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Plazo no verificadoBDNS 877799

CONVOCATORIA PROGRAMAS I+D EN SALUD 2025-2029

AUTONOMICA · COMUNIDAD DE MADRID · CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 15:25 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES3 - COMUNIDAD DE MADRID

Finalidad

Investigación, desarrollo e innovación

Plazos, con su contexto.

Inicio de solicitudes
13/01/2026
Fin de solicitudes
13/02/2026
Registro en BDNS
26/12/2025
Publicación en diario oficial
12/01/2026

Texto oficial de apertura: AL DIA SIGUIENTE DE LA PUBLICACIÓN DEL EXTRACTO EN EL BOLETÍN OFICIAL DE LA COMU

Texto oficial de cierre: UN MES A PARTIR DE LA PUBLICACIÓN DEL EXTRACTO EN EL BOLETÍN OFICIAL DE LA COMU

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Extracto publicado

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyotexto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en la página web www.comunidad.madridBDNS (ID): xxxxxxPrimero. Objeto de la convocatoria.El objeto de esta orden de convocatoria, correspondiente al año 2025, es regular laconcesión, en régimen de concurrencia competitiva, bajo los principios de publicidad,transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, así como eficacia y eficienciaen la asignación y utilización de los recursos públicos, de subvenciones de ayudas aproyectos de I+D realizados en colaboración entre grupos de investigación pertenecientes alas universidades y organismos de investigación de la Comunidad de Madrid, en la modalidadde programas de actividades de I+D en salud en las subáreas científico-técnicas indicadasen el anexo I de la orden de convocatoria.Segundo. Entidades beneficiarias.Podrán tener la condición de entidades beneficiarias aquellas que reúnan los requisitosestablecidos en el artículo 8 de la Orden 2402/2024, de 31 de mayo, de la Consejería deEducación, Ciencia y Universidades, por la que se establecen las bases reguladoras paralas convocatorias de ayudas a proyectos de I+D realizados en colaboración entre grupos deinvestigación pertenecientes a las universidades y organismos de investigación de laComunidad de Madrid, en el momento de presentación de la solicitud.Las entidades beneficiarias podrán ser:a) Universidades Públicas y Universidades Privadas, que estén inscritas en el Registrode Universidades, Centros y Títulos, creado por el Real Decreto 1509/2008, de 12 deseptiembre, por el que se regula el Registro de Universidades, Centros y Títulos.b) Fundaciones Institutos Madrileños de Estudios Avanzados (Fundaciones IMDEA).c) Organismos Públicos de Investigación previstos en el Capítulo III del título IV deLey 14/2011, de 1 de junio.d) Fundaciones de Investigación Biomédica de las Instituciones Sanitarias adscritas alServicio Madrileño de Salud (SERMAS).e) Entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas vinculadas o concertadascon el Sistema Nacional de Salud, que desarrollen actividad investigadora.f) Otras entidades públicas y privadas, sin ánimo de lucro, con capacidad y actividaddemostrada en I+D+I, que tengan definidos en sus estatutos la I+D+I como actividadprincipal.Tercero. Bases reguladoras.La Orden 2402/2024, de 31 de mayo, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades,publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid el 13 de junio, establece lasbases reguladoras para las convocatorias de ayudas a proyectos de I+D realizados encolaboración entre grupos de investigación pertenecientes a las universidades y organismosde investigación de la Comunidad de Madrid.Cuarto. Cuantía y duración de las ayudas.El presupuesto asignado a la presente convocatoria asciende a 28.000.000 euros y sedistribuirá anualmente como sigue:2025 2026 2027 2028 2029 TOTAL0,00 7.000.000,00 7.000.000,00 7.000.000,00 7.000.000,00 28.000.000,00Quinto. Características de las ayudas.Las ayudas se concederán en la modalidad de subvención y tendrán una duración de cuatroaños.La cuantía de la ayuda será de un máximo de 325.000 euros por programa de actividades deI+D y año.De acuerdo con lo previsto en los artículos 10.1 b) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, deSubvenciones de la Comunidad de Madrid, y en el artículo 16.1.c) de la Ley 5/1998, de 7 demayo, de Fomento de la Investigación Científica y la Innovación Tecnológica de laComunidad de Madrid, en consideración a las características de las ayudas contempladas enla presente orden, en especial su interés público, el importe de la subvención concedidase librará anualmente, con carácter previo a la justificación de la finalidad para la quese concedan y sin necesidad de constituir garantía.Las solicitudes deberán encuadrarse en alguna de las subáreas científico-técnicasestablecidas en el anexo I de la orden de convocatoria.Sexto. Presentación de solicitudes y documentación.Las solicitudes se presentarán por las entidades solicitantes coordinadoras de losprogramas de actividades de I+D en el plazo de un mes a partir del día siguiente de lapublicación del extracto de esta orden de convocatoria en el Boletín Oficial de laComunidad de Madrid, siguiendo las disposiciones de los artículos 16 y 31 de la Orden2402/2024, de 31 de mayo.Séptimo. Criterios de baremación.La evaluación de las solicitudes se hará según lo establecido en el artículo 18 de laOrden 2402/2024, de 31 de mayo.1. Se otorgará a cada solicitud una puntuación de 0 a 100 puntos. Las solicitudes deberánalcanzar una puntuación mínima de 70 puntos en la evaluación científico-técnica para poderser seleccionadas.2. Las solicitudes se evaluarán de acuerdo con los siguientes criterios científico-técnicos, teniendo todos ellos la misma ponderación sobre la puntuación final:a) Calidad del consorcio que desarrolla el programa de actividades de I+D. De 0 a 35puntos. Se evaluará la calidad científica y técnica de los grupos de investigación y lacapacidad de liderazgo del grupo investigador coordinador, así como la variedad ycomplementariedad de los grupos de investigación que lo integran.b) Excelencia del programa de actividades de I+D. De 0 a 35 puntos. Se valorará laclaridad, originalidad, solidez y la excelencia científica del programa de actividadespresentado, así como su viabilidad y la relevancia de los indicadores de resultadoplanteados.c) Impacto del programa de actividades de I+D. De 0 a 20 puntos. Se valorará el programade comunicación y difusión, así como el plan de transferencia de resultados del programade actividades de I+D.d) Participación de grupos de investigación emergentes en el consorcio que realiza elprograma de actividades de I+D. De 0 a 10 puntos. Se valorará la participación de gruposde investigación emergentes en el consorcio.3. Se aplicará como criterio de desempate el que tenga mayor puntuación en los criteriosde evaluación en el orden establecido en el apartado 3. Si persistiese el empate, esteserá dirimido por la comisión de selección.

Bases y documentación

Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 23/01/2026Descargar archivo oficial · BDNSOtros documentos EXTRACTO CONV BOCMPublicado 23/01/2026Descargar archivo oficial · BDNSEXTRACTO de la Orden 6070/2025, de 19 de diciembre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se aprueba la convocatoria del año 2025 de ayudas a proyectos de I+D realizados en colaboración entre grupos de investigación pertenecientes a las universidades y organismos de investigación de la Comunidad de Madrid, en la modalidad de programas de actividades de I+D en SALUD.Publicado 12/01/2026ORDEN 2402/2024, DE 31 DE MAYO, DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y