Plazo no verificadoBDNS 880585
Convocatoria Erasmus+ KA131 con fines de formación. Movilidad con estados miembros de la UE y terceros países asociados al programa. 2026-fase 1
OTROS · UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 11:40 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES42 - CASTILLA LA MANCHA
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Educación
Plazos, con su contexto.
El estado actual del plazo no está verificado. Estas son las fechas declaradas en la BDNS; compruébalas en la fuente oficial.
- Inicio de solicitudes
- 23/12/2025
- Fin de solicitudes
- 26/01/2026
- Registro en BDNS
- 09/01/2026
- Publicación en diario oficial
- 15/01/2026
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Advertido error en la fecha de realización de las movilidades indicadas en el punto 8.8 Periodo de realización de la estancia de la “Convocatoria Erasmus+ KA131 con fines de formación para la movilidad con estados miembros de la UE y terceros países asociados al programa 2026 – Fase 1” (BDNS 880585) de fecha 23 de diciembre de 2025,Se ha resuelto publicar la corrección del periodo de realización de la estancias de la convocatoria indicada de manera que las estancias docentes al amparo de esta convocatoria deberán ser realizadas entre las fechas indicadas en la base 8.8 del texto íntegro de la convocatoria, hasta 31 de diciembre de 2027.
Primero. Beneficiarios/as.Podrán presentarse a esta convocatoria las personas que pertenezcan a los colectivos del personal técnico, de gestión, de administración y servicios (PTGAS), personal docente e Investigador (PDI) o personal investigador postdoctoral (PI) de la UCLM, recibir sus retribuciones con cargo al Capítulo I de los Presupuestos y no estar contratado con cargo a proyectos de I+D+i. Las personas solicitantes deben poseer la nacionalidad de alguno de los países de la Unión Europea (UE) o de cualquier otro estado que participe en el programa Erasmus+, o de terceros países, en cuyo caso deberá acreditar que está en posesión de un permiso válido para residir en España durante el período completo de realización de la movilidad, además de cumplir el resto de los requisitos de la convocatoria.Segundo. Objeto.Se dotan fondos económicos para 23 becas de movilidad saliente para cubrir los gastos derivados de la movilidad física a una institución de educación superior de un Estado miembro de la UE o a un tercer país asociado al programa a la que se haya concedido una Carta Erasmus para Educación Superior (ECHE) antes de que se lleve a cabo la movilidad con fines de formación, con la finalidad de potencias las estancias de corta duración del personal de la Universidad de Castilla-La Mancha realizando su formación bien en estancias Erasmus de formación, bien en Programas Intensivos Combinados (BIP) para formación durante el curso 2025/26. Para ello, la persona solicitante deberá haber sido admitida en una institución de educación superior (Staff Week), una institución o empresa de formación o en un Programa Intensivo Combinado, durante curso académico 2025/26, y haber recibido el visto bueno de la persona responsable de la unidad administrativa o de la persona responsable de la coordinación de movilidad internacional de su centro.Las estancias de actividad formativa tendrán una duración mínima de dos días y máxima de 30 días. El Servicio Español para la Internacionalización de la Educación (SEPIE) financiará como máximo cinco días incluyendo los días de viaje.Las estancias docentes al amparo de esta convocatoria deberán ser realizadas entre las fechas indicadas en la base 8.8 del texto íntegro de la convocatoria, hasta 31 de julio de 2027.Tercero. Bases reguladoras.Normativa específica y bases reguladoras que forman parte del texto íntegro de la convocatoria.Cuarto. Cuantía de las ayudas.La dotación económica de las ayudas del programa Erasmus+ proceden de la UE y del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades (MICIU), y sus condiciones están supeditadas a la aportación que se reciba de las entidades financiadoras. En las bases 4.1 y 4.2 del texto íntegro de la convocatoria se pueden consultar los conceptos y cuantías previstos para las ayudas.Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.El plazo de presentación de solicitudes permanecerá abierto desde la fecha de publicación hasta las 14:00h del 26 de enero de 2026.
Primero. Beneficiarios/as.Podrán presentarse a esta convocatoria las personas que pertenezcan a los colectivos del personal técnico, de gestión, de administración y servicios (PTGAS), personal docente e Investigador (PDI) o personal investigador postdoctoral (PI) de la UCLM, recibir sus retribuciones con cargo al Capítulo I de los Presupuestos y no estar contratado con cargo a proyectos de I+D+i. Las personas solicitantes deben poseer la nacionalidad de alguno de los países de la Unión Europea (UE) o de cualquier otro estado que participe en el programa Erasmus+, o de terceros países, en cuyo caso deberá acreditar que está en posesión de un permiso válido para residir en España durante el período completo de realización de la movilidad, además de cumplir el resto de los requisitos de la convocatoria.Segundo. Objeto.Se dotan fondos económicos para 23 becas de movilidad saliente para cubrir los gastos derivados de la movilidad física a una institución de educación superior de un Estado miembro de la UE o a un tercer país asociado al programa a la que se haya concedido una Carta Erasmus para Educación Superior (ECHE) antes de que se lleve a cabo la movilidad con fines de formación, con la finalidad de potencias las estancias de corta duración del personal de la Universidad de Castilla-La Mancha realizando su formación bien en estancias Erasmus de formación, bien en Programas Intensivos Combinados (BIP) para formación durante el curso 2025/26. Para ello, la persona solicitante deberá haber sido admitida en una institución de educación superior (Staff Week), una institución o empresa de formación o en un Programa Intensivo Combinado, durante curso académico 2025/26, y haber recibido el visto bueno de la persona responsable de la unidad administrativa o de la persona responsable de la coordinación de movilidad internacional de su centro.Las estancias de actividad formativa tendrán una duración mínima de dos días y máxima de 30 días. El Servicio Español para la Internacionalización de la Educación (SEPIE) financiará como máximo cinco días incluyendo los días de viaje.Las estancias docentes al amparo de esta convocatoria deberán ser realizadas entre las fechas indicadas en la base 8.8 del texto íntegro de la convocatoria, hasta 31 de julio de 2027.Tercero. Bases reguladoras.Normativa específica y bases reguladoras que forman parte del texto íntegro de la convocatoria.Cuarto. Cuantía de las ayudas.La dotación económica de las ayudas del programa Erasmus+ proceden de la UE y del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades (MICIU), y sus condiciones están supeditadas a la aportación que se reciba de las entidades financiadoras. En las bases 4.1 y 4.2 del texto íntegro de la convocatoria se pueden consultar los conceptos y cuantías previstos para las ayudas.Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.El plazo de presentación de solicitudes permanecerá abierto desde la fecha de publicación hasta las 14:00h del 26 de enero de 2026.
Bases y documentación
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