Plazo no verificadoBDNS 880100
BASES CONVOCATÒRIA PER A LA CONCESSIÓ DE SUBVENCIONS A EMPRESES PER A LA PARTICIPACIÓ EN FIRES I SALONS D`ÀMBIT INTERNACIONAL, Anualitat 2025.
LOCAL · DIPUTACIÓN PROV. DE LLEIDA · PATRONAT DE PROMOCIÓ ECONOMICA
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 11:30 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES513 - Lleida
Finalidad
Comercio, Turismo y Pymes
Plazos, con su contexto.
- Inicio de solicitudes
- 01/01/2026
- Fin de solicitudes
- 31/12/2026
- Registro en BDNS
- 07/01/2026
- Publicación en diario oficial
- 05/02/2026
Texto oficial de apertura: 20 dies naturals des de data publicació BOP
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Extracto publicado
*BDNS ( ):De conformidad con aquello previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria , el texto completas puede consultar a la Base de datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans). Las determinaciones básicas de la convocatoria son las siguientes:BeneficiariosPueden ser beneficiarios de estas subvenciones las empresas, personas físicas o jurídicas, con domicilio social y centro de trabajo en las comarcas de Lleida y prevean, o tengan previsto, su participación en ferias y salones de ámbito internacional, que se celebren en el territorio nacional o al extranjero, y que declaren un volumen de negocio del año anterior a la publicación de la convocatoria inferior a los 10 millones de euros.También tendrán la consideración de beneficiarios, para la participación en ferias y salones de ámbito internacional descritas en el punto anterior, las entidades sin ánimo de lucro con centro de trabajo abiertos en las comarcas de Lleida.ObjetoEl objeto de esta convocatoria es regular la concesión de subvenciones a empresarios sociales o individuales, que desarrollen su actividad total o parcialmente y tengan su domicilio empresarial en las comarcas de Lleida, a los efectos de incentivar su participación en ferias y salones de ámbito internacional, ya sea de forma virtual o presencial, que se celebren en territorio nacional o al extranjero, y así ampliar sus áreas de influencia comercial.Se entenderá por ferias internacionales las celebradas en el extranjero y, por aquellas celebradas en España, las que consten en la Resolución de la Secretaría de Estado de comercio de 27 de enero de 2025 que aprueba el calendario oficial de ferias a por el año 2025, publicado en el BOE n.º 31, de 5 de febrero de 2025.Bases reguladorasBases generales reguladoras del otorgamiento de subvenciones de la Diputación de Lleida y de sus organismos autónomos aprobadas por el Pleno de la Diputación de Lleida en sesión de carácter ordinario 10/2024, de 28 de noviembre de 2024, publicadas al Boletín Oficial de la Provincia de Lleida n.º 58, de 25 de marzo de 2025.Crédito presupuestario y cuantía de las subvencionesEl importe total de la convocatoria es de 225.000,00 €. Este importe irá a cargo de la aplicación presupuestaria 2026-073-433-4790003, Ayudas a empresas por asistencia a ferias internacionales, del presupuesto del Patronato de Promoción económica de la Diputación de Lleida. La concesión de las subvenciones quedará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de la concesión.Se podrán otorgar subvenciones hasta el 40% del coste total de las actuaciones con un máximo de 3.000,00 € por solicitud.Plazo de presentación de solicitudesEl plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales a contar del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria al Boletín Oficial de la Provincia de Lleida.Otras informacionesGastos subvencionables- Derechos de participación al certamen ferial, ya sea de forma presencial o virtual.- Alquiler del espacio físico o virtual para la ubicación del estand de la empresa.- Gastos para la instalación y mantenimiento del estand, físico o virtual, durante la celebración de la feria o salón.- Gastos generados por la contratación de un traductor o intérprete (máximo un traductor o intérprete por empresa y feria).Quedan excluidas de esta convocatoria:- Los costes de personal de las empresas beneficiarías, así como sus gastos de funcionamiento ordinario.Forma, lugar de presentación y documentación de las solicitudesSe admitirá un máximo de dos solicitudes por empresa. Cada solicitud se referirá a la participación en una feria determinada.En una instancia genérica solo se podrá presentar una solicitud de subvención.Las solicitudes incluirán la documentación prevista en el artículo 20 de las Bases Generales de Subvenciones de la Diputación de Lleida y sus organismos autónomos, donde entre otros:a) Documento genérico de solicitud de la ayuda, según modelo determinado por la Diputación de Lleida, donde se hará constar:1. Los datos del solicitante:- Identificación de quien subscribe la solicitud y del carácter con que lo hace. Tiene que acreditar la representación legal o los poderes otorgados.- Identificación de quien tiene que ser el beneficiario, es decir la persona que tenga que ejercer la actividad que fundamentó el otorgamiento o que esté en la situación que legitime la concesión.2. El objeto de la subvención, con la descripción de la actuación para la que se solicita la financiación, su presupuesto estimativo y la cuantía de la ayuda que se pide.3. La previsión de financiación de la actuación.4. La previsión temporal de su ejecución.5. La declaración responsable respeto los extremos de los artículos 10 y 12 de estas bases:a. Que no hay ninguna causa de prohibición para recibir la subvención, de acuerdo con las condiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley General de Subvencionesb. Que acepta las presentes normas, las Bases generales para el otorgamiento de subvenciones de la Diputación de Lleida, la subvención que se le pueda otorgar, así como las condiciones que se deriven, en caso de que le sea concedida.c. De estar al corriente del cumplimiento de sus obligaciones financieras con la Diputación de Lleida y no es deudor con la misma por ninguna resolución de procedencia de reintegro y se compromete expresamente a mantener el cumplimiento de este requisito durante el periodo inherente al reconocimiento del derecho al cobro de la subvenciónd. De estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social y se compromete expresamente a mantener el cumplimiento de este requisito durante el periodo inherente al reconocimiento del derecho al cobro de la subvención. e. De estar al corriente de sus obligaciones financieras con la Diputación de Lleida y no es deudor con la misma por ninguna resolución de procedencia de reintegro y se compromete expresamente a mantener el cumplimiento de este requisito durante el periodo inherente al reconocimiento del derecho al cobro de la subvención.f. El compromiso a facilitar toda la información que le sea requerida por la Diputación de Lleida y la Sindicatura de Comptes de Cataluña.g. No tener la residencia fiscal en un país o un territorio calificado por reglamento como paraíso fiscal. h. No estar sancionada mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones según la Ley General de Subvenciones u otras leyes que lo establezcan.y. Declaración que el volumen anual de negocio de la última anualidad es inferior a 10 millones de euros.b) Documento de alta de terceros, con los datos de la cuenta bancaria al cual, si la actividad propuesta es subvencionada, se tiene que transferir el importe de la subvención. Este documento habrá que presentarlo si es la primera vez que se relaciona con la Diputación de Lleida y/o sus organismos autónomos o cuando haya cambios respetes los datos del documento de alta ya presentado anteriormente.c) Documento, según el modelo facilitado por el Patronato, en lo referente a la actividad donde conste:a. Memoria de la actividad por la cual se solicita la subvención.b. Información de la feria a la que se quiere asistir.c. Resumen del histórico de participación en ferias internacionales durante los últimos cinco años.Todos los documentos que requieran firma tendrán que incorporar una firma electrónica generada a partir de un certificado electrónico que identifique el firmante, ya sea como persona o en ejercicio de su cargo, de acuerdo con el que recoge el decreto de la Presidencia de la Diputación de Lleida 4625/2018, de 29 de octubre, de Política de firma electrónica de la Diputación de Lleida y de sus organismos dependientes (https://seuelectronica.diputaciolleida.cat/documentpublic/download/915).En caso de que la documentación presentada sea incorrecta o incompleta, el Patronato solicitará que se enmiende o complete durante un periodo de 10 días hábiles, advirtiendo que, de incumplir el plazo establecido, se archivará de oficio el expediente sin ningún trámite posterior. La presentación de la solicitud de subvención significa la plena aceptación de estas Bases.El Patronato podrá comprobar los datos que los beneficiarios aporten para el cálculo de las puntuaciones, pidiendo aclaraciones a los entes locales en caso de duda. Si una vez asignada la subvención se comprobara que alguno de los datos aportados no se ajustan a la realidad, el ente beneficiario tendrá que proceder a la devolución de la parte de la subvención que, de acuerdo con los datos reales, no los correspondería, además del resto de penalizaciones legalmente establecidas.Órganos competentes para la instrucción y resoluciónLa ordenación y la instrucción de los expedientes se llevará a cabo por parte del Área de dirección del Patronato de Promoción económica de la Diputación de Lleida, que será el órgano instructor.El examen y la valoración de las solicitudes presentadas irá a cargo de una Comisión de valoración, constituida de acuerdo con el artículo 15, la cual elaborará la propuesta de concesión y elaborará un acta en que se concretará el resultado de la evaluación efectuada que tendrá que expresar la lista de beneficiarios propuestos para el otorgamiento de la subvención, su valoración y la cuantía, así como la relación de los solicitantes excluidos, con indicación de la causa de exclusión.El órgano instructor, a la vista del expediente y del acta/informe de la Comisión de valoración, formulará la propuesta de resolución de concesión de la convocatoria de las subvenciones, debidamente motivada.Finalizada la instrucción, el Consejo Rector, o la Presidencia en caso de delegación, del Patronato dictará la resolución de la convocatoria mediante resolución motivada.Criterios de valoración de las solicitudesa) Solicitudes para participar en ferias y salones internacionales al extranjero (sectores: alimentación y hostelería, construcción e inmobiliaria, energía y medio ambiente, *industria y maquinaria, libros, arte y cultura, tecnología, y otras) : hasta 20 puntos.b) Solicitud para participar en ferias y salones internacionales en el estado español (sectores: alimentación y hostelería, construcción e inmobiliaria, energía y medio ambiente, *industria y maquinaria, libros, arte y cultura, tecnología y otras) :hasta 10 puntos.c) Histórico de asistencia y participación en ferias y salones de ámbito internacional, tanto al extranjero como el estado español (sectores: alimentación y hostelería, construcción e inmobiliaria, energía y medio ambiente, *industria y maquinaria, libros, arte y cultura, tecnología y otras): hasta 10 puntos.Forma de aceptaciónUna vez comunicada la concesión de la ayuda, si en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente a la notificación de la resolución, el beneficiario no manifiesta el contrario, se entenderá aceptada la subvención, así como las condiciones generales y específicas fijadas que estén de aplicación. Plazo de resolución y notificación de las ayudas El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento de otorgamiento será de seis meses a contar desde la fecha de acabado del plazo de presentación de las solicitudes.La resolución, que será motivada, no se notificará de manera individualizada, sino que se publicará a través del BOP y de la página web de la Diputación de Lleida. Transcurrido el plazo máximo sin que se haya notificado la resolución, los interesados podrán entender desestimada la solicitud por silencio administrativo, de acuerdo con el que establecen los artículos 24 y 25 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.Obligaciones de los beneficiariosEstán recogidas en el arte. 20 de las Bases de la convocatoria.Plazo de ejecución y justificación Las actuaciones para las cuales se haya obtenido subvención se ejecutarán entre el 1 de enero y 31 de diciembre de 2025. La actuación se tendrá que justificar en el plazo de tres meses desde la notificación de la concesión de la ayuda. Se podrán justificar gastos ya ejecutados en el momento de la aprobación de la subvención y aquellas realizadas en los últimos dos trimestres del año 2024.Si transcurrido el plazo establecido el beneficiario no ha presentado la documentación justificativa, el centro gestor tiene que requerirlo para que la presente en el plazo improrrogable de 15 días hábiles. Si transcurrido este plazo no la presenta, se puede revocar la subvención con reintegro de las cantidades percibidas, si se tercia.
Bases y documentación
Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 23/07/2026Descargar archivo oficial · BDNSEXTRACTO CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A EMPRESAS PARA LA PARTICIPACIÓN EN FERIAS Y SALONES DE ÁMBITO INTERNACIONAL ANUALIDAD 2025Publicado 05/02/2026BASES GENERALS REGULADORES DE L`ATORGAMENT DE SUBVENCIONS DE LA DIPUTACIÓ DE LLEIDA I ELS SEUR ORGANISMES AUTÒNOMS (CC)Información orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.