Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 26/12/2025
- Publicación en diario oficial
- 09/01/2026
Texto oficial de apertura: El día siguiente al de la publicación de la convocatoria y extracto en DOE
Texto oficial de cierre: Un mes
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de laLey 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica elextracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en laBase de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.es)y en el presente Diario Oficial de Extremadura.Primero. Objeto.Se convocan las subvenciones del ejercicio 2026 de la Línea I aentidades promotoras de los proyectos del Programa Colaborativo RuralATENEO, previstas, en el Capítulo I y la Sección Tercera del Capítulo IIdel Decreto 287/2023, de 27 de diciembre de 2023, por el que se apruebanlas bases reguladoras de concesión de subvenciones destinadas a lafinanciación del Programa Colaborativo Rural ATENEO y la primeraconvocatoria a las entidades promotoras de los proyectos.Segundo. BeneficiariasLos Ayuntamientos y Entidades Locales Menores de la Comunidad Autónomade Extremadura con población inferior a 5.000 habitantes, que deberánser competentes para la ejecución de las correspondientes obras oservicios.Las entidades indicadas en el párrafo anterior, previa conformidad conlos municipios interesados, podrán presentar solicitudes de ayudas paraefectuar proyectos de carácter supralocal. En este caso, lascorporaciones locales que han prestado su conformidad no podránpresentar solicitud simultánea de forma independiente, ni prestar suconformidad a más de una solicitud, si lo hacen no se tendrá en cuentasu participación en ninguna de las solicitudes.En este caso, las entidades locales que formen parte de la agrupación,que tendrán igualmente la consideración de beneficiarias, deberánformalizar previamente un acuerdo, con el contenido mínimo que seestablece en el artículo 27.2 del Decreto Ley 3/2021, de 3 de marzo.Tercero. Bases reguladorasDecreto 287/2023, de 27 de diciembre de 2023, por el que se aprueban lasbases reguladoras de concesión de subvenciones destinadas a lafinanciación del Programa Colaborativo Rural ATENEO y la primeraconvocatoria a las entidades promotoras de los proyectos.Cuarto. Cuantía.1. El importe global de esta convocatoria es de 8.680.000 €, de loscuales 7.812.000 euros corresponden al ejercicio 2026 y 868.000 euros alejercicio 2027, con cargo a los créditos del Servicio Extremeño Públicode Empleo en los siguientes códigos presupuestarios:-20230069, “Programa Colaborativo Rural”, fuente de financiación FS, porun importe total 7.500.000,00 euros, con la siguiente distribución poraplicaciones y ejercicios presupuestarios:Año 2026:140130000 G/242B/46000 FS21422H06 20230069 6.750.000,00 euros.Año 2027:140130000 G/242B/46000 FS21422H06 20230069 750.000,00 euros.El importe de la convocatoria con cargo a este proyecto de gasto estácofinanciada en un porcentaje del 85 % por el Fondo Social Europeo + concargo al Programa Extremadura FSE + 2021-2027, Objetivo político 4 "UnaEuropa más social e inclusiva, por medio de la aplicación del pilareuropeo de derechos sociales", dentro de la prioridad 2 “Inclusiónsocial y lucha contra la pobreza”, Objetivo específico ESO4.8 “Fomentarla inclusión activa al objeto de promover la igualdad de oportunidades,la no discriminación y la participación activa, y mejorar laempleabilidad, en particular para los colectivos desfavorecidos”, medida2.H.6 “Programa Colaborativo Rural”.- 20220423, “Colaborativo Rural Entidades”, fuente de financiación TE,por un importe total 1.180.000,00 euros, con la siguiente distribuciónpor aplicaciones y ejercicios presupuestarios:Año 2026:140130000 G/242B/46000 TE24001002 20220423 1.062.000,00 euros.Año 2027:140130000 G/242B/46000 TE24001002 20220423 118.000,00 euros.De conformidad con el artículo 23.2.h de la Ley 6/2011, de 23 de marzo,de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la cuantíatotal máxima de las subvenciones convocadas, podrá aumentarse hasta un20 % de la cuantía inicial, o hasta la cuantía que corresponda cuandotal incremento sea consecuencia de una generación, incorporación decrédito o se trate de créditos declarados ampliables, siempre antes deresolver la concesión de las mismas sin necesidad de abrir una nuevaconvocatoria, y previa publicación del anuncio recogido en el artículo39.3 de la citada Ley de Subvenciones.2. Según el artículo 36.1 del Decreto 287/2023, de 27 de diciembre, lacuantía total máxima de la subvención se determinará en la resolución deconcesión y estará compuesta por la suma de los importes de los gastossubvencionables de los módulos A, B y de los costes salariales yseguridad social de los contratos del alumnado-trabajador, a cuyosefectos, se fijan los siguientes módulos:– Módulo A: a razón de los siguientes costes unitarios:– Docente y personal técnico de acompañamiento contratado durante todoel periodo de 6 meses y 14 días: 17.090,03 euros ** Si se hace labores de coordinación durante todo el periodo de 6 mesesy 14 días por uno de ellos a razón de 18.095,35 euros.– Módulo B: por importe del 25 % de los costes directos de personalsubvencionables del Módulo A que se consideren correctamentejustificados.– Módulo Salario y seguridad social alumnado-trabajador: el 75 % delsalario mínimo interprofesional anualmente establecido, incluida laparte proporcional de una paga extraordinaria. Asimismo, sesubvencionará la totalidad de las cuotas a la Seguridad Social a cargodel empleador correspondientes por todos los conceptos que establezca lanormativa vigente en el momento de la concesión.Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.El plazo para presentar solicitudes será de un mes, a computar desde eldía siguiente al de la publicación de la convocatoria y su extracto enel Diario Oficial de Extremadura.Sexto. Otros datos.La tramitación de las solicitudes, así como el acceso a la totalidad dela información sobre el procedimiento, se efectuará a través del puntode acceso general electrónicohttps://www.juntaex.es/w/6025?inheritRedirect=true, dentro de la fichacorrespondiente al trámite, en la forma establecida en los artículos 11y 32 del Decreto 287/2023, de 27 de diciembre.La solicitud se presentará con la documentación recogida en el artículo33 del mencionado decreto y los impresos normalizados de los Anexos Ibis, II y III deberán ser cumplimentados a través de la herramientainformática GETCOTEX, del Servicio Extremeño Público de Empleo, ubicadoen la página http://etcote.juntaextremadura.es/etcote, para serposteriormente firmados y presentados de conformidad con lo indicado enel párrafo anterior.