RESOLUCIÓN de la Conselleria de Agricultura, Agua, Ganadería y Pesca por la que se convocan de forma anticipada, para el ejercicio 2026, las ayudas para los Consejos Reguladores u Órganos de gestión de las figuras de calidad diferenciada agroalimentaria d
AUTONOMICA · COMUNITAT VALENCIANA · SECRETARÍA AUTONÓMICA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES52 - COMUNIDAD VALENCIANA
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Agricultura, Pesca y Alimentación
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 08/01/2026
- Publicación en diario oficial
- 14/01/2026
Texto oficial de apertura: El día siguiente al de la publicación del Extracto de la Resolución convocatoria en el DOGV
Texto oficial de cierre: A los 15 días a contar desde el siguiente a la publicación Extracto Res. Conv. en DOGV
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la resolución por la que
se amplía el crédito destinado a la convocatoria de subvenciones cuyo texto completo
puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:
https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/inicio
Único. Objeto
Aprobar y dar publicidad a la ampliación en ochocientos diez mil euros (810.000 €) del
crédito disponible para la convocatoria de ayudas para los consejos reguladores u órganos
de gestión de las figuras de calidad diferenciada agroalimentaria de la Comunitat
Valenciana y entidades asociativas gestoras de la autorización del uso de la marca CV
para el ejercicio 2026, convocadas mediante Resolución de 29 de diciembre de 2025, del
conseller de Agricultura, Agua, Ganadería y Pesca, ascendiendo la cuantía total máxima
para la presente convocatoria 2026 a dos millones de euros (2.000.000 €). Se trata de la
partida presupuestaria G01120201GE00000 714B00 Cap. IV S0248 Garantizar la calidad
de los productos de calidad reconocida.
BDNS (Identif.):
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo
texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:
https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoriaXXXXXX
Primero. Beneficiarios.
1. Podrán recibir estas ayudas los Consejos Reguladores u órganos de gestión de las
figuras de calidad diferenciada agroalimentaria de la Comunitat Valenciana y entidades
asociativas gestoras de la autorización del uso de la marca CV, en que participen
productores implicados en algún programa de calidad diferenciada agroalimentaria de la
Comunitat definidos en la base tercera del Anexo de la ORDEN 2/2024, de 1 de marzo,
por la que se establecen las bases reguladoras de estas ayudas. No obstante lo anterior, las
entidades asociativas gestoras de la autorización del uso de la marca CV no podrán
acceder a las ayudas contempladas en la letra a) de la base primera del citado Anexo.
2. En cualquier caso, los beneficiarios finales de la ayuda deberán ostentar la condición
de PYME activas en el sector agrícola. A estos efectos, la categoría de microempresas,
pequeñas y medianas empresas (PYME) está constituida por las empresas que ocupan a
menos de 250 personas y cuyo volumen de negocio anual no excede de 50 millones de
euros o cuyo balance general anual no excede de 43 millones de euros, de acuerdo con la
definición establecida en el Anexo I del Reglamento 2472/2022.
Segundo. Objeto.
El objeto de las ayudas previstas en la presente convocatoria es el de fomentar la
producción y comercialización de productos agroalimentarios de calidad diferenciada, a
través del apoyo a:
a) Las actividades iniciales para la constitución de nuevos consejos reguladores u
órganos de gestión de las denominaciones de origen protegidas e indicaciones
geográficas protegidas.
b) Los costes derivados de las medidas de control obligatorias soportados por los
Consejos Reguladores u órganos de gestión de las figuras de calidad diferenciada
agroalimentaria de la Comunitat Valenciana y entidades asociativas gestoras de la
autorización del uso de la marca CV, en relación con los regímenes de calidad.
c) Los costes derivados de las actividades de promoción e información soportados
por los Consejos Reguladores u órganos de gestión de las figuras de calidad
diferenciada agroalimentaria de la Comunitat Valenciana y entidades asociativas
gestoras de la autorización del uso de la marca CV, en los términos y con los
límites establecidos en el Anexo de la ORDEN 2/2024, de 1 de marzo.
Tercero. Bases reguladoras.
ORDEN 2/2024, de 1 de marzo, de la Conselleria de Agricultura, Ganadería y Pesca, por
la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para los Consejos Reguladores u
órganos de gestión de las figuras de calidad diferenciada agroalimentaria de la Comunitat
Valenciana y entidades asociativas gestoras de la autorización del uso de la marca CV, y
por la que se modifica la Orden 20/2023, de 6 de julio, de la Conselleria de Agricultura,
Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica, que aprueba los
Estatutos de la Denominación de Origen Protegida Utiel-Requena y su Consejo
Regulador.
Cuarto. Cuantía.
Importe: un millón ciento noventa mil euros (1.190.000 €).
Dicho importe podrá verse incrementado de conformidad con lo dispuesto en el artículo
11 del Decreto 77/2019, de 7 de junio, del Consell, de regulación del procedimiento de
gestión del presupuesto de la Generalitat (DOGV núm. 8592 de 16.07.2019), sin
necesidad de publicar una nueva convocatoria, hasta un importe máximo de dos millones
de euros, (2.000.000 €), con cargo a la línea S02480000.
Quinto. Plazo de presentación de las solicitudes.
El plazo de presentación de las solicitudes de las ayudas para los Consejos Reguladores
u Órganos de gestión de las figuras de calidad diferenciada de la Comunitat Valenciana,
y entidades asociativas gestoras de la autorización del uso de la marca "CV”, será de
quince días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación del extracto de la
resolución de la convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
Bases y documentación
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