Convocatoria de otorgamiento de subvenciones del ámbito de servicios sociales, para proyectos y actividades dirigidas a la promoción de la autonomía de las personas con discapacidades para el año 2026.
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES511 - Barcelona
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Servicios Sociales y Promoción Social
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
13/01/2026
Fin de solicitudes
11/02/2026
Registro en BDNS
07/01/2026
Publicación en diario oficial
12/01/2026
Texto oficial de apertura: A partir del dia siguiente al de la publicación de este extracto en el BOPB.
Texto oficial de cierre: Transcurridos treinta días naturales a partir del día siguiente de publicación extracto al BOPB.
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero. Beneficiarios:Pueden ser beneficiarios de las subvenciones las entidades sin ánimo de lucro el objeto de las cuales sea la prestación de servicios y/o realización o promoción de actividades con finalidades sociales. También podrán ser beneficiarios de las subvenciones las cooperativas o asociaciones constituidas por las administraciones públicas, siempre que dentro de sus objetivos tenga finalidades sociales.Las entidades deben estar debidamente inscritas en el registro correspondiente, de acuerdo con la normativa que les sea de aplicación. Las entidades deben estar inscritas en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas, cuando tengan su domicilio social en Sabadell. Se puede presentar la solicitud si la entidad se encuentra en proceso de inscripción, haciendo constar esta circunstancia, pero en ningún caso podrá ser beneficiaria de la subvención si no acredita la inscripción definitiva antes de la resolución de la convocatoria correspondiente. Las entidades deben desarrollar los proyectos o actividades objeto de subvención en la ciudad de Sabadell.Estas subvenciones deben fomentar actividades y proyectos dirigidos a la promoción de la autonomía personal de las personas con discapacidad y que tengan las siguientes finalidades:1) Se podrán subvencionar los proyectos y actividades que desarrollen actuaciones sociales o socio sanitarias dirigidas a la promoción personal de las personas con discapacidades y que fomenten su autonomía y la igualdad de oportunidades.2) Se podrán subvencionar proyectos y actividades que fomenten el soporte a los familiares de las personas con alguna discapacidad.Segundo. Finalidad:Subvenciones del ámbito de Servicios Sociales, para proyectos y actividades dirigidas a la promoción de la autonomía personal de las personas con discapacidad, para el año 2026.Tercero. Bases Reguladoras.Ordenanza General de Subvenciones aprobada por el Pleno del Ayuntamiento de Sabadell en fecha 23 de diciembre de 2008 y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona (de ahora en adelante, BOPB) número 10 de 12 de enero de 2009. Bases específicas de las subvenciones para proyectos y actividades que fomenten la inclusión social aprobadas por el Pleno Municipal, en sesión de 9 de diciembre de 2009, aprobó inicialmente las bases reguladoras específicas para el otorgamiento de subvenciones destinadas a proyectos y actividades del ámbito de los servicios sociales, que fueron aprobadas definitivamente por decreto del teniente de alcalde del Área de Servicios a las Personas y Convivencia el 11 de febrero de 2010.Así como las modificaciones posteriores de los años 2012 y 2014, publicadas en el BOPB de 23 de enero de 2012 y 19 de marzo de 2014 respectivamente, de las subvenciones mencionadas.Cuarto. Importe:La dotación máxima para esta convocatoria será de 100.000,00 euros.Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:El plazo para presentar las solicitudes de subvención será de 30 dias naturales a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona.