Plazo no verificadoBDNS 878372
Convocatoria para la concesión de subvenciones en materia de reconstrucción de muros de piedra seca de Llers
LOCAL · LLERS · AYUNTAMIENTO DE LLERS
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 15:40 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES512 - Girona
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Cultura
Plazos, con su contexto.
El estado actual del plazo no está verificado. Estas son las fechas declaradas en la BDNS; compruébalas en la fuente oficial.
- Inicio de solicitudes
- 03/01/2026
- Fin de solicitudes
- 16/02/2026
- Registro en BDNS
- 29/12/2025
- Publicación en diario oficial
- 02/01/2026
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
1. Bases Reguladoras Estas subvenciones se regirán por lo que se ha fijado en la presente convocatoria; en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; en el Reglamento General de la Ley de Subvenciones aprobado por Real Decreto 886/2006, de 21 de julio; en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; en el Real decreto 130/2019, de 8 de marzo, por el que se regula la Base de datos Nacional de Subvenciones y la publicidad de las subvenciones y otras ayudas públicas ; en la Ordenanza General de Subvenciones, publicada en el Boletín Oficial de Gerona núm. 236 con fecha 11.12.2013, y en las restantes normas de derecho administrativo que en su caso sean aplicables, y en su defecto, las normas de derecho privado. Las bases reguladoras de la concesión de estas subvenciones están contenidas en la Ordenanza para la concesión de subvenciones en materia de reconstrucción de muros de piedra seca de Llers, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Girona núm. 95, de fecha 19.05.2021, posteriormente modificada y publicada definitivamente la modificación en el Boletín Oficial de la Provincia de Girona núm. 136, de 13/07/2023. El procedimiento para la concesión de estas subvenciones será en régimen de concurrencia competitiva. 2. Créditos Presupuestarios El crédito presupuestario al que se imputa la subvención es: 3.360 48.000. La cuantía total máxima de las subvenciones convocadas será de 3.000,00€. 3. Objeto, Condiciones y Finalidad de la Concesión de la Subvención Se subvencionarán las operaciones de reparación y reconstrucción de los muros de piedra seca preexistentes en suelo rústico de Llers que se encuentren en mal estado de conservación o derruidos. No son subvencionables los márgenes de nueva construcción para abancalar terrenos. Se subvencionará la actuación hecha con métodos tradicionales y siguiendo las pautas del arte de la piedra seca, sin rejuntar las piezas con hormigón, cemento, mortero u otros. Por tanto, se utilizará un sistema de trabas con las piedras que permiten unirlas todas entre sí. El fragmento restaurado deberá seguir la misma tipología del muro existente en cuanto a tamaño de las piedras, disposición de éstas, inclinación y estructura del muro, tanto en la parte visible como en la parte posterior en los muros de contención. Se pueden utilizar herramientas de cantero, herramientas de albañilería, herramientas de jardinero, y también herramientas exclusivas de marger como los martillos de marger , martillos de corte, cábanos mallorquines, abujardas, perpales, civeras, mazos, macetas y herramientas de corte de piedra, carretillas, civeras , etc… retro o mini excavadora para suministrar y levantar las piedras. La subvención tiene por finalidad la protección del paisaje como bien de interés público colectivo y patrimonio arquitectónico. 4. Requisitos para Solicitar la Subvención y la Forma de Acreditarlos Puede optar a las subvenciones reguladas por estas bases, cualquier persona física o jurídica que sea propietaria o inquilina de terrenos en el término municipal de Llers. Los beneficiarios deben cumplir los requisitos previstos en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, así como los siguientes requisitos: Por las entidades públicas o privadas sin ánimo de lucro: estar debidamente constituida e inscrita en el correspondiente registro público y no ser deudora por ningún concepto del Ayuntamiento de Llers. Por los particulares: El beneficiario no podrá tener deudas pendientes de pago en período ejecutivo con la hacienda municipal, salvo que éstas tengan concedido válidamente por el Ayuntamiento, el aplazamiento, el fraccionamiento o su suspensión. El requisito de estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones con la Hacienda Pública y con la Seguridad Social debe acreditarse mediante la presentación de la correspondiente declaración responsable. En su caso, el Ayuntamiento de Llers podrá comprobar la exactitud y veracidad de la declaración, de oficio salvo que el beneficiario se oponga expresamente. Este mismo régimen de declaración responsable también será de aplicación en el momento de justificación y pago. No pueden ser beneficiarias de esta subvención las que hayan sido sancionadas con la pérdida de esta condición de acuerdo con el artículo 59 y siguientes de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones o normativa que la sustituya. En caso de que la promotora beneficiaria de las ayudas no sea la propietaria del inmueble, será necesario presentar la autorización expresa de la propietaria. Las solicitantes de la ayuda, para ser beneficiarias, no podrán contratar a empresarios ni técnicos que hayan sido sancionados por el Ayuntamiento por la realización de obras ilegales en los cinco años anteriores a la fecha de solicitud de la ayuda. 5. Órgano Competente para la Instrucción y Resolución del Procedimiento El órgano competente para la instrucción del expediente son los servicios técnicos municipales . El órgano competente para resolver es el Pleno. 6. Plazo de presentación de solicitudes y documentación El plazo para la presentación de solicitudes en el Ayuntamiento de Llers es de 30 días hábiles a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Girona. Deberán acompañarse a la solicitud los siguientes documentos: - Fotocopia del DNI o NIF, en caso de personas jurídicas.- En el caso de entidades, copia de los estatutos vigentes y del documento acreditativo de su inscripción en el registro público.- Título justificativo de la propiedad.- En caso de que la persona solicitante no sea la propietaria, será necesario presentar la autorización expresa de ésta con indicación de quién se beneficiará de la subvención.En la solicitud se hará constar el número de cuenta bancaria, del propietario o inquilino del terreno, donde se efectuará la transferencia del importe de la ayuda en caso de ser beneficiario.- Ficha de acreedor- Declaración responsable de estar al corriente de sus obligaciones con la Tesorería de la Seguridad Social y con la Agencia Tributaria.- Breve memoria con la localización de las fincas objeto de actuación, de los metros cuadrados aproximados de recuperación y aportación de reportaje fotográfico previo. 7. Plazo de resolución y notificación. El plazo de resolución de las solicitudes de ayudas y subvenciones no excederá en ningún caso de seis meses desde la fecha de publicación de la convocatoria en el BOP de Girona. La carencia de resolución dentro de este plazo produce efectos desestimatorios de la solicitud. Las concesiones o denegaciones de las ayudas se publicarán en la sede electrónica del Ayuntamiento, y se notificarán personalmente a los interesados. Las ayudas se entienden aceptadas si el beneficiario no manifiesta lo contrario en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la notificación o al de publicación en la sede electrónica de la resolución de su concesión. 8. Reformulación de las Solicitudes Las bases no contemplan la reformulación. 9. Fin de la Vía Administrativa El acto de resolución de la subvención agota la vía administrativa. De acuerdo con lo que disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra esta resolución podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Alcalde de este Ayuntamiento, en el término de un mes a contar desde el día siguiente Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Girona, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa . 10. Criterios de Valoración de Solicitudes Se considerarán gastos subvencionables aquellos que de forma indudable responden a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios y se realicen en el plazo establecido en la convocatoria de la subvención. La cuantía de la subvención a percibir será de 32,50 €/m2 reparado. La subvención concedida debe determinarse en función de las solicitudes presentadas y de las disponibilidades presupuestarias, con un máximo de 500 euros por propietario/a y año. El otorgamiento de las subvenciones quedará supeditado a la disponibilidad de aplicación presupuestaria por parte del Ayuntamiento de Llers y se distribuye mediante la asignación total de la partida. En caso de falta de suficiente consignación presupuestaria para atender a la totalidad del importe solicitado entre los beneficiarios, la concesión debe realizarse mediante prorrateo del importe de la partida entre los beneficiarios. 11. Medios de notificación o publicación Las notificaciones se practicarán en el lugar y por el medio que el solicitante haga constar al efecto en la solicitud, teniendo en cuenta lo fijado a estos efectos en el artículo 41 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Bases y documentación
Documento de la convocatoria en españolPublicado 29/12/2025Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en lengua cooficialPublicado 29/12/2025Descargar archivo oficial · BDNSMODEL DECLARACIO RESPONSABLEPublicado 29/12/2025Descargar archivo oficial · BDNSMODEL MEMORIA DESCRIPTIVAPublicado 29/12/2025Descargar archivo oficial · BDNSMODEL DE SOL·LICITUDPublicado 29/12/2025Descargar archivo oficial · BDNSConvocatòria para la concesión de subvenciones en materia de reconstrucción de muros de piedra seca de LlersPublicado 02/01/2026Ordenanza específica reguladora de las bases de las ayudas destinadas al fomento de la reconstrucción de muros de piedra seca de LlersInformación orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.