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Plazo no verificadoBDNS 876992

BBRR y Convocatoria del Plan de Empleo para la concesión de ayudas destinas a financiar la creación de empleo en las entidades locales de la Provincia de Cáceres 2026

LOCAL · DIPUTACIÓN PROV. DE CÁCERES · DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁCERES

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 15:03 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES432 - Cáceres

Tipo de convocatoria

Concesión directa - canónica

La fuente identifica una concesión directa. Que figure un plazo no implica que exista una solicitud abierta al público general. Consulta los beneficiarios y las bases oficiales.

Finalidad

Fomento del Empleo

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
24/12/2025
Fin de solicitudes
19/01/2026
Registro en BDNS
22/12/2025
Publicación en diario oficial
23/12/2025

Texto oficial de apertura: Desde el día siguiente de la publicación de la convocatoria y su extracto en BOP Cáceres

Texto oficial de cierre: 15 días hábiles desde el siguiente de la publicación de la convocatoria y su extracto en BOP Cáceres

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

PRIMERO.-OBJETO  El objeto de estas bases reguladoras es establecer las normas específicas en el marco de la Ordenanza General de Subvenciones (OGS) de esta Diputación para regular la concesión de subvenciones públicas a través de este plan de ayudas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley General de Subvenciones, el artículo 21 de la OGS y en la Base 41 de las de Ejecución del presupuesto.   La subvención consistirá en transferencias corrientes de la Diputación de Cáceres a las entidades locales beneficiarias, siendo subvencionables las actuaciones que se detallan en la Base Tercera de las presentes Bases Reguladoras.    SEGUNDO.- BENEFICIARIOS.   Serán beneficiarias las entidades locales (Ayuntamientos y Entidades Locales Menores) de la provincia de Cáceres, con población inferior a los 20.000 habitantes, relacionadas en el Anexo I y Anexo II de estas bases que manifiesten su deseo y necesidad de utilizar los importes asignados destinándose a la creación de empleo en sus municipios de acuerdo con las prescripciones establecidas en las presentes bases.   Para ser beneficiarias las entidades participantes deberán cumplir los requisitos establecidos en el art. 7 de la Ordenanza General de Subvenciones de esta entidad y en el art. 13.2 de la Ley General de Subvenciones (Ley 38/2003).   TERCERO.- ACTUACIONES Y ACTIVIDADES LABORABLES SUBVENCIONABLES.  Las entidades locales destinarán la subvención a financiar los gastos de personal que establezcan en sus solicitudes, y deberán ser, en todo caso, gastos imputables al Capítulo I de la Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura de los presupuestos de las entidades locales, y su modificación mediante la Orden HAP/419/2014.  Serán subvencionables todos los costes salariales derivados de las contrataciones.   Las entidades locales celebrarán las contrataciones para las actividades laborales siguientes:a) Refuerzo de los Servicios de proximidad: Ayuda a domicilio, Centros de Día, Residencias de Mayores Municipales, Guarderías, Servicios de dinamización sociocomunitaria y deportiva b) Limpieza, desinfección y mantenimiento de infraestructuras. c) Actividades relacionadas con la reactivación e innovación del sector turístico. d) Personal informático para la mejora de la teleadministración y divulgación tecnológica entre la población. e) Fortalecimiento del personal de los servicios sociales de base. f) Servicios administrativos y auxiliares.  Las Entidades Locales resolverán su propio método de selección que deberá cumplir los criterios de transparencia, publicidad e igualdad de oportunidades. Ningún contrato formalizado bajo estas ayudas dará lugar a relación laboral alguna con la Diputación de Cáceres.   Todos los gastos subvencionables en este apartado deberán corresponder a los costes salariales derivados de contratos laborales y comprendidos entre el 1 de enero de 2026 y 31 de diciembre de 2026,  Según su conveniencia y oportunidad y, siempre teniendo en cuenta la actual legislación laboral, cada entidad decidirá el número de contrataciones a realizar y la duración de la jornada laboral, que podrán ser a jornada completa o parcial, no siendo en este caso inferior al 50 % de la jornada completa  CUARTO.- DOTACIÓN PRESUPUESTARIA Y CUANTÍA.  Dotación presupuestaria: El importe de las subvenciones previstas en estas Bases asciende a CINCO MILLONES DE EUROS (5.000.000,00 €), aplicaciones presupuestarias 04-2410-46200 y 04-2410-46800, y supeditado a la consignación efectiva de las ayudas en el Presupuesto de la Diputación, ejercicio 2026, que resulte aprobado. Cuantía: La cuantía a asignar a cada Entidad Local en relación a este plan de empleo vendrá determinada en el Anexo I y Anexo II de las presentes Bases, según los criterios de reparto contenidos en la Base Primera.   Las entidades locales podrán solicitar la cuantía total asignada (subvención de Diputación de Cáceres) o bien un importe inferior, teniendo en cuenta la cofinanciación por parte de la Diputación del 90% del total del plan de cada entidad y el 10% por la entidad local correspondiente.  QUINTO.- PLAZOS: PLAZO DE SOLICITUDES: El plazo para la presentación de solicitudes será de 15 días hábiles contado a partir del día siguiente a la publicación del Extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.  PLAZO DE CONTRATACIÓN: Las contrataciones objeto de estas ayudas, podrán tener la duración que considere oportuna cada entidad, siendo bien a jornada completa o a jornada parcial (mínimo del 50%)  PLAZO DE EJECUCIÓN: El plazo de ejecución será desde el 1 de enero de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2026.   PLAZO DE JUSTIFICACIÓN: El plazo máximo de justificación será hasta el 31 de marzo de 2027.  SÉPTIMO.-SISTEMA DE TRAMITACIÓN  El presente Plan se tramitará telemáticamente, en todas las fases del procedimiento, a través de la sede electrónica de la Diputación de Cáceres en la dirección: https://sede.dipcaceres.es  Donde se encontrará toda la información relativa al presente Plan de Ayudas. 

Bases y documentación

Documento de la convocatoria en españolPublicado 22/12/2025Descargar archivo oficial · BDNSEXTRACTO Convocatoria del Plan de Empleo para la concesión de ayudas destinas a financiar la creación de empleo en las entidades locales de la Provincia de Cáceres 2026Publicado 23/12/2025BBRR y Convocatoria del Plan de Empleo para la concesión de ayudas destinas a financiar la creación de empleo en las entidades locales de la Provincia de Cáceres 2026