¿A quién se dirige?
PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES43 - EXTREMADURA
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Agricultura, Pesca y Alimentación
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 19/12/2025
- Publicación en diario oficial
- 24/12/2025
Texto oficial de apertura: Día siguiente a la publicación en el DOE de convocatoria y extracto.
Texto oficial de cierre: Dos meses, a contar desde el día siguiente de la publicación de la convocatoria
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
De conformidad con lo establecido en los artículos 17.3.b y 20.8.a de laLey 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el artículo16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la ComunidadAutónoma de Extremadura, se publica el extracto de la convocatoria de lalínea de ayudas 4 destinadas a la consolidación de la actividad agrariaen los núcleos de población de zonas rurales con especiales dificultadesdemográficas, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de DatosNacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es) y en elDiario Oficial de Extremadura.Primero. Beneficiarios.Podrán ser beneficiarias las personas físicas o las personas titularesde jurídicas con domicilio en la Comunidad Autónoma de Extremadura, quetengan entre los 41 y los 55 años, que, siendo agricultores a títulopersonal, hayan obtenido derechos de la Reserva Nacional, en el marcodel régimen de Ayuda Básica a la renta para la Sostenibilidad de laPolítica Agrícola Común (PAC), correspondientes a la última campaña,titulares de explotaciones que se encuentren ubicadas en municipios,entidades locales menores y pedanías, menores de 1000 habitantes, aunquepuedan depender administrativamente de municipios de más de 3.000habitantes.Segundo. Objeto.La presente convocatoria tiene por objeto subvencionar, mediante régimende concurrencia competitiva a través de una ayuda de tipo fijo, sinjustificación de gastos, conforme a los límites establecidos en elartículo 12 del decreto.Tercero. Bases Reguladoras.La convocatoria se rige por el Decreto 178/2025, de 9 de diciembre, porel que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones públicasdestinadas a financiar medidas para la lucha contra la despoblación enzonas rurales con especiales dificultades demográficas dentro del Plande Acción "Yo Re-pueblo" y el Fondo de Cohesión Territorial, y seaprueba la primera convocatoria de las ayudas, disponible en el DOE y elPortal de Subvenciones de la Junta de Extremadura.Cuarto. Cuantía.La cuantía máxima de la subvención será de hasta 12.000 euros a tipofijo, sin justificación, para el fomento de la incorporación deagricultores y agricultoras que no pueden optar a las ayudas deincorporación, de entre los 41 y los 55 años y que hayan obtenidoderechos en la reserva nacional del régimen de ayuda básica a la renta,con especial atención a la titularidad compartida. La dotaciónpresupuestaria total asignada para esta línea asciende a 500.000 euros,con cargo a la aplicación presupuestaria G/314A/77000, del centro gestor23003, proyecto de gasto 20220334 de los presupuestos de la ComunidadAutónoma de Extremadura para el año 2026, fondo TE31007001, procedentesde transferencia del Estado, aprobados en Conferencia Sectorial de RetoDemográfico, con cargo a los Fondos de Cohesión y TransformaciónTerritorial del Ministerio de Transicion Ecologica y Reto Demográfico.Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.El plazo de presentación de solicitudes será de dos meses, a contardesde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria y suextracto en el Diario Oficial de Extremadura. Las solicitudes puedenrealizarse en la siguiente dirección electrónica:https://www.juntaex.es/w/0726025Sexto. Otros datos.Las inversiones y gastos subvencionables deberán ejecutarse tras lapresentación de la solicitud. El beneficiario deberá presentar lajustificación total de los gastos y pagos efectivamente realizados antela Dirección General de Mundo Rural, Caza, Pesca y Tauromaquia, conformea lo dispuesto en las bases reguladoras y dentro de los plazosestablecidos en la convocatoria.