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Plazo no verificadoBDNS 877734

SUBVENCIONES PARA LA REDUCCIÓN Y AHORRO DEL CONSUMO DE ENERGIA ELECTRICA MEDIANTE LA PRODUCCIÓ DE ENERGIA RENOVABLE

LOCAL · ALGEMESÍ · AYUNTAMIENTO DE ALGEMESÍ

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 15:24 (España)

¿A quién se dirige?

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES523 - Valencia / València

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Industria y Energía

Plazos, con su contexto.

El estado actual del plazo no está verificado. Estas son las fechas declaradas en la BDNS; compruébalas en la fuente oficial.

Inicio de solicitudes
12/12/2025
Fin de solicitudes
31/12/2026
Registro en BDNS
26/12/2025
Publicación en diario oficial
08/01/2026

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

PRIMERO. Objeto Regular el acceso a las subvenciones que el Ayuntamiento de Algemesí otorgará para la concesión de subvenciones para la reducción y ahorro del consumo de energía eléctrica mediante la producción de energía renovable con sistemas de aprovechamiento de energía solar para autoconsumo en el sector residencial municipal dentro del Plan de Acción del Clima y la Energía Sostenible del Ayuntamiento de AlgemesíEl ámbito de las actuaciones a subvencionar comprende todos los edificios de uso dominante, residencial, viviendas unifamiliares y vivienda colectiva que están E El término municipal de Algemesí, indistintamente de su emplazamiento en suelo urbano o rústico. Las actuaciones en edificios emplazados en suelo rústico será subvencionarle siempre que su destino sea compatible con las previsiones del PGOU.SEGUNDO. Beneficiarios de la subvenciónPodrán ser beneficiarios de las subvenciones: • Las personas físicas o jurídicas que ostentan la propiedad del inmueble. • Comunidades de propietarios de los edificios. • Las asociaciones benéficas, religiosas o sin ánimo de lucro.Las personas beneficiarias y, en todo caso, las que son propietarias del edificio, tienen que estar al corriente de la totalidad de sus obligaciones económicas, tributarias o no, con el Ayuntamiento y acreditar fehacientemente su condición.TERCERO. Bases reguladorasLas bases reguladoras de la subvención se encuentran disponibles en la página web del Ayuntamiento de Algemesí. (www.algemesi.net)CUARTO. CuantíaEn esta convocatoria 2025/2026 el crédito disponible destinado a la subvención, objeto de regulación en las presentes bases, es de: • Año 2025: 12.500 euros • Año 2026: 2.500 eurosLos beneficiarios de la ayuda percibirán la cantidad económica por Kwh de reducción de energía eléctrica que se acuerde por la Junta de Gobierno municipal. El importe de esta ayuda será la establecida entre los límites siguientes:REDUCCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA INTERANUALDESDEHASTAAYUDA250 KWH650 KWH300 €651 KWH1300 KWH400 €1301 KWH-500 €En el caso de la modalidad de 6 meses, el importe de la presente ayuda será la establecida entre los límites siguientes:REDUCCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA DE 6 MESESDESDEHASTAAYUDA125 KWH325 KWH300 €326 KWH650 KWH400 €651 KWH-500 €El total de la subvención a percibir por cada actuación será de 500 euros de máximo, limitado al total justificado en la facturación aportada del punto de consumo, por persona solicitante o en caso comunidades de propietarios que la edificación esté sujeta al régimen de propiedad horizontal, el coste final será el que se tendría que haber repercutido a cada propietario, calculando en uso de los coeficientes de reparto de la instalación de autoconsumo colectivo.QUINTO. Criterios de la selecciónLas subvenciones se otorgarán por medio de régimen de concesión directa, puesto que las subvenciones reguladas por las presentes bases tienen carácter singular en virtud de lo dispuesto en los artículos 22.2.c y 28, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGB), para concurrir razones de interés público, social, económico o humanitario. Corresponde a la Junta de Gobierno Local las actuaciones de gestión de las subvenciones, la autorización y la orden de pago y la justificación del gasto. La asignación de recursos se hará en función de las solicitudes presentadas. Si en atención a estas y al recurso disponible es posible la asignación del importe máximo fijado en la base 4, se asignará de esta manera. En caso contrario, la asignación podrá efectuarse por porcentaje inferior al máximo. En el supuesto de que no hubiera suficiente presupuesto en la primera convocatoria, las personas solicitantes que quedan excluidas por este motivo y cumplan las bases, podrán ser incluidas como beneficiarias en la próxima convocatoria que, si es el caso, se acuerde aprobar.SEXTO. Plazo de presentación de solicitudesPublicado el extracto de la convocatoria en el BOP, tendrá plena eficacia la convocatoria y podrá iniciarse el plazo establecido para la presentación de solicitudes por los interesados, en los términos establecidos en el artículo 23 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.Su presentación podrá realizarse a través de la Sede Electrónica o en el Registro de entrada del Ayuntamiento, y se presumirá la aceptación incondicionada de las bases de la convocatoria y de las condiciones, de los requisitos y las obligaciones que contienen.

Bases y documentación

Texto en otra lengua de la convocatoriaPublicado 26/12/2025Descargar archivo oficial · BDNSTexto en castellano de la convocatoriaPublicado 26/12/2025Descargar archivo oficial · BDNSExtracto del acuerdo de Junta de Gobierno del doce de diciembre de dos mil veinticinco por el que se convocan ayudas para la reducción y ahorro del consumo de energía eléctrica mediante la producción de energía renovable.Publicado 08/01/2026ORDENANZA Y BASES DE EJECUCIÓN AYUNTAMIENTO DE ALGEMESÍ