CerradaBDNS 878883
PROGRAMA +NOVAQUA 2026
LOCAL · DIPUTACIÓN PROV. DE PONTEVEDRA · COOPERACIÓN COS MUNICIPIOS
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 15:51 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES114 - Pontevedra
Finalidad
Infraestructuras
Plazos, con su contexto.
- Inicio de solicitudes
- 03/01/2026
- Fin de solicitudes
- 01/04/2026
- Registro en BDNS
- 30/12/2025
- Publicación en diario oficial
- 02/01/2026
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Extracto publicado
Mediante o acordo número 20.37445 da Xunta de Goberno da Deputación de Pontevedra, adoptado na sesión ordinaria de 24 de xullo de 2026, aprobouse a modificación das bases reguladoras do programa de axudas para legalización das traídas de augas veciñais (programa +NOVAQUA 2026), publicadas e dispoñibles no Boletín Oficial da Provincia de Pontevedra (BOPPO) e na Sede electrónica da Deputación, https://sede.depo.gal. Primeiro. Modificación da contía e aplicación orzamentaria Modifícase a cantidade prevista para a financiación deste programa, que se incrementa a trescentos setenta mil euros (370.000,00€), imputables contra a aplicación orzamentaria 2026/942.4590.489.07, para gastos correntes do Orzamento da Deputación Provincial de Pontevedra para o ano 2026, condicionado á aprobación dos expedientes de modificación de crédito correspondentes.
Primero. Entidades beneficiarias Las comunidades de usuarios de aguas para consumo humano, que tengan domicilio social en la provincia de Pontevedra, estén legalmente constituidas y debidamente inscritas en el registro público correspondiente como titulares del aprovechamiento de las aguas para las que solicitan la subvención, destinadas a legalizar nuevas concesiones de aguas de consumo humano o a la novación de las existentes. Segundo. Objeto El objeto de estas bases es la ordenación del procedimiento aplicable para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para sufragar los gastos destinados a legalizar nuevas concesiones de aguas de consumo humano o a la novación de las existentes de las comunidades de usuarios de aguas de la provincia de Pontevedra, realizados por las entidades beneficiarias en el marco de las actuaciones subvencionables definidas en la base 1ª, en el período comprendido desde el 1 de enero de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2026. Tercero. Régimen jurídico De conformidad con lo establecido en el artículo 5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS) y en el artículo 4 de la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación de Pontevedra (OGS), las ayudas que se otorguen a favor de las entidades beneficiarias en el marco de esta línea de ayudas, tendrán el carácter de subvenciones y se regirán por la siguiente normativa: la LGS, en los artículos de carácter básico y en su normativa de desarrollo también básica; la Ley de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Galicia y su normativa de desarrollo; los artículos no básicos de la LGS y su normativa de desarrollo; la legislación sobre régimen local estatal y autonómica; la OGS; las Bases de Ejecución del Presupuesto, especialmente en los aspectos presupuestarios y contables; la convocatoria y las bases reguladoras de estas; y los actos administrativos dictados por los distintos órganos de la Diputación. Cuarto. Importe y aplicación presupuestaria El financiamiento de este programa es de trescientos sesenta mil (360.000,00€) euros, financiados con fondos propios de la Diputación con cargo al presupuesto provincial del ejercicio 2026, imputable a la aplicación presupuestaria 2026/942.4590.489.07 para gastos corrientes. Este importe podrá ampliarse como consecuencia de la existencia de remanentes en otras convocatorias, de la forma establecida en la base quinta. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes El plazo de presentación de las solicitudes será desde el día siguiente al de la publicación de las bases y del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Pontevedra (BOPPO) y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), hasta el miércoles 01 de abril de 2026. Sexto. Forma de presentación de solicitudes Las solicitudes se presentarán obligatoriamente en la Sede electrónica de la Diputación de Pontevedra, https://sede.depo.gal, de acuerdo con el procedimiento electrónico establecido al efecto. Deberá acompañarse la documentación exigida conforme a la base décima. Séptimo. Otros datos - Procedimiento de concesión: concurrencia competitiva, conforme a los requisitos y criterios establecidos en las bases primera, cuarta y sexta de las reguladoras del programa. - Gastos subvencionables: los establecidos para cada modalidad en la base primera. - Compatibilidad: sí. - Plazo de ejecución: desde el 1 de enero de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2026. - Plazo de justificación: hasta el 31 de marzo de 2027. - Prórroga de los plazos de ejecución y de justificación: hasta 3 meses. - Forma de justificación: mediante la aportación de una memoria explicativa, cuenta justificativa, facturas y demás documentación justificativa, según lo previsto en la base décimo quinta. - Ingreso de la subvención: una vez aprobada la justificación, se adelantará el importe de la subvención sin necesidad de haber pagado los gastos. - Forma de pago: todos los gastos que se justifiquen deberán abonarse mediante transferencia bancaria en el plazo de un mes desde que se reciba el ingreso de la subvención. - Trámites posteriores al pago: deberán aportarse los justificantes de gasto en el plazo de dos meses desde la recepción del ingreso de la subvención.
Primero. Entidades beneficiarias Las comunidades de usuarios de aguas para consumo humano, que tengan domicilio social en la provincia de Pontevedra, estén legalmente constituidas y debidamente inscritas en el registro público correspondiente como titulares del aprovechamiento de las aguas para las que solicitan la subvención, destinadas a legalizar nuevas concesiones de aguas de consumo humano o a la novación de las existentes. Segundo. Objeto El objeto de estas bases es la ordenación del procedimiento aplicable para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para sufragar los gastos destinados a legalizar nuevas concesiones de aguas de consumo humano o a la novación de las existentes de las comunidades de usuarios de aguas de la provincia de Pontevedra, realizados por las entidades beneficiarias en el marco de las actuaciones subvencionables definidas en la base 1ª, en el período comprendido desde el 1 de enero de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2026. Tercero. Régimen jurídico De conformidad con lo establecido en el artículo 5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS) y en el artículo 4 de la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación de Pontevedra (OGS), las ayudas que se otorguen a favor de las entidades beneficiarias en el marco de esta línea de ayudas, tendrán el carácter de subvenciones y se regirán por la siguiente normativa: la LGS, en los artículos de carácter básico y en su normativa de desarrollo también básica; la Ley de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Galicia y su normativa de desarrollo; los artículos no básicos de la LGS y su normativa de desarrollo; la legislación sobre régimen local estatal y autonómica; la OGS; las Bases de Ejecución del Presupuesto, especialmente en los aspectos presupuestarios y contables; la convocatoria y las bases reguladoras de estas; y los actos administrativos dictados por los distintos órganos de la Diputación. Cuarto. Importe y aplicación presupuestaria El financiamiento de este programa es de trescientos sesenta mil (360.000,00€) euros, financiados con fondos propios de la Diputación con cargo al presupuesto provincial del ejercicio 2026, imputable a la aplicación presupuestaria 2026/942.4590.489.07 para gastos corrientes. Este importe podrá ampliarse como consecuencia de la existencia de remanentes en otras convocatorias, de la forma establecida en la base quinta. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes El plazo de presentación de las solicitudes será desde el día siguiente al de la publicación de las bases y del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Pontevedra (BOPPO) y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), hasta el miércoles 01 de abril de 2026. Sexto. Forma de presentación de solicitudes Las solicitudes se presentarán obligatoriamente en la Sede electrónica de la Diputación de Pontevedra, https://sede.depo.gal, de acuerdo con el procedimiento electrónico establecido al efecto. Deberá acompañarse la documentación exigida conforme a la base décima. Séptimo. Otros datos - Procedimiento de concesión: concurrencia competitiva, conforme a los requisitos y criterios establecidos en las bases primera, cuarta y sexta de las reguladoras del programa. - Gastos subvencionables: los establecidos para cada modalidad en la base primera. - Compatibilidad: sí. - Plazo de ejecución: desde el 1 de enero de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2026. - Plazo de justificación: hasta el 31 de marzo de 2027. - Prórroga de los plazos de ejecución y de justificación: hasta 3 meses. - Forma de justificación: mediante la aportación de una memoria explicativa, cuenta justificativa, facturas y demás documentación justificativa, según lo previsto en la base décimo quinta. - Ingreso de la subvención: una vez aprobada la justificación, se adelantará el importe de la subvención sin necesidad de haber pagado los gastos. - Forma de pago: todos los gastos que se justifiquen deberán abonarse mediante transferencia bancaria en el plazo de un mes desde que se reciba el ingreso de la subvención. - Trámites posteriores al pago: deberán aportarse los justificantes de gasto en el plazo de dos meses desde la recepción del ingreso de la subvención.
Bases y documentación
Texto en otra lengua de la convocatoriaPublicado 31/07/2026Descargar archivo oficial · BDNSTexto en castellano de la convocatoriaPublicado 31/07/2026Descargar archivo oficial · BDNSEXTRACTO DO ACORDO NÚMERO 20.37445 DA XUNTA DE GOBERNO DA DEPUTACIÓN DE PONTEVEDRA, ADOPTADO NA SESIÓN ORDINARIA DE 24 DE XULLO DE 2026, NO QUE SE APROBA A MODIFICACIÓN DAS BASES REGULADORAS DO PROGRAMA DE AXUDAS PARA LEGALIZACIÓN DAS TRAÍDAS DE AUGAS VECIÑAIS (PROGRAMA +NOVAQUA 2026)Publicado 03/08/2026EXTRACTO DEL ACUERDO NÚMERO 33.35909 DE LA JUNTA DE GOBIERNO DE LA DIPUTACIÓN DE PONTEVEDRA, ADOPTADO EN LA SESIÓN ORDINARIA DEL 19 DE DICIEMBRE DE 2025, EN EL QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS Y CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DEL PROGRAMA DE AYUDAS A COMUNIDADES DE USUARIOS DE AGUAS DE LA PROVINCIA DE PONTEVEDRA PARA EL AÑO 2026 (PROGRAMA +NOVAQUA 2026) Publicado 02/01/2026PROGRAMA +NOVAQUA 2026Información orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.