Ayudas 2026 para financiar medidas de lucha contra la despoblación en núcleos de población de zonas rurales con especiales dificultades demográficas. Línea 5 Activación social s/ disposición adicional única del Decreto 178/205 que convoca
AUTONOMICA · EXTREMADURA · DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO RURAL
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES43 - EXTREMADURA
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Servicios Sociales y Promoción Social
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
19/12/2025
Publicación en diario oficial
24/12/2025
Texto oficial de apertura: Día siguiente a la publicación en el DOE de convocatoria y extracto.
Texto oficial de cierre: Dos meses, a contar desde el día siguiente de la publicación de la convocatoria
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
De conformidad con lo establecido en los artículos 17.3.b y 20.8.a de laLey 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el artículo16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la ComunidadAutónoma de Extremadura, se publica el extracto de la convocatoria de lalínea de ayudas 5 destinadas a la activación social en los núcleos depoblación de zonas rurales con especiales dificultades demográficas,cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional deSubvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es) y en el Diario Oficialde Extremadura.Primero. Beneficiarios.Podrán ser beneficiarias las asociaciones y fundaciones, legalmenteconstituidas, con domicilio en la Comunidad Autónoma de Extremadura, encuyo fin social se encuentre el desarrollo de actuaciones para la luchacontra la despoblación o el desarrollo rural, que tengan su sede enmunicipios, entidades locales menores y pedanías, menores de 3.000habitantes, aunque puedan depender administrativamente de municipios demás de 3.000 habitantes.Segundo. Objeto.La presente convocatoria tiene por objeto subvencionar los gastosderivados de la ejecución del proyecto previamente presentado por lapersona solicitante, incluyendo los gastos materiales, de personal ygastos corrientes, derivados de su ejecución e implantación.Tercero. Bases Reguladoras.La convocatoria se rige por el Decreto 178/2025, de 9 de diciembre, porel que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones públicasdestinadas a financiar medidas para la lucha contra la despoblación enzonas rurales con especiales dificultades demográficas dentro del Plande Acción "Yo Re-pueblo" y el Fondo de Cohesión Territorial, y seaprueba la primera convocatoria de las ayudas, disponible en el DOE y elPortal de Subvenciones de la Junta de Extremadura.Cuarto. Cuantía.La cuantía máxima de la subvención será de hasta 10.000 euros porproyecto o la que solicite el beneficiario, siempre que no se supere lacuantía máxima, siendo del 100% de los gastos justificados. La dotaciónpresupuestaria total asignada para esta línea asciende a 200.000 euros,Con cargo a la aplicación presupuestaria G/314A/78000, del centro gestor23003, proyecto de gasto 20220334 de los presupuestos de la ComunidadAutónoma de Extremadura para el año 2026, fondo TE31007001, procedentesde transferencia del Estado, aprobados en Conferencia Sectorial de RetoDemográfico, con cargo a los Fondos de Cohesión y TransformaciónTerritorial del Ministerio de Transicion Ecologica y Reto Demográfico.Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.El plazo de presentación de solicitudes será de dos meses, a contardesde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria y suextracto en el Diario Oficial de Extremadura. Las solicitudes puedenrealizarse en la siguiente dirección electrónica:https://www.juntaex.es/w/0726025Sexto. Otros datos.Las inversiones y gastos subvencionables deberán ejecutarse tras lapresentación de la solicitud. El beneficiario deberá presentar lajustificación total de los gastos y pagos efectivamente realizados antela Dirección General de Mundo Rural, Caza, Pesca y Tauromaquia, conformea lo dispuesto en las bases reguladoras y dentro de los plazosestablecidos en la convocatoria.