Plazo no verificadoBDNS 877791
Orden de 23 de diciembre de 2025, de la C. de Industria, Comercio y Empleo, por la que se convocan subvenciones al fomento del espíritu emprendedor para garantizar el relevo productivo a través de las org. representativas de autónomos y de la econ. social
AUTONOMICA · CASTILLA Y LEÓN · CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, UNIVERSIDADES, EMPLEO Y COMERCIO
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 15:25 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES41 - CASTILLA Y LEON
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Fomento del Empleo
Plazos, con su contexto.
El estado actual del plazo no está verificado. Estas son las fechas declaradas en la BDNS; compruébalas en la fuente oficial.
- Inicio de solicitudes
- 04/05/2026
- Fin de solicitudes
- 30/10/2026
- Registro en BDNS
- 26/12/2025
- Publicación en diario oficial
- 02/01/2026
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Asimismo, la convocatoria puede consultarse en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) utilizando el identificador BDNS.Se modifica la Orden de 23 de diciembre de 2025, por la que se convocan las subvenciones destinadas al fomento del espíritu emprendedor para garantizar el relevo productivo con especial atención al emprendimiento femenino, a través de las organizaciones representativas del trabajo autónomo y del emprendimiento colectivo de la economía social (Relevacyl Emprendimiento).Como consecuencia de la modificación, el apartado “Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes” del extracto de la citada orden pasa a tener la siguiente redacción:Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.El plazo de presentación de solicitudes se extenderá desde el 4 de mayo hasta el 30 de octubre de 2026, incluido.
Asimismo, la convocatoria puede consultarse en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) utilizando el identificador BDNS.Primero. Objeto y finalidad.Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, las subvenciones para el año 2026 destinadas a la financiación de itinerarios dirigidos al fomento del relevo generacional en Castilla y León que realicen las entidades asociativas de trabajadores autónomos y de entidades de emprendimiento colectivo de la economía social, a través del desarrollo de actuaciones de mentoría y asesoramiento individualizados a personas emprendedoras que deseen realizar una actividad por cuenta propia o un emprendimiento colectivo en Castilla y León, según corresponda, primando el relevo impulsado por mujeres, dirigido a dar continuidad a un negocio viable.Segundo. Beneficiarios.1.– Podrán tener la condición de beneficiarias:Línea I.- Las entidades asociativas de trabajadores autónomos de carácter intersectorial y ámbito autonómico, que se encuentren legalmente constituidas, e inscritas en el Registro de Asociaciones Profesionales de Trabajadores Autónomos de Castilla y León.A los efectos de esta orden, se entiende por asociaciones de trabajadores autónomos de carácter intersectorial, aquellas que cuenten con trabajadores autónomos que desarrollen su actividad en, al menos, tres sectores económicos de entre los de agricultura, industria, construcción y servicios.Línea II.- Serán beneficiarias las siguientes entidades asociativas de economía social:Entidades asociativas de cooperativas, de ámbito autonómico, que se encuentren inscritas en el Registro de Cooperativas de Castilla y León.Entidades asociativas de sociedades laborales que tengan ámbito autonómico y se encuentren legalmente constituidas y debidamente inscritas en el Registro administrativo correspondiente de Castilla y León.Tercero. Bases reguladoras.Orden IEM/619/2025, de 12 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones destinadas al fomento del espíritu emprendedor para garantizar el relevo productivo, con especial atención al emprendimiento femenino, a través de las organizaciones representativas del trabajo autónomo y del emprendimiento colectivo de la economía social (RELEVACYL Emprendimiento). (BOCyL n.º 114, de 17 de junio).Cuarto. Cuantía de la subvención.El importe de estas subvenciones podrá ser de hasta el 100 por ciento del coste de las actuaciones realizadas, y se calculará atendiendo a los gastos justificados y acreditados por la entidad, de entre los contemplados en el apartado sexto de esta convocatoria, para el desarrollo de los itinerarios realizados.La cuantía máxima a subvencionar en cada una de las líneas será de:60.000 €, para los itinerarios realizados por las entidades asociativas de trabajadores autónomos (Línea I).30.000 €, para los itinerarios realizados por las organizaciones representativas de cooperativas y sociedades laborales (Línea II).Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.El plazo de presentación de solicitudes se extenderá desde el 4 de mayo de 2026 hasta el 15 de octubre de 2026, incluido.
Asimismo, la convocatoria puede consultarse en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) utilizando el identificador BDNS.Primero. Objeto y finalidad.Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, las subvenciones para el año 2026 destinadas a la financiación de itinerarios dirigidos al fomento del relevo generacional en Castilla y León que realicen las entidades asociativas de trabajadores autónomos y de entidades de emprendimiento colectivo de la economía social, a través del desarrollo de actuaciones de mentoría y asesoramiento individualizados a personas emprendedoras que deseen realizar una actividad por cuenta propia o un emprendimiento colectivo en Castilla y León, según corresponda, primando el relevo impulsado por mujeres, dirigido a dar continuidad a un negocio viable.Segundo. Beneficiarios.1.– Podrán tener la condición de beneficiarias:Línea I.- Las entidades asociativas de trabajadores autónomos de carácter intersectorial y ámbito autonómico, que se encuentren legalmente constituidas, e inscritas en el Registro de Asociaciones Profesionales de Trabajadores Autónomos de Castilla y León.A los efectos de esta orden, se entiende por asociaciones de trabajadores autónomos de carácter intersectorial, aquellas que cuenten con trabajadores autónomos que desarrollen su actividad en, al menos, tres sectores económicos de entre los de agricultura, industria, construcción y servicios.Línea II.- Serán beneficiarias las siguientes entidades asociativas de economía social:Entidades asociativas de cooperativas, de ámbito autonómico, que se encuentren inscritas en el Registro de Cooperativas de Castilla y León.Entidades asociativas de sociedades laborales que tengan ámbito autonómico y se encuentren legalmente constituidas y debidamente inscritas en el Registro administrativo correspondiente de Castilla y León.Tercero. Bases reguladoras.Orden IEM/619/2025, de 12 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones destinadas al fomento del espíritu emprendedor para garantizar el relevo productivo, con especial atención al emprendimiento femenino, a través de las organizaciones representativas del trabajo autónomo y del emprendimiento colectivo de la economía social (RELEVACYL Emprendimiento). (BOCyL n.º 114, de 17 de junio).Cuarto. Cuantía de la subvención.El importe de estas subvenciones podrá ser de hasta el 100 por ciento del coste de las actuaciones realizadas, y se calculará atendiendo a los gastos justificados y acreditados por la entidad, de entre los contemplados en el apartado sexto de esta convocatoria, para el desarrollo de los itinerarios realizados.La cuantía máxima a subvencionar en cada una de las líneas será de:60.000 €, para los itinerarios realizados por las entidades asociativas de trabajadores autónomos (Línea I).30.000 €, para los itinerarios realizados por las organizaciones representativas de cooperativas y sociedades laborales (Línea II).Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.El plazo de presentación de solicitudes se extenderá desde el 4 de mayo de 2026 hasta el 15 de octubre de 2026, incluido.
Bases y documentación
Orden de 19 de febrero de 2026, de la C. de Industria, Comercio y EmpleoPublicado 19/02/2026Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en españolPublicado 29/12/2025Descargar archivo oficial · BDNSExtracto de la Orden de 19 de febrero de 2026, de la Consejería de Industria, Comercio y Empleo, por la que se modifica la Orden de 23 de diciembre de 2025, por la que se convocan las subvenciones destinadas al fomento del espíritu emprendedor para garantizar el relevo productivo con especial atención al emprendimiento femenino, a través de las organizaciones representativas del trabajo autónomo y del emprendimiento colectivo de la economía social (Relevacyl Emprendimiento).Publicado 23/02/2026Extracto de la Orden de 23 de diciembre de 2025, de la Consejería de Industria, Comercio y Empleo, por la que se convocan las subvenciones destinadas al fomento del espíritu emprendedor para garantizar el relevo productivo con especial atención al emprendimiento femenino, a través de las organizaciones representativas del trabajo autónomo y del emprendimiento colectivo de la economía social (Relevacyl Emprendimiento)Publicado 02/01/2026Orden IEM/619/2025, 12 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones al fomento del espíritu emprendedor para garantizar el relevo productivo a través de las org. representativas de autónomos y de la ec. socialInformación orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.