Plazo no verificadoBDNS 876626
CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A FAVOR DE PERSONAS JURÍDICAS PRIVADAS SIN ÁNIMO DE LUCRO PARA CONMEMORACIONES DE ACONTECIMIENTOS, PARA CONMEMORACIONES APROBADAS POR PARTE DE LA GENERALITAT DE CATALUÑA Y PARA ACTIVIDADES EXCEPCIONALES Y/O SINGULARES - 2026
LOCAL · DIPUTACIÓN PROV. DE BARCELONA · DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE BARCELONA
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 14:54 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES511 - Barcelona
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Otras actuaciones de carácter económico
Plazos, con su contexto.
El estado actual del plazo no está verificado. Estas son las fechas declaradas en la BDNS; compruébalas en la fuente oficial.
- Inicio de solicitudes
- 20/01/2026
- Fin de solicitudes
- 05/03/2026
- Registro en BDNS
- 19/12/2025
- Publicación en diario oficial
- 24/12/2025
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
El texto íntegro de la convocatoria y los modelos normalizados de solicitud y justificación de las subvenciones se pueden encontrar en http://www.diba.cat/presidencia-subvencions. Primero. Beneficiarios Podrán ser beneficiarias las personas jurídicas privadas sin ánimo de lucro domiciliadas en Cataluña.Los requisitos para la solicitud y la forma de acreditarlos están recogidos en la base 4. Segundo. Objeto El objeto de la subvención es financiar proyectos/actividades que fomenten el interés general, que tengan como objeto:-Conmemoraciones de eventos a partir de 10 años y múltiplos de 5, todos ellos con repercusión local en la provincia de Barcelona.-Conmemoraciones de eventos de 25, 50, 75, 100 años, etc., es decir conmemoraciones múltiples de 25 años, todos ellos con repercusión local en la provincia de Barcelona.-Acontecimientos y personalidades que sean objeto de conmemoración aprobadas por parte de la Generalitat de Cataluña para el año 2026.-Actividades relacionadas con la organización de congresos, simposios, jornadas, cumbres, todas ellas de ámbito internacional y de repercusión local en la provincia de Barcelona.-Actividades excepcionales y/o singulares relativas a materias transversales de repercusión local en la provincia de Barcelona. Tercer. Bases reguladores Ordenanza general de subvenciones de la Diputación de Barcelona (BOP de la Provincia de Barcelona de 9 de mayo de 2017). Cuarto. Importe El importe a conceder a cada uno de los proyectos/actividades subvencionadas se determinará en relación a los puntos asignados en la valoración obtenida.El crédito previsto será de 497.000 €, e irá a cargo de la aplicación presupuestaria G/10500/23101/48903 del presupuesto del año 2026, condicionada a la existencia de crédito hábil y suficiente.A todos los proyectos admitidos se les otorgará el mismo importe por cada punto obtenido. El importe por punto asignado se determinará en función del sumatorio de puntos obtenidos por la totalidad de solicitudes admitidas. Se dividirá el total de consignación presupuestaria existente por el sumatorio de puntos. Si aún resta consignación, se realizarán las operaciones oportunas hasta la aproximación máxima a agotar la consignación presupuestaria fijada.El importe de la subvención será como máximo del 50% del presupuesto total del proyecto presentado, y en ningún caso podrá ser superior al solicitado.Quinto. Plazo de presentación de solicitudesEl plazo de presentación de las solicitudes de las subvenciones será el comprendido entre el 20 de enero y el 5 de marzo de 2026. Sexto. Otros datos Las subvenciones concedidas al amparo de la convocatoria del año 2026 deberán destinarse a financiar actividades relativas a conmemoraciones de eventos, para conmemoraciones aprobadas por parte de la Generalidad de Cataluña para el año 2026, y para actividades excepcionales y/o singulares de repercusión local, todas ellas realizadas dentro del periodo comprendido entre el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2026.La justificación de la subvención se presentará una vez finalizada la actividad, momento en el que se podrá determinar el coste final. 1) Se abrirá un período voluntario de justificación entre el 4 de septiembre y el 27 de noviembre de 2026, para aquellas entidades que hayan finalizado las actividades antes del 31 de agosto de 2026. 2) Las entidades que no hayan justificado en el citado período voluntario, deberán presentar la justificación final de la actividad entre el 4 de enero y el 31 de marzo de 2027. Estas subvenciones deberán fomentar proyectos/actividades de interés público o social que tengan por finalidad: -Potenciar la cohesión y la convivencia de la sociedad civil.-Potenciar el apoyo y asistencia de las actividades de los municipios de la provincia de Barcelona.
Bases y documentación
Documento de la convocatoria en lengua cooficialPublicado 19/12/2025Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en españolPublicado 19/12/2025Descargar archivo oficial · BDNSExtracto del Acuerdo de fecha 18 de diciembre de 2025, de la Junta de Gobierno de la Diputación de Barcelona, por el que se convocan subvenciones del Área de Presidencia de la Diputación de Barcelona, a favor de personas jurídicas privadas sin ánimo de lucro para conmemoraciones de eventos, para conmemoraciones aprobadas por parte de la Generalitat de Cataluña para el año 2026, y para actividades excepcionales y/o singulares de repercusión local – año 2026.Publicado 24/12/2025ORDENANZA GENERAL DE SUBVENCIONESInformación orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.