BARCELONA
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 14:54 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES511 - Barcelona
Finalidad
Cultura
Plazos, con su contexto.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- 10/02/2026
- Registro en BDNS
- 19/12/2025
- Publicación en diario oficial
- 12/01/2026
Texto oficial de apertura: Al día siguiente de la fecha de publicación del extracto de la presente convocatoria en BOPB
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
El texto íntegro de la convocatoria y los modelos normalizados de solicitud y justificación de las subvenciones se puede encontrar en http://www.diba.cat/web/cultura/subvencions . Primero. Beneficiarios. Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las personas jurídicas privadas, no lucrativas, es decir, sin ánimo de lucro, legalmente constituidas y debidamente inscritas en el registro correspondiente, que deban realizar la actividad que fundamenta su otorgamiento y que gestionan orquestas sinfónicas o de cámara por carácter profesional y estable, el art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante LGS), y reúnan los requisitos que a continuación se detallan: Tener domicilio social o ser orquesta residente en algún municipio de la demarcación de Barcelona (excepto la ciudad de Barcelona).Realizar un mínimo de 8 conciertos abiertos al público entre el 1 de septiembre de 2025 hasta el 31 de agosto 2026, de los cuales en un 50% debe intervenir toda la formación orquestal, y en el resto debe intervenir un número mínimo de 6 músicos por actuación.Haber desarrollado actividad musical, al menos, durante las tres temporadas anteriores a la del año de concesión de la subvención, con un mínimo de 8 conciertos por temporada.La actividad subvencionada debe llevarse a cabo mayoritariamente en municipios de la provincia de Barcelona, excluyendo la ciudad de Barcelona. Las sociedades cooperativas pueden ser beneficiarias de estas ayudas siempre que cumplan con los requisitos que se especifican en el art. 144 de la Ley 12/2015, de 9 de julio, de cooperativas. Las solicitudes presentadas por entidades que desarrollen actividades de carácter mercantil o que sean entidades mercantiles, en todo caso, serán desestimadas por considerarse entidades lucrativas. Segundo. Objeto. El objeto de la presente convocatoria es regular y fijar los criterios y el procedimiento de solicitud, tramitación, concesión, justificación y pago de las subvenciones que otorgue la Diputación de Barcelona a través de la Oficina de Difusión Artística de la Gerencia de Servicios de Cultura destinadas a financiar proyectos y actividades de las orquestas sinfónicas o de cámara de carácter profesional y estable que tengan su sede social en la demarcación de Barcelona (excluyendo Barcelona ciudad) durante la temporada 2025/2026 incluidas en la siguiente tipología: a) Orquestas sinfónicas profesionalesb) Orquestas de cámara profesionales Son objeto de apoyo de la presente convocatoria: Los conciertos y ciclos estables incluyendo las producciones propias de las formaciones orquestales.Las estrategias de comunicación y difusión del proyecto, así como las estrategias de creación, formación y fidelización de públicos que lleven a cabo las formaciones orquestales.Los programas educativos, sociales y de trabajo comunitario que lleven a cabo las formaciones orquestales. Quedan excluidos de soporte los proyectos que tengan básicamente un carácter docente y otras actividades puramente académicas. Tercero. Bases reguladoras. Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación de Barcelona (Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona de 9 de mayo de 2017). Cuarto. Cuantía. El importe que se destinará para esta convocatoria para subvencionar proyectos y actividades de las orquestas sinfónicas o de cámara profesionales y estables que tengan su sede social en la demarcación de Barcelona será de CIENTO CUARENTA MIL EUROS (140.000 €) con cargo a la aplicación presupuestaria G/40103/33410/48900 del ejercicio 2026. No podrán otorgarse subvenciones por importe superior a la citada consignación presupuestaria. El importe por conceder a cada uno de los proyectos/actividades subvencionadas se determinará de forma proporcional entre los solicitantes, en relación con los puntos asignados. Una vez valorados los proyectos según los criterios de valoración establecidos en la base 9, será de aplicación el baremo de la siguiente tabla, dando un mayor valor por punto a aquellos proyectos que obtengan las puntuaciones más elevadas. Atendiendo a la disponibilidad presupuestaria, se podrá disminuir o aumentar, proporcionalmente, el importe por punto según tramo de puntuación, con la finalidad de ajustarse al presupuesto total de la convocatoria. Total puntosImporte por punto176-200 puntos210 €151-175 puntos180 €126-150 puntos150 €100-125 puntos120 € Si una vez otorgados los importes a los proyectos/actividades subvencionadas, según los baremos establecidos en la tabla, restara importe pendiente de asignar, éste se distribuirá en partes iguales entre las solicitudes estimadas. El importe y porcentaje de las subvenciones que se otorguen no excederá, en cualquier caso, del 50% del coste total de los proyectos/actividades subvencionados, o del importe solicitado, y hasta agotar la consignación presupuestaria fijada en la base 10. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de las solicitudes empezará al día siguiente de la fecha de publicación de un extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona, a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) y finalizará el día 10 de febrero de 2026. La convocatoria será única. Las bases y el modelo normalizado de solicitud, así como todos los modelos de los documentos exigidos en la base 5, se podrán encontrar en el siguiente sitio web: http://www.diba.cat/web/cultura/subvencions. En el formulario electrónico de solicitud se deberá anexar la documentación exigida en la base 5 que deberá presentarse a través de la sede electrónica de la Diputación de Barcelona: https://seuelectronica.diba.cat/tramits-ciutadania, apartado de subvenciones de cultura. Sexto. Otros datos Las subvenciones concedidas al amparo de esta convocatoria tendrán que destinarse a financiar las actividades de las orquestas sinfónicas o de cámara de carácter profesional y estable desarrolladas entre el 1 de septiembre de 2025 y el 31 de agosto de 2026. El período de justificación de las subvenciones otorgadas será entre el día 15 de septiembre de 2026 y, como máximo, el día 17 de noviembre de 2026.
Bases y documentación
Documento de la convocatoria en lengua cooficialPublicado 19/12/2025Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en españolPublicado 19/12/2025Descargar archivo oficial · BDNSEXTRACTO DEL ACUERDO DE 18 DE DICIEMBRE 2025 DE LA JUNTA DE GOBIERNO DE LA DIPUTACIÓN DE BARCELONA POR EL QUE SE APRUEBA LA CONVOCATORIA Y LAS BASES ESPECIFICAS PARA LA CONECSIÓN DE SUBVENCIONES, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, DESTINADAS A FINANCIAR PROYECTOS Y ACTIVIDADES DE LAS ORQUESTAS SINFÓNICAS O DE CÁMARA PROFESIONALES Y ESTABLES QUE TENGAN SU SEDE SOCIAL EN LA DEMARCACIÓN DE BARCELONA (EXCLUYENDO BARCELONA CIUDAD) DURANTE LA TEMPORADA 2025/2026Publicado 12/01/2026Ordenanza General de SubvencionesInformación orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.