Extracto publicado
De conformidad con lo previsto en los artículos 20.8 a) y 23.2 de la Ley38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica elextracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en laBase de Datos Nacional de Subvenciones(https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatprias) y en elpresente DOE.PRIMERO.- Beneficiarios.1.- Podrán ser beneficiaras de estas ayudas las empresas de producciónteatral, de danza, espectáculos multidisciplinares o de música, que seencuentren establecidas en cualquier Estado Miembro del EspacioEconómico Europeo (EEE), con un periodo mínimo de un año de actividadprofesional acorde a la naturaleza de la subvención anterior a lapublicación de la presente convocatoria, o que acrediten haberproducido, al menos, un montaje escénico para teatro o danza,espectáculos multidisciplinares o un montaje musical documentado enmaterial sonoro (disco, CD, casete ... ) para música.2.- Los proyectos presentados deberán tener un presupuesto inicialsuperior a 10.000,00 euros (IVA excluido).SEGUNDO.- Objeto.Convocar las ayudas destinadas a la producción teatral, de danza, deespectáculos multidisciplinares y de música profesionales de laComunidad Autónoma de Extremadurapara el 2026, para la financiación de los gastos que genere anualmenteel montaje de las nuevas producciones.TERCERO.- Bases reguladoras.Las ayudas convocadas se regirán por lo previsto en el Decreto 58/2016,de 10 de mayo, por el que se aprueban las bases reguladoras de ayudasdestinadas a la producción teatral, de danza, de espectáculosmultidisciplinares y de música profesionales de la Comunidad Autónoma deExtremadura. (D.O.E. nº 92, de 16 de mayo de 2016).CUARTO.- Financiación y cuantíaPara el objeto de la convocatoria se destinará la cantidad máxima dedoscientos setenta mil euros (270.000 euros), que se financiará concargo a la aplicación presupuestaria 150020000G273B77000, proyecto degasto 20030223 fondos CAG0000001 de los Presupuestos Generales de laComunidad Autónoma de Extremadura para el 2026.Se subvencionarán los proyectos en orden de mayor puntuación obtenidasegún los criterios de valoración, con las limitaciones indicadas en elpresente apartado y del crédito presupuestado para tal fin. Obtendríanlas siguientes cantidades en función del presupuesto aprobado, hastaagotar el crédito destinado a estas ayudas en el ejercicio 2026:- Presupuestos de más de 10.000,00 hasta 15.000,00: 6.000,00 €- Presupuestos de más de 15.000,00 hasta 20.000,00: 9.000,00 €- Presupuestos de más de 20.000,00 hasta 25.000,00: 12.000,00 €- Presupuestos de más de 25.000,00 hasta 30.000,00: 15.000,00 €- Presupuestos de más de 30.000,00 hasta 35.000,00: 18.000,00 €- Presupuestos de más de 35.000,00 hasta 40.000,00: 21.000,00 €- Presupuestos de más de 40.000,00 hasta 45.000,00: 24.000,00 €- Presupuestos de más de 45.000,00 hasta 50.000,00: 27.000,00 €- Presupuestos de más de 50.000,00 hasta 55.000,00: 30.000,00 €- Presupuestos de más de 55.000,00 hasta 60.000,00: 33.000,00 €- Presupuestos de más de 60.000,00 hasta 65.000,00: 36.000,00 €- Presupuestos de más de 65.000,00 hasta 70.000,00: 39.000,00 €- Presupuestos de más de 70.000,00 hasta 75.000,00: 42.000,00 €- Presupuestos de más de 75.000,00 hasta 80.000,00: 45.000,00 €- Presupuestos de más de 80.000,00 hasta 85.000,00: 48.000,00 €- Presupuestos de más de 85.000,00: 50.000,00 €2. La cantidad máxima de la ayuda no superará los 50.000 euros, ni el 60% del importe del presupuesto de producción aprobado, (IVA excluido).QUINTO.- Plazo de presentación de solicitudes.El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábilescontados desde el siguiente al de la publicación de la convocatoria ydel presente extracto en el Diario Oficial de Extremadura.SEXTO.- Otros datos.La aportación por la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportesse efectuará durante el año 2026, de la siguiente manera:1. Con carácter anticipado un primer pago del 50 % del importe total dela subvención concedida una vez publicada la resolución de concesión enel Diario Oficial de Extremadura, previa presentación de copias de loscontratos de:· Dirección Artística.· Actores/Actrices y músicos principales.· Acreditación de sucursal u oficina permanente en el territorionacional español.· Acreditación del ejercicio una actividad económica acorde a lanaturaleza de la subvención en el territorio de la Comunidad Autónoma deExtremadura, que se acreditará mediante certificado de situación deactividad económica del beneficiario.2. El 50 % restante se abonará una vez se realice la producción objetode ayuda, para ello la empresa beneficiaria deberá justificar lainversión del presupuesto de producción aprobado antes del 7 denoviembre del 2026, teniendo en cuenta que si los gastos reales deinversión fueran inferiores a los del presupuesto inicial con relaciónal cual se concede la subvención, y siempre y cuando se haya realizadola producción objeto de la inversión, se procederá a la disminuciónproporcional de la ayuda concedida.