Plazo no verificadoBDNS 880472
Resolución de 19 de diciembre de 2025, de la Secretaría General de Medios, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas económicas, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a empresas que realicen publicaciones periódi
AUTONOMICA · GALICIA · PRESIDENCIA DE LA XUNTA DE GALICIA
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 11:39 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES11 - GALICIA
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Cultura
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- 14/01/2026
- Fin de solicitudes
- 13/02/2026
- Registro en BDNS
- 09/01/2026
- Publicación en diario oficial
- 13/01/2026
Texto oficial de apertura: Ao día siguinte da publicación no DOG
Texto oficial de cierre: Un mes dende o día seguinte á publicación no DOG
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).
Primero. Entidades beneficiarias
1. Las entidades beneficiarias de estas ayudas serán las empresas periodísticas inscritas en el Registro Mercantil que hayan realizado publicaciones periódicas escritas íntegramente en gallego durante el año natural anterior a la correspondiente convocatoria.
2. Quedan excluidos de la concesión de ayudas:
a) Los boletines de información interior o de instituciones.
b) Las publicaciones de organizaciones políticas, empresariales, profesionales, sindicales o de entidades públicas.
c) Las publicaciones que se distribuyan como suplemento, encarte o de forma conjunta con otra publicación.
d) Las publicaciones que, estando sometidas al control de la Oficina de Justificación da Difusión (OJD), no presenten el certificado acreditativo de la difusión expedido por dicho organismo.
e) Las publicaciones que durante el año natural anterior a la correspondiente convocatoria no se hayan publicado en gallego normativo.
f) Aquellas publicaciones que no se hubiesen editado durante el año natural anterior a la correspondiente convocatoria o no mantengan su actividad en el momento de concesión de la subvención.
Segundo. Objeto
1. De acuerdo con el artículo 2 del Decreto 103/1994, de 21 de abril, por el que se establecen ayudas dirigidas a las publicaciones periódicas escritas íntegramente en gallego normativo, estas ayudas económicas tienen por objeto la expansión y difusión del gallego normativo y de la cultura en las tareas de información periodística.
2. El procedimiento de concesión de estas subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia competitiva.
Tercero. Bases reguladoras
Las bases reguladoras están establecidas en la Resolución de 19 de diciembre de 2025, de la Secretaría General de Medios, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas económicas, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a empresas que realicen publicaciones periódicas escritas íntegramente en gallego y se convocan para el año 2026, mediante tramitación anticipada de gasto (código de procedimiento PR858A).
Cuarto. Importe
La concesión de las ayudas reguladas en esta resolución se financiará con cargo a la aplicación 04.03.461A.470.0 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma vigentes en el año 2025, por importe de 40.000 euros, sin perjuicio de ulteriores variaciones producidas como consecuencia de una mayor disponibilidad presupuestaria, en los términos del artículo 31.2 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.
Primero. Entidades beneficiarias
1. Las entidades beneficiarias de estas ayudas serán las empresas periodísticas inscritas en el Registro Mercantil que hayan realizado publicaciones periódicas escritas íntegramente en gallego durante el año natural anterior a la correspondiente convocatoria.
2. Quedan excluidos de la concesión de ayudas:
a) Los boletines de información interior o de instituciones.
b) Las publicaciones de organizaciones políticas, empresariales, profesionales, sindicales o de entidades públicas.
c) Las publicaciones que se distribuyan como suplemento, encarte o de forma conjunta con otra publicación.
d) Las publicaciones que, estando sometidas al control de la Oficina de Justificación da Difusión (OJD), no presenten el certificado acreditativo de la difusión expedido por dicho organismo.
e) Las publicaciones que durante el año natural anterior a la correspondiente convocatoria no se hayan publicado en gallego normativo.
f) Aquellas publicaciones que no se hubiesen editado durante el año natural anterior a la correspondiente convocatoria o no mantengan su actividad en el momento de concesión de la subvención.
Segundo. Objeto
1. De acuerdo con el artículo 2 del Decreto 103/1994, de 21 de abril, por el que se establecen ayudas dirigidas a las publicaciones periódicas escritas íntegramente en gallego normativo, estas ayudas económicas tienen por objeto la expansión y difusión del gallego normativo y de la cultura en las tareas de información periodística.
2. El procedimiento de concesión de estas subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia competitiva.
Tercero. Bases reguladoras
Las bases reguladoras están establecidas en la Resolución de 19 de diciembre de 2025, de la Secretaría General de Medios, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas económicas, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a empresas que realicen publicaciones periódicas escritas íntegramente en gallego y se convocan para el año 2026, mediante tramitación anticipada de gasto (código de procedimiento PR858A).
Cuarto. Importe
La concesión de las ayudas reguladas en esta resolución se financiará con cargo a la aplicación 04.03.461A.470.0 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma vigentes en el año 2025, por importe de 40.000 euros, sin perjuicio de ulteriores variaciones producidas como consecuencia de una mayor disponibilidad presupuestaria, en los términos del artículo 31.2 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.
Bases y documentación
Texto en otra lengua de la convocatoriaPublicado 21/07/2026Descargar archivo oficial · BDNSTexto en castellano de la convocatoriaPublicado 21/07/2026Descargar archivo oficial · BDNSResolución de 19 de diciembre de 2025, de la Secretaría General de Medios, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas económicas, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a empresas que realicen publicaciones periódicas escritas íntegramente en gallego y se convocan para el año 2026 mediante tramitación anticipada de gasto (código de procedimiento PR858A).Publicado 13/01/2026Resolución de 19 de diciembre de 2025, de la Secretaría General de Medios, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas económicas, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a empresas que realicen publicaciones periódiInformación orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.