¿A quién se dirige?
PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES43 - EXTREMADURA
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Otras actuaciones de carácter económico
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 22/12/2025
- Publicación en diario oficial
- 02/02/2026
Texto oficial de apertura: Desde el dia siguiente a la publicación de este Decreto en el DOE
Texto oficial de cierre: 15 día hábiles a contar desde el siguiente a la publicación en el DOE
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de laLey 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica elextracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en laBase de Datos Nacional de Subvenciones(https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias), y en elpresente Diario Oficial de Extremadura.Primero. Beneficiarios.Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las personas físicas ojurídicas y las agrupaciones de personas físicas y jurídicas, cualquieraque sea la forma jurídica que adopten, las comunidades de bienes ocualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado, auncareciendo de personalidad jurídica, siempre que, cumplan los requisitosenumerados en el resuelvo tercero de esta convocatoria, tengan un mínimode tres personas trabajadoras por cuenta ajena de media en los últimosdoce meses, tengan actividad económica en la Comunidad Autónoma deExtremadura, realicen las inversiones objeto de subvención conforme a loestablecido en la presente convocatoria, en centros de trabajo situadosen Extremadura, y sean propietarios/as o arrendatarios/as de losinmuebles donde se sitúen dichos centros de trabajo.Segundo. Objeto.Aprobar la convocatoria correspondiente al ejercicio 2026, de lassubvenciones destinadas a la retirada de cubiertas ligeras que contenganmateriales con amianto y la instalación de medidas de protección decaídas de altura en los centros de trabajo de la Comunidad Autónoma deExtremadura.Tercero. Bases reguladoras.Decreto 49/2025, de 3 de junio, establece las bases reguladoras de lassubvenciones destinadas a la retirada de cubiertas ligeras que contenganmateriales con amianto y la instalación de medidas de protección decaídas de altura en los centros de trabajo de la Comunidad Autónoma deExtremadura y se aprueba la primera convocatoria (DOE núm. 117, de 19 dejunio).Cuarto. Financiación y cuantía.El importe total del crédito destinado a la convocatoria de 2026 será dedoscientos mil euros (200.000,00 €), con el siguiente desglose poraplicaciones presupuestarias:- Cien mil euros (100.000,00 €) con cargo a la aplicación presupuestaria14012.325A.770.00, proyecto de gasto 20240275 “fomento para laprotección de la siniestralidad en Extremadura”, siendo la fuente definanciación fondos de la Comunidad Autónoma.- Cien mil euros (100.000,00 €) con cargo a la aplicación presupuestaria14012.325A.780.00, proyecto de gasto 20240275 “fomento para laprotección de la siniestralidad en Extremadura”, siendo la fuente definanciación fondos de la Comunidad Autónoma.La cuantía de las subvenciones será:- Para la línea de ayuda 1: retirada en los centros de trabajo decubiertas ligeras que contengan materiales con amianto, la cuantía de lasubvención por los gastos derivados de la manipulación, retirada,transporte y gestión del material consistirá en un porcentaje del 85% dela inversión subvencionable (de las facturas presentadas), con un máximode 20.000 euros por centro de trabajo. El importe máximo subvencionablepor metro cuadrado de cubierta que contenga materiales con amianto es de25 euros por metro cuadrado.- Para la línea de ayuda 2: instalación en los centros de trabajo demedidas de protección de caídas de altura en trabajos de mantenimientoen cubiertas mediante la instalación de líneas de vida permanentes. Lacuantía de la subvención por los gastos derivados (coste de lainstalación, costes de nota de cálculo de diseño, certificaciones deinstalación por personal técnico y pruebas de tracción del sistema)consistirá en un porcentaje del 50% de la inversión (facturaspresentadas), con un máximo de 5.000 euros por centro de trabajo.Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles contadosa partir del siguiente de la publicación de la convocatoria en el DiarioOficial de Extremadura y del presente extracto del mismo previsto en elartículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General deSubvenciones.Sexto. Procedimiento de concesión y convocatoriaEl procedimiento se tramitará en régimen de concurrencia competitiva,mediante convocatoria periódica. El procedimiento electrónico completoestará ubicado en el Punto de Acceso General Electrónico dentro de laficha correspondiente al trámite https://www.juntaex.es/w/0697724.