Plazo no verificadoBDNS 878232
Ayudas 2026. Segundo procedimiento, a la programación de artes escénicas y de música en la red de teatros y otros espacios escénicos de Extremadura, según resolución de 18 de diciembre de 2025
AUTONOMICA · EXTREMADURA · SECRETARÍA GENERAL DE CULTURA
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 15:37 (España)
¿A quién se dirige?
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Ámbito territorial
ES43 - EXTREMADURA
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Cultura
Plazos, con su contexto.
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- Inicio de solicitudes
- 01/06/2026
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 29/12/2025
- Publicación en diario oficial
- 05/01/2026
Texto oficial de cierre: 15 DÍAS HÁBILES A PARTIR DEL 1 DE JUNIO DE 2026
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Extracto publicado
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a) de laLey 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publicó enel Diario Oficial de Extremadura número 2, de 5 de enero de 2026,Extracto de la convocatoria para la concesión de las ayudas a laprogramación de artes escénicas y de música en la Red de teatros y otrosespacios escénicos de Extremadura para el ejercicio 2026, cuyo textocompleto puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones(https://www.infosubvenciones.es/gob.es).Esta modificación tiene por objeto reflejar la nueva distribución delmontante económico total de la convocatoria entre los dos procedimientosprevistos, como consecuencia del traslado al segundo procedimiento de lacantidad no aplicada en el primer procedimiento, en aplicación de loprevisto en el artículo 26.3, del Decreto 152/2024, de 12 de diciembre,por el que se regula la Red de teatros y otros espacios escénicos deExtremadura, se establecen las bases reguladoras para la concesión delas ayudas a la programación de artes escénicas (D.O.E n.º 7, 13 deenero de 2025)En base a lo anterior, se procede a la siguiente modificación delExtracto indicado:- El apartado “Cuarto. Cuantía”, queda redactado de la siguiente forma:“ 1. A la financiación de estas ayudas se destinará la cantidadmáxima de un millón seiscientos mil euros (1.600.000,00 euros), que sefinanciará con cargo a la aplicación presupuestaria 150020000G/273A/46000/20001143/CAG0000001, de los presupuestos generales de laComunidad Autónoma de Extremadura para 2026.El montante económico total de la convocatoria se asignará conforme a lasiguiente distribución:a) 1.085.633,99 euros para el primer procedimiento.b) 514.366,01 euros para el segundo procedimiento. 2. La cuantía máxima por ayuda anual, incluidos los dosprocedimientos, será como máximo de 80.000 euros por solicitante y unmáximo de 12 actuaciones, con los siguientes condicionantes ylimitaciones: 70 % del caché de compañías extremeñas, 50 % de noextremeñas.”
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a) de laLey 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica elextracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en laBase de Datos Nacional de Subvenciones(https://www.infosubvenciones.es/gob.es) y en este DOE.PRIMERO.- BENEFICIARIOS.1.-Podrán ser beneficiarios de las ayudas a la programación todos losmunicipios de Extremadura que formen parte de la Red de Teatros y otrosespacios escénicos de Extremadura de conformidad con lo establecido enel Capítulo I del presente decreto.2.- Los solicitantes de las ayudas deberán además cumplir los siguientesrequisitos:a) Estar al corriente en las obligaciones tributarias con la HaciendaEstatal, con la Seguridad Social y no tener deudas con la HaciendaAutonómica.b) No estar incurso en alguna de las prohibiciones para obtener lacondición de beneficiario establecidas en el artículo 12.2 de la Ley6/2011, de 23 de marzo.SEGUNDO.-OBJETO.Convocar ayudas a los municipios de Extremadura que formen parte de laRed de Teatros y otros espacios escénicos de Extremadura con el fin desufragar los gastos para la financiación de la contratación deespectáculos de artes escénicas y musicales en Extremadura, incluidosdentro de su programación y permitir dinamizar, movilizar y gestionar lacultura al mayor número de posiblesbeneficiarios en la región, facilitando la distribución y exhibición delas producciones de teatro, música, danza y circo.TERCERO.- BASES REGULADORAS.Decreto 152/2024 de 12 de diciembre por el que se regula la red deteatros y otros espacios escénicos de Extremadura, se establecen lasbases reguladoras para la concesión de las ayudas a la programación deartes escénicas y de música y se aprueba la primera convocatoria.CUARTO.-CUANTÍA.A la financiación de estas ayudas se destinará la cantidad máxima de unmillón seiscientos mil euros(1.600.000,00 euros), que se financiará con cargo a la aplicaciónpresupuestaria 150020000 G/273A/46000/20001143/CAG0000001, de lospresupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para2026.El montante económico total de la convocatoria se asignará conforme a lasiguiente distribución:a) 1.300.000,00 euros para el primer procedimiento.b) 300.000,00 euros para el segundo procedimiento.2.- La cuantía máxima por ayuda anual, incluidos los dos procedimientos,será como máximo de 80.000 euros por solicitante y un máximo de 12actuaciones, con los siguientes condicionantes y limitaciones: 70 % delcaché de compañías extremeñas, 50 % 2de no extremeñas.QUINTO.- PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.El plazo de presentación de solicitudes será el siguiente para cada unode los procedimientos:a. Para el primer procedimiento: quince días hábiles contados desde elsiguiente al de la publicación de esta convocatoria y el extracto de lamisma en el Diario Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es), deconformidad con lo dispuesto en el artículo 20.8 a) de la Ley 38/2003,de 17 de noviembre, General de Subvenciones.b. Para el segundo procedimiento: quince días hábiles contados a partirdel 1 de junio de 2026.No serán admitidas a trámite, sin posibilidad de subsanación yprocediéndose a su archivo, las solicitudes presentadas fuera del plazoestablecido para cada uno de los procedimientos.SEXTO.- OTROS DATOS.1. Los pagos por parte de la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes yDeportes se efectuaran durante el año 2026, una vez publicada laresolución de concesión de cada procedimiento en el Diario Oficial deExtremadura (http://doe.juntaex.es), de la siguiente forma:-100% de la subvención concedida, cuando se justifique la contrataciónde los espectáculos subvencionados por parte de la Entidad, mediante elenvío a la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes de lacertificación del Secretario-Interventor de la Entidad con el VºBº delAlcalde-Presidente, de los contratos realizados en el que se detalleimporte (desglosando el IVA correspondiente), fecha del contrato,denominación de la empresa, NIF de la misma, su carácter de extremeña ono, denominación del espectáculo, tipo de espectáculo y día deactuación. (Anexo V certificación de contratación).
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a) de laLey 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica elextracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en laBase de Datos Nacional de Subvenciones(https://www.infosubvenciones.es/gob.es) y en este DOE.PRIMERO.- BENEFICIARIOS.1.-Podrán ser beneficiarios de las ayudas a la programación todos losmunicipios de Extremadura que formen parte de la Red de Teatros y otrosespacios escénicos de Extremadura de conformidad con lo establecido enel Capítulo I del presente decreto.2.- Los solicitantes de las ayudas deberán además cumplir los siguientesrequisitos:a) Estar al corriente en las obligaciones tributarias con la HaciendaEstatal, con la Seguridad Social y no tener deudas con la HaciendaAutonómica.b) No estar incurso en alguna de las prohibiciones para obtener lacondición de beneficiario establecidas en el artículo 12.2 de la Ley6/2011, de 23 de marzo.SEGUNDO.-OBJETO.Convocar ayudas a los municipios de Extremadura que formen parte de laRed de Teatros y otros espacios escénicos de Extremadura con el fin desufragar los gastos para la financiación de la contratación deespectáculos de artes escénicas y musicales en Extremadura, incluidosdentro de su programación y permitir dinamizar, movilizar y gestionar lacultura al mayor número de posiblesbeneficiarios en la región, facilitando la distribución y exhibición delas producciones de teatro, música, danza y circo.TERCERO.- BASES REGULADORAS.Decreto 152/2024 de 12 de diciembre por el que se regula la red deteatros y otros espacios escénicos de Extremadura, se establecen lasbases reguladoras para la concesión de las ayudas a la programación deartes escénicas y de música y se aprueba la primera convocatoria.CUARTO.-CUANTÍA.A la financiación de estas ayudas se destinará la cantidad máxima de unmillón seiscientos mil euros(1.600.000,00 euros), que se financiará con cargo a la aplicaciónpresupuestaria 150020000 G/273A/46000/20001143/CAG0000001, de lospresupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para2026.El montante económico total de la convocatoria se asignará conforme a lasiguiente distribución:a) 1.300.000,00 euros para el primer procedimiento.b) 300.000,00 euros para el segundo procedimiento.2.- La cuantía máxima por ayuda anual, incluidos los dos procedimientos,será como máximo de 80.000 euros por solicitante y un máximo de 12actuaciones, con los siguientes condicionantes y limitaciones: 70 % delcaché de compañías extremeñas, 50 % 2de no extremeñas.QUINTO.- PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.El plazo de presentación de solicitudes será el siguiente para cada unode los procedimientos:a. Para el primer procedimiento: quince días hábiles contados desde elsiguiente al de la publicación de esta convocatoria y el extracto de lamisma en el Diario Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es), deconformidad con lo dispuesto en el artículo 20.8 a) de la Ley 38/2003,de 17 de noviembre, General de Subvenciones.b. Para el segundo procedimiento: quince días hábiles contados a partirdel 1 de junio de 2026.No serán admitidas a trámite, sin posibilidad de subsanación yprocediéndose a su archivo, las solicitudes presentadas fuera del plazoestablecido para cada uno de los procedimientos.SEXTO.- OTROS DATOS.1. Los pagos por parte de la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes yDeportes se efectuaran durante el año 2026, una vez publicada laresolución de concesión de cada procedimiento en el Diario Oficial deExtremadura (http://doe.juntaex.es), de la siguiente forma:-100% de la subvención concedida, cuando se justifique la contrataciónde los espectáculos subvencionados por parte de la Entidad, mediante elenvío a la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes de lacertificación del Secretario-Interventor de la Entidad con el VºBº delAlcalde-Presidente, de los contratos realizados en el que se detalleimporte (desglosando el IVA correspondiente), fecha del contrato,denominación de la empresa, NIF de la misma, su carácter de extremeña ono, denominación del espectáculo, tipo de espectáculo y día deactuación. (Anexo V certificación de contratación).
Bases y documentación
Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 15/09/2026Descargar archivo oficial · BDNSMODIFICACIÓN EXTRACTO DE LA CONVOCOATORIA PARA LA CONCESIÓN DE LAS AYUDAS A LA PROGRAMACIÓN DE ARTES ESCÉNICAS Y DE MÚSICAPublicado 22/09/2026EXTRACTO DE LA CONVOCOATORIA PARA LA CONCESIÓN DE LAS AYUDAS A LA PROGRAMACIÓN DE ARTES ESCÉNICAS Y DE MÚSICPublicado 05/01/2026Decreto 152/2024, de 12 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas a la programación de artes escénicas y de música y se aprueba la primera convocatoriaprInformación orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.