Plazo no verificadoBDNS 879891
Resolución de 16 de diciembre de 2025 de la Secretaría de Estado de Cultura de convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para entidades sin fines de lucro que promueven y fortalecen la industria editorial correspondientes a 2026
ESTADO · MINISTERIO DE CULTURA · DIRECCIÓN GENERAL DEL LIBRO, DEL CÓMIC Y DE LA LECTURA
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 11:27 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES - ESPAÑA
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Cultura
Plazos, con su contexto.
El estado actual del plazo no está verificado. Estas son las fechas declaradas en la BDNS; compruébalas en la fuente oficial.
- Inicio de solicitudes
- 09/01/2026
- Fin de solicitudes
- 29/01/2026
- Registro en BDNS
- 07/01/2026
- Publicación en diario oficial
- 08/01/2026
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
En fecha de 8 de enero de 2026, se publicó en el Boletín Oficial del Estado número 7 el extracto de la Resolución de 16 de diciembre de 2025 de la Secretaría de Estado de Cultura, por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para entidades sin fines de lucro que promueven y fortalecen la industria editorial, correspondientes al año 2026 (en adelante, la resolución de convocatoria).De acuerdo con lo dispuesto en el apartado 4 de la resolución de convocatoria, la cuantía total máxima inicialmente estimada de las ayudas convocadas asciende a 245.000,00 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 24.03.334B.481.19 del Presupuesto de Gastos del Ministerio de Cultura para el año 2026, pudiendo ampliarse posteriormente dicha cuantía si el crédito presupuestario resulta superior, previa tramitación del correspondiente expediente de gasto antes de la resolución de concesión, sin necesidad de nueva convocatoria.En aplicación de lo establecido en el apartado 4 de la resolución de convocatoria, y de conformidad con el artículo 56.2 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se acuerda incrementar la cuantía inicialmente estimada con una cuantía adicional de 105.000,00 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 24.03.334B.481.19, alcanzándose así una cuantía total máxima de 350.000,00 euros.El resto de condiciones previstas en la resolución de convocatoria permanecen inalteradas.
Primero. Beneficiarios:Fundaciones, asociaciones, organizaciones no gubernamentales y, en general, cualquier entidad sin fin de lucro que, no perteneciendo al sector público, acredite haber realizado actuaciones de promoción del libro o de las publicaciones culturales.Segundo. Objeto:Proyectos que modernicen, fortalezcan u optimicen el funcionamiento, dentro del territorio nacional, del sector del libro y las revistas culturales, como la celebración de congresos para profesionales, la elaboración de estudios, la puesta en marcha de iniciativas que mejoren la eficacia del conjunto de la cadena del libro y de las publicaciones culturales en sus distintas fases, las actuaciones que mejoren la comunicación entre los distintos agentes editoriales, que impulsen la reconversión del sector al modelo digital y/o la mejora de la formación de los profesionales del sector en materia de innovación.Tercero. Bases reguladoras:Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva del Ministerio de Cultura y de sus organismos públicos.Cuarto. Importe:La cuantía total máxima de las ayudas convocadas asciende a 245.000,00 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 24.03.481.19 del programa 334B, “Ayudas para entidades sin fines de lucro que promueven y fortalecen la industria editorial”, del Presupuesto de Gastos del Ministerio de Cultura para el año 2026.De acuerdo con el artículo 56.2 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, la cuantía total máxima establecida tendrá carácter estimado por lo que la concesión de las subvenciones quedará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de concesión. En los supuestos en los que el crédito presupuestario que resulte, como consecuencia de alguna de las circunstancias previstas en los artículos 56.1 y 58.2.a) del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, fuera superior a las cuantías inicialmente estimadas, el órgano instructor podrá decidir incrementarlas con una cuantía adicional de hasta 105.000 euros, previa tramitación del correspondiente expediente de gasto antes de la resolución de concesión, sin necesidad de nueva convocatoria.Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:Quince días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOE.
Primero. Beneficiarios:Fundaciones, asociaciones, organizaciones no gubernamentales y, en general, cualquier entidad sin fin de lucro que, no perteneciendo al sector público, acredite haber realizado actuaciones de promoción del libro o de las publicaciones culturales.Segundo. Objeto:Proyectos que modernicen, fortalezcan u optimicen el funcionamiento, dentro del territorio nacional, del sector del libro y las revistas culturales, como la celebración de congresos para profesionales, la elaboración de estudios, la puesta en marcha de iniciativas que mejoren la eficacia del conjunto de la cadena del libro y de las publicaciones culturales en sus distintas fases, las actuaciones que mejoren la comunicación entre los distintos agentes editoriales, que impulsen la reconversión del sector al modelo digital y/o la mejora de la formación de los profesionales del sector en materia de innovación.Tercero. Bases reguladoras:Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva del Ministerio de Cultura y de sus organismos públicos.Cuarto. Importe:La cuantía total máxima de las ayudas convocadas asciende a 245.000,00 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 24.03.481.19 del programa 334B, “Ayudas para entidades sin fines de lucro que promueven y fortalecen la industria editorial”, del Presupuesto de Gastos del Ministerio de Cultura para el año 2026.De acuerdo con el artículo 56.2 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, la cuantía total máxima establecida tendrá carácter estimado por lo que la concesión de las subvenciones quedará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de concesión. En los supuestos en los que el crédito presupuestario que resulte, como consecuencia de alguna de las circunstancias previstas en los artículos 56.1 y 58.2.a) del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, fuera superior a las cuantías inicialmente estimadas, el órgano instructor podrá decidir incrementarlas con una cuantía adicional de hasta 105.000 euros, previa tramitación del correspondiente expediente de gasto antes de la resolución de concesión, sin necesidad de nueva convocatoria.Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:Quince días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOE.
Bases y documentación
Resolución por la que se aprueba una cuantía adicionalPublicado 12/03/2026Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en españolPublicado 07/01/2026Descargar archivo oficial · BDNSExtracto de la Resolución de 8 de marzo de 2026, de la Secretaría de Estado de Cultura, por la que se aprueba una cuantía adicional para las subvenciones para entidades sin fines de lucro que promueven y fortalecen la industria editorial (convocatoria 2026)Publicado 13/03/2026Extracto de la Resolución de 16 de diciembre de 2025 de la Secretaría de Estado de Cultura, por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para entidades sin fines de lucro que promueven y fortalecen la industria editorial, correspondientes al año 2026Publicado 08/01/2026Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva del Ministerio de Cultura y de sus organismos públicosInformación orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.