Subv 2026 dirigida a asociaciones de comerciantes para el fomento del asociacionismo comercial, según Resolución de 28 de noviembre de 2025 que convoca
AUTONOMICA · EXTREMADURA · DIRECCIÓN GENERAL DE INTELIGENCIA COMPETITIVA Y COMERCIO
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES43 - EXTREMADURA
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Comercio, Turismo y Pymes
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
13/01/2026
Publicación en diario oficial
19/01/2026
Texto oficial de apertura: Desde el día siguiente al de la fecha de publicación en el DOE
Texto oficial de cierre: Un mes a contar desde el día siguiente al de la fecha de publicacion de la convocatoria
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de laLey 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica elextracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en laBase de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.es)y en el presente Diario Oficial de Extremadura.Primero. Beneficiarios.Podrán ser beneficiarios de las ayudas establecidas en la presenteResolución las asociaciones del sector comercio que cumplan lossiguientes requisitos: a) Que estén constituidas como entidades sinánimo de lucro, con anterioridad a la fecha de presentación de lasolicitud. b) Que desarrollen su actividad dentro de la ComunidadAutónoma de Extremadura. c) Que el 50% de los socios sean empresarioscuya actividad se encuadre dentro de las agrupaciones 64 (Comercio alpor menor de productos alimenticios, bebidas y tabaco realizado enestablecimientos permanentes) y 65 (Comercio al por menor de productosindustriales no alimenticios realizado en establecimientos permanentes)del Impuesto de Actividades Económicas. Este porcentaje mínimo será del40% siempre y cuando las asociaciones de comerciantes tengan al menos100 socios. d) Que más del 80 % de los socios tengan la categoría depequeña y mediana empresa. e) Que tengan al menos 40 socios. f) Queestén inscritas en el Registro de Asociaciones de la Comunidad Autónomade Extremadura con anterioridad a la fecha de presentación de lasolicitud.Segundo. Objeto.El fomento del asociacionismo comercial, ayudas dirigidas alsostenimiento de los gastos de estructura y de funcionamiento de lasasociaciones de comerciantes. Con ello se pretende optimizar susrecursos propios, así como promover la contratación de personal para unagestión más directa y profesional, todo ello orientado a poner en valorlas ventajas del asociacionismo haciendo más visible los beneficios queaporta a los socios.Tercero. Bases reguladoras.Decreto 158/2018, de 2 de octubre, por el que se establecen las basesreguladoras de las ayudas para el fomento del asociacionismo comercial(DOE núm. 196, de 8 de octubre de 2018).Cuarto. Cuantía.Se subvencionará el 100% de los gastos elegibles con los siguienteslímites máximos de ayuda según el número de socios del sector comerciode la asociación de comerciantes (agrupación 64 y 65 del Impuesto deActividades Económicas):a) Una subvención máxima de 3.000 euros si el número de socios delsector comercio no supera los 50.b) Una subvención máxima de 4.500 euros si el número de socios delsector comercio está entre 51 y 75.c) Una subvención máxima de 6.000 euros si la asociación tiene más de 75socios del sector comercio.El límite se incrementará en 10.000 euros para los gastos de personal enel caso de que la asociación lo solicite, siempre que el contrato sea atiempo completo. Este importe será de 13.000 euros en el supuesto de quela persona objeto de contratación sea una mujer. Si no es a tiempocompleto este importe se reducirá proporcionalmente en función delnúmero de horas de la jornada de trabajo establecida. Tal y como seestablece en el artículo 3.1 a) del Decreto 158/2018, de 2 de octubre,para que los gastos de personal sean subvencionables el contrato debetener una antigüedad de al menos un año a fecha de publicación de laresolución de la convocatoria.El coste de las acciones previstas en la presente convocatoria seráimputado a las partidas presupuestarias contenidas en el Programa 341A“Comercio de Calidad y Artesanía Extremeña”, de los presupuestos de2026, con cargo al centro cargo al centro gestor 140030000, partidapresupuestaria G/341A/48000, Código de Proyecto de gasto 20180197,denominado “Ayudas para promover el asociacionismo comercial”, con unimporte de 200.000 euros, financiado con fondos de la ComunidadAutónoma.Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.El plazo para presentar solicitudes será de un mes a contar desde el díasiguiente al de la fecha de publicación de la convocatoria y delpresente extracto en el Diario Oficial de Extremadura.La solicitud y documentación necesaria se presentará a través de la SedeElectrónica Asociada mediante el acceso a través del Punto de AccesoGeneral Electrónico de los servicios y trámites en la siguientedirección electrónica: https://juntaex.es/w/0631322Sexto. Otros datos. El procedimiento de concesión de las ayudas setramitará en régimen de concurrencia competitiva, mediante convocatoriaperiódica.