Resolución de 30 de diciembre de 2025, del Instituto Andaluz de la Mujer, por la que se convocan ayudas económicas, en régimen de concurrencia no competitiva, Línea 2 yudas económicas a víctimas de violencia de género. para el ejercicio 2026
AUTONOMICA · ANDALUCÍA · INSTITUTO ANDALUZ DE LA MUJER
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES61 - ANDALUCIA
Tipo de convocatoria
Concesión directa - canónica
La fuente identifica una concesión directa. Que figure un plazo no implica que exista una solicitud abierta al público general. Consulta los beneficiarios y las bases oficiales.
Finalidad
Servicios Sociales y Promoción Social
Plazos, con su contexto.
El estado actual del plazo no está verificado. Estas son las fechas declaradas en la BDNS; compruébalas en la fuente oficial.
Inicio de solicitudes
01/01/2026
Fin de solicitudes
31/12/2026
Registro en BDNS
22/12/2025
Publicación en diario oficial
30/12/2025
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
BDNS (Identif): 877024 Línea 1), 877025 (Línea 2) .De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias) y en el presente BOJA.Primero. ConvocatoriaSe convoca mediante tramitación anticipada, en la modalidad de concesión de régimen de concurrencia no competitiva, por el Instituto Andaluz de la Mujer, las siguientes líneas de subvenciones en el marco de la Orden de 29 de agosto de 2023, por la que se modifica la Orden de 23 de febrero de 2021, en la cuantía máxima que se especifica para cada una de ellas y con cargo a los créditos presupuestarios que asimismo se indican para cada línea:Línea 1: Ayudas económicas a víctimas de violencia de género.Cuantía Máxima (euros): 250.000 eurosPartida Presupuestaria: 1831010000 G/31T/48003/00 01Línea 2. Ayudas económicas para mujeres víctimas de violenia de género que acrediten insuficiencia de recursos y especiales dificultades para obtener un empleo.Cuantía Máxima (euros): 1.500.000 eurosPartida Presupuestaria: 1831180000 G/31T/48003/00 S0570Segundo. Beneficiarias.Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las mujeres víctimas de violencia de género que cumplan los requisitos señalados en el Anexo I que se acompaña a este extracto.Tercero. Objeto.El objeto de cada una de las líneas convocadas se describe en el Anexo I que se acompaña a esta resolución.Cuarto. Bases reguladoras.La presente convocatoria se regirá por las bases reguladoras para la concesión de subvenciones por el Instituto Andaluz de la Mujer, en régimen de concurrencia no competitiva, aprobadas mediante la Orden de 29 de agosto de 2023, por la que se modifica la Orden de 23 de febrero de 2021 (BOJA número 168, de 1 de septiembre de 2023).Quinto. Importe.La dotación máxima para la anualidad 2026 de cada una de las líneas convocadas se reflejan en el cuadro recogido en el punto primero del presente extracto, sin perjuicio de lo establecido en el dispongo primero punto 2 de la Resolución de xxxxx de xxxx de 2025 del Instituto Andaluz de la Mujer, por la que se efectúa mediante tramitación anticipada la convocatoria de ayudaseconómicas, en régimen de concurrencia no competitiva, a mujeres víctimas de violencia de género, para el ejercicio 2026.Sexto. Solicitudes y lugar de presentación. 1. Las solicitudes irán dirigidas a la Persona Titular de la Dirección del Instituto Andaluz de la Mujer. 2. Las solicitudes podrán presentarse en los lugares indicados en el apartado 10.c) del cuadro resumen de cada Línea de subvención, aprobado por Orden de 29 de agosto de 2023.Puede igualmente presentarse en el registro electrónico de la Administración de la Junta de Andalucía, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en la siguiente dirección: https://www.juntadeandalucia.es/servicios.html.Séptimo. Plazo de presentación de solicitudes.El plazo de presentación de las solicitudes será a partir del día 1 de enero de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2026.Octavo. Otros datos.Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el presente BOJA junto con la Convocatoria. Asimismo, se pueden obtener en la siguiente dirección electrónica: www.juntadeandalucia.es/institutodelamujer, así como en la sede del Instituto Andaluz de la Mujer y en sus Centros de la Mujer Provinciales.