CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO DE LA PROVINCIA DE VALENCIA, DESTINADAS A DESARROLLAR ACTIVIDADES QUE FOMENTEN LA IGUALDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES Y/O EN CONTRA DELA VIOLENCIA DE GÉNERO 2026
LOCAL · DIPUTACIÓN PROV. DE VALENCIA · DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALENCIA
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES523 - Valencia / València
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Servicios Sociales y Promoción Social
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 05/01/2026
- Publicación en diario oficial
- 09/01/2026
Texto oficial de apertura: 20 días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación del extracto en BOP
Texto oficial de cierre: 20 días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación del extracto en BOP
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero: Beneficiarios
Podrán acogerse a estas ayudas las asociaciones, fundaciones, federaciones o agrupaciones de las mismas, que tengan domicilio social y actúen en la provincia de Valencia, destinadas al desarrollo de actividades que fomenten la igualdad entre mujeres y hombres y/o en contra de la violencia de género.
Segundo: Objeto
La presente convocatoria tiene como objeto regular la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a asociaciones, fundaciones, federaciones o agrupaciones de las mismas, que tengan domicilio social y actúen en la provincia de Valencia, destinadas al desarrollo de actividades que fomenten la igualdad entre mujeres y hombres y/o en contra de la violencia de género, durante 2026.
La subvención concedida irá destinada a financiar programas, proyectos o acciones concretas que contribuyan a hacer efectivo el derecho de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, y favorezcan la inclusión de las mujeres en la sociedad, así como a cualesquiera otras actuaciones específicas de prevención e intervención frente a la violencia de género, en los términos establecidos Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y la Ley 9/2003, de 2 de abril, de la Generalitat, para la Igualdad entre Mujeres y Hombres.
Las entidades solicitantes únicamente podrán presentar un programa o proyecto a la presente convocatoria, sin perjuicio de que pueda constar de diferentes actividades.
Las actuaciones para las que se solicite subvención, que en todo caso deberán incorporar la perspectiva de género en su finalidad y contenido, no podrán fomentar la continuidad de los roles tradicionales de género y, en consecuencia, la documentación aportada no podrá hacer un uso sexista del lenguaje o que incluya una imagen estereotipada de la mujer, debiendo incorporar una comunicación inclusiva fomentando la igualdad de trato y no discriminación entre mujeres y hombres.
Tercero: Bases reguladoras
Las bases reguladoras son las que se establecen en la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación Provincial de Valencia, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia núm. 101, de fecha 29 de mayo de 2017(última modificación aprobada por el Pleno de 4/12/2024 y publicada en el BOP núm. 45 de 06/03/2025), cuyo texto consolidado con las últimas modificaciones se encuentra disponible en el Portal de Transparencia de esta Corporación (https://www.dival.es/portal-de-transparencia).
Cuarto: Financiación e importe de las actividades
Las subvenciones que se concedan al amparo de la presente convocatoria se financiarán con cargo a la aplicación 640.23109.48000 del Presupuesto de Gastos de la Corporación para 2026, por una cuantía total máxima de 250.000 €.
Dicha cuantía total podrá aumentarse en una adicional de hasta 50.000 euros, conforme a lo dispuesto en el artículo 58 del Reglamento General de Subvenciones, cuya efectividad queda condicionada a la declaración de disponibilidad del crédito como consecuencia del incremento correspondiente.
El importe máximo subvencionable a cada entidad beneficiaria no podrá superar los 15.000 € o la cuantía solicitada cuando ésta sea inferior a dicho importe.
Quinto: Plazo de presentación
El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia.
Sexto: Otros datos
El texto de la convocatoria y sus anexos están disponibles en la página web de la Diputación Provincial de Valencia: http://igualtat.dival.es/convocatorias.
Bases y documentación
Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 05/01/2026Descargar archivo oficial · BDNSExtracto de la convocatoria aprobada por Decreto de la Presidencia número 16598 de fecha 29 de diciembre de 2025, para la concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro de la provincia de Valencia, destinadas a desarrollar actividades que fomenten la igualdad entre mujeres y hombres y/o en contra de la violencia de género. Año 2026.Publicado 09/01/2026CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO DE LA PROVINCIA DE VALENCIA, DESTINADAS A DESARROLLAR ACTIVIDADES QUE FOMENTEN LA IGUALDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES Y/O EN CONTRA DELA VIOLENCIA DE GÉNERO 2026Información orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.