Plazo no verificadoBDNS 878417
FINANC.FSE+ y CM-TR.ANT.2026: FOMENTO EMPL.JUVENIL CCLL(EMP-FORM CUALIF.)
AUTONOMICA · COMUNIDAD DE MADRID · CONSEJERÍA ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 15:42 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES3 - COMUNIDAD DE MADRID
Finalidad
Fomento del Empleo
Plazos, con su contexto.
- Inicio de solicitudes
- 10/02/2026
- Fin de solicitudes
- 02/03/2026
- Registro en BDNS
- 29/12/2025
- Publicación en diario oficial
- 06/02/2026
Texto oficial de apertura: EL PLAZO PARA LA PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES SE INICIA EL DÍA 10 DE FEBRERO DE 2026.
Texto oficial de cierre: 15 DÍAS HÁBILES DESDE EL INICIO.
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
BDNS (identif.):De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3b y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la orden por la que seconvocan subvenciones, para el año 2026, del Programa de Fomento de Empleo Juvenil conCorporaciones Locales, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacionalde Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index) y en la página webwww.comunidad.madridPrimero.Beneficiarios1. Podrán acogerse a las ayudas previstas en la presente convocatoria, las entidadeslocales de la Comunidad de Madrid, así como sus organismos autónomos y entidades concompetencias en materia de políticas activas de empleo, desarrollo local y de promoción dela ocupación, dependientes o asimiladas a aquéllas, cuya titularidad correspondaíntegramente a dichas entidades locales.2. Las entidades que contraten a personas desempleadas a través de esta medida de políticaactiva de empleo deberán ser competentes para la ejecución de las obras o servicioscorrespondientes a los puestos de trabajo para los que se solicita la subvención, tenercapacidad técnica y de gestión para la impartición de la formación y deberán hallarse alcorriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y no tener deudas envía ejecutiva con la Comunidad de Madrid.Segundo.Objeto1. Convocar para el año 2026 subvenciones para la realización del Programa de Fomento delEmpleo Juvenil con Corporaciones Locales: Programa público de empleo-formación para laCualificación Profesional.2. Las subvenciones se destinarán a financiar los gastos salariales y de cotización a laSeguridad Social y los costes de formación derivados de la contratación de las personasjóvenes desempleadas que participen en el programa. La modalidad contractual será lacorrespondiente al contrato de duración determinada habilitado en la disposición adicionalquinta del Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para lareforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación delmercado de trabajo o, en su defecto, la modalidad contractual vigente que resulte deaplicación.3. Además, serán subvencionables los costes salariales y de cotización a la SeguridadSocial de los tutores de aprendizaje y los técnicos de orientación incorporados al mismo,conforme se determina en las bases reguladoras de las subvenciones. La modalidadcontractual será la correspondiente al contrato de duración determinada habilitado en ladisposición adicional quinta del Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidasurgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y latransformación del mercado de trabajo o, en su defecto, la modalidad contractual vigenteque resulte de aplicaciónTercero.Bases reguladoras.Orden 8 de mayo de 2023, del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, por la que seestablecen las normas de procedimiento y las bases reguladoras de las subvenciones de losprogramas públicos de empleo-formación de la Comunidad de Madrid (B.O.C.M. nº 120, de 22de mayo de 2023).Cuarto.Financiación1. Para el cumplimiento de la finalidad del Programa público de empleo-formación para laCualificación Profesional, se destinará el crédito presupuestario establecido en la Ley dePresupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2026, en el Programa 241M"Promoción y Fomento de Empleo", Subconcepto 46200 "Actuaciones cofinanciadas FSE yotros", por cuantía de 14.000.000 euros.2. Las subvenciones previstas en esta Orden serán objeto de cofinanciación en el marco delPrograma FSE+2021/2027, hasta una tasa máxima del 40 %, dentro del período de programación2021-2027:- Eje: Europa Inclusiva (código 4)- Prioridad: Empleo Juvenil (código 5)- Objetivo Específicos: Mejorar el Acceso a Empleo (código 5 A)- Actuación: Fomento Empleo Juvenil Corporaciones Locales (Código 01)Quinto.Plazo de presentación de solicitudesEl plazo para la presentación de las solicitudes será de 15 días hábiles, iniciándose elplazo el día 10 de febrero de 2026.
Bases y documentación
Otros documentos BOCM-20260206-29Publicado 06/02/2026Descargar archivo oficial · BDNSTexto en castellano de la convocatoriaPublicado 06/02/2026Descargar archivo oficial · BDNSEXTRACTO de la Orden de 3 de diciembre de 2025 de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan subvenciones en el año 2026 para la realización del Programa de Fomento del Empleo Juvenil con Corporaciones Locales en el marco del Programa FSE+ 2021/2027.Publicado 06/02/2026ORDEN, DE 8 DE MAYO DE 2023, DEL CONSEJERO DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS NORMAS DE PROCEDIMIENTO Y LAS BASES REGULADORAS DE LAS SUBVENCIONES DE LOS PROGRAMAS PÚBLICOS DE EMPLEO-FORMACIÓN DE LA COMUNIDAD DE MADRIDInformación orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.