Acuerdo de 02.01.2026 del Presidente de SURBISA por el que se convocan las subvenciones para la rehabilitación y mejora de edificios residenciales y de viviendas del ámbito de Surbisa en Bilbao para el año 2026
LOCAL · BILBAO · SOCIEDAD URBANÍSTICA DE REHABILITACIÓN DE BILBAO, SA (SURBISA)
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICAPERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICAPYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES213 - Bizkaia
Tipo de convocatoria
Concesión directa - canónica
La fuente identifica una concesión directa. Que figure un plazo no implica que exista una solicitud abierta al público general. Consulta los beneficiarios y las bases oficiales.
Finalidad
Acceso a la vivienda y fomento de la edificación
Plazos, con su contexto.
La fuente indica que se publica un extracto en diario oficial, pero no aporta todavía un extracto con fecha y enlace verificables. Las fechas por sí solas no acreditan que la convocatoria ya sea válida. Consulta el original.
Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
08/01/2026
Publicación en diario oficial
16/01/2026
Texto oficial de apertura: Al día siguiente de la publicación del extracto de la Convocatoria en el BOB
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
1.- Objeto.-Es objeto de esta Convocatoria es la concesión de subvenciones a fondo perdido que aprueba y concede Surbisa, a fin de promover la rehabilitación y mejora principalmente de los edificios residenciales y sus viviendas, así como su accesibilidad y eficiencia energética, incluidos en los ámbitos territoriales cuya gestión le han sido encomendados por el Pleno Municipal.Esos ámbitos se corresponden actualmente con las Áreas Degradadas de B.º La Cruz, Grupo Zazpilanda, B.º Ferroviarios, Irala y Casco Histórico de Irala, así como con los ámbitos de aplicación del Plan Especial de Rehabilitación del Casco Viejo y del Plan Especial de Rehabilitación y Reforma Interior de Bilbao La Vieja, San Francisco y Zabala y el barrio de Uretamendi y el Distrito 2-Uribarri. Todos ellos sin perjuicio de que durante la vigencia de estas Bases el pleno municipal pueda encomendar a Surbisa la gestión de otros ámbitos del municipio, en cuyo caso quedarían asimismo amparadas por estas Bases, y sin perjuicio de las limitaciones que se pudieran recoger en las Disposiciones Adicionales para el supuesto de Distrito 2-Uribarri y en las Disposiciones Transitorias para el Área Degradada de Olabeaga.Concretamente se convocan las ayudas comprendidas en la Base Segunda (Líneas de 1 a 6, ambas inclusive) y las recogidas en las disposiciones adicionales de primera a octava, ambas inclusive, así como la Disposición Transitoria Tercera.2.- Personas beneficiarias.Podrán beneficiarse de las ayudas convocadas tanto Comunidades Propietarias como personas físicas y jurídicas. Todo ello de conformidad con la Base Tercera reguladora de las subvenciones.3.- Bases Reguladoras.Son las aprobadas por el Consejo de Administración de Surbisa y cuyo texto refundido se encuentra publicado en el B.O.B. de fecha 26.11.2025 así como en la web de Surbisa.4.- Crédito presupuestario.El importe total de la presente convocatoria asciende a 1.920.000,00€ con cargo al presupuesto del año 2026.5.- Cuantías.La cuantía a percibir equivale a los porcentajes e importes máximos que se detallan en la Base Séptima así como en cada una de las Disposiciones Adicionales de primera a séptima, ambas inclusive.6.- Lugar de presentación.Las solicitudes de subvención se presentarán, una vez cumplimentadas y acompañadas de la documentación preceptiva, en las oficinas de Surbisa en Bilbao, c/Ronda nº06 (94-415.99.55). Todo ello sin perjuicio de la presentación telemática de la solicitud cuando la normativa autonómica de rehabilitación así lo exija.7.- Plazo de presentación de solicitudes y documentación a presentar.El plazo de presentación de solicitudes para optar a las ayudas permanecerá abierto durante la vigencia de las Bases y en tanto no se agote la consignación presupuestaria que anualmente se publique o en la ampliada, en su caso.Una vez agotada la consignación anual se podrán presentar nuevas solicitudes si bien serán resueltas en el próximo ejercicio con consignación presupuestaria.En todo caso la presentación de la solicitud deberá producirse antes del inicio de las obras.Junto con el impreso de solicitud de ayudas que incluye la “declaración responsable” debidamente firmado se deberá aportar la documentación señalada en la Base reguladora 8.3.8.- El procedimiento de concesión, sus plazos, órganos intervinientes, recursos y demás requisitos a tener en cuenta son los recogidos en las Bases Reguladoras.9.- Otros datos.Estas subvenciones son complementarias de las previstas en la Orden de 21 de julio de 2021, del Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes, sobre medidas financieras para actuaciones protegibles en materia de rehabilitación en viviendas y edificios, accesibilidad y eficiencia energética (BOPV de 09.09.2021), por lo que debe cumplirse asimismo lo allí dispuesto.