Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 22/12/2025
- Publicación en diario oficial
- 02/01/2026
Texto oficial de apertura: A partir del día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Burgos
Texto oficial de cierre: 31/12/2026
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Extracto del acuerdo de la Junta de Gobierno de la Diputación Provincial de Burgos, de 28 de noviembre de 2025, por el que se convocan subvenciones para personas en situación de urgencia social, para el año 2026.Primero: Beneficiarios.Para la obtención de esta prestación, dirigida a cubrir situaciones de grave necesidad, se deberán reunir los siguientes requisitos:Residir, y estar empadronado de manera continuada con, al menos 6 meses de antelación a la fecha de solicitud o de inicio del procedimiento de reconocimiento de la prestación, tanto el titular como el resto de los miembros de la unidad de familiar o de convivencia, en algún municipio de la provincia de Burgos con población inferior a 20.000 habitantes.No poder cubrir en ese momento sus necesidades básicas de subsistencia por sus medios, ni a través de la ayuda de terceros obligados legalmente o desde otros recursos sociales.No superar los ingresos anuales la cuantía equivalente a 1,35 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) anual, incrementado en el caso de unidad familiar o de convivencia, en un porcentaje por cada miembro adicional (20% por el primer miembro, 10% por el segundo y 5% por el tercero y siguientes), hasta un límite máximo de 1,8 del IPREM anual por unidad familiar.En el caso de prestación económica frente a situaciones de deuda hipotecaria:Que la persona titular de la vivienda este empadronada en algún municipio de la provincia de Burgos con población inferior a 20.000 habitantes con al menos seis meses de antigüedad al momento de la fecha de inicio del correspondiente procedimiento. En su caso, el resto de los miembros de la unidad familiar o de convivencia deberán estar empadronados en algún municipio de la provincia de Burgos de menos de 20.000 habitantes al momento de la fecha del inicio del correspondiente procedimiento.Que, según informe técnico, se encuentren en situación de riesgo de impago o situación de impago de cuotas del préstamo hipotecario de su vivienda habitual, siempre que dicha situación no sea imputable a la actuación voluntaria de la persona obligada a su pago.Que la vivienda habitual esté ubicada en algún municipio de la provincia de Burgos con población inferior a 20.000 habitantes, sea la única de su titularidad y se haya adquirido por un precio inferior a 300.000 €Que, según informe técnico, no dispongan de recursos suficientes para cubrir sus necesidades básicas de subsistencia.No superar los ingresos anuales la cuantía equivalente a 4 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) anual en catorce pagas, incrementada en el caso de unidad familiar o de convivencia, en un porcentaje por cada miembro adicional (20 % por el primer miembro, 10% por el segundo y 5 % por el tercero y siguientes).No haber sido beneficiario de esta prestación en el año natural en el que se inicie el procedimiento de su reconocimiento, salvo situaciones excepcionales que comprometan gravemente la subsistencia de la unidad familiar de convivencia, apreciadas por el órgano competente de las entidades locales en el correspondiente informe técnico.Segundo: Objeto.Esta prestación va dirigida a atender de forma temporal la cobertura de las necesidades básicas de subsistencia, tanto por razones sobrevenidas como por falta continuada de recursos, de aquellas personas que no puedan hacer frente a gastos específicos, considerados necesarios para prevenir, evitar o paliar situaciones de exclusión social y que no puedan ser sufragados por sus medios, ni desde otros recursos sociales, ni en ese momento a través de la ayuda de terceros obligados legalmente, asumiendo, no obstante, el compromiso de solicitar dicha ayuda.Tercero: Actuaciones subvencionables.Manutención: Alimentación, higiene personal y vestido.Alojamiento temporal en casos de urgencia social.Otras necesidades básicas esenciales.Prestación económica frente a situaciones de deuda hipotecaria.Cuarto: Cuantía.El presupuesto total destinado a esta Convocatoria será de 534.000 euros, con cargo a las aplicaciones presupuestarias del Presupuesto General para 2026.El importe máximo global que de esta prestación puede percibir un mismo titular o su unidad familiar o de convivencia, a lo largo del año natural, no superará 0,5 veces el IPREM anual.La cuantía máxima de la prestación a conceder no podrá exceder, en ningún caso, del coste real del servicio o de la prestación atendible, ni de las cuantías máximas establecidas a continuación para cada tipo de ayuda:CLASE DE AYUDACONCEPTOCUANTÍA MÁXIMA ANUALManutenciónEn el caso de unidad familiar de un solo miembro5 €/día(Máximo anual 5 € x 360 días)Si la unidad familiar se compone de más de un miembro, la cuantía se calculará incrementando un 25% por cada uno de los miembros adicionalesAlojamiento temporal caso de urgencia socialAlojamientos en pensiones, hostales u otros210 €/mes (Máximo anual 160,00 € x 12 meses)Otros alojamientos325 €/mes (Máximo anual 250,00 € x 12 meses)Otras necesidades básicas esencialesAdaptación funcional de la vivienda2.000,00 €Reparaciones de carácter urgente2.000,00 €Alquiler50% (IPREM Anual 12 pagas)Suministros esenciales780,00 €Adquisición de mobiliario o electrodomésticos780,00 €Tratamientos sanitarios y/o farmacéuticos1.560,00 €Adquisición de ayudas técnicas1.560,00 €Otras situaciones de emergencia780,00 €Prestación económica frente a situaciones de deuda hipotecariaCuota hipotecaria50% (IPREM Anual 14 pagas)Tasación, notaría, gestoría y registro en casos de dación en pago50% (IPREM Anual 14 pagas)Cuotas vencidas50% (IPREM Anual 14 pagas)Levantamiento de embargos50% (IPREM Anual 14 pagas)Gastos extraordinarios de mudanza y alquiler50% (IPREM Anual 14 pagas) Quinto: Plazo de presentación de solicitudes.Las solicitudes se presentarán desde el día siguiente a la publicación del siguiente anuncio en el BOP de la provincia de Burgos, si esta es posterior al 01/01/2026, o desde esta última si la publicación en el BOP es anterior y finalizará, en todo caso, el 31/12/2026.Sexto: Anexos y documentación.Los anexos y demás documentación correspondiente a la presente convocatoria estarán a disposición de los interesados en la sede electrónica de la Diputación provincial de Burgos http://www.burgos.es/servicios-al-ciudadano/ayudas-y-subvenciones