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Plazo no verificadoBDNS 881425

2026 - AYUDAS DE APOYO A LA INFANCIA Y ADOLESCENCIA

LOCAL · PUIG DE SANTA MARIA, EL · AYUNTAMIENTO DE PUIG DE SANTA MARIA, EL

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 12:00 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICAPERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICAPYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES523 - Valencia / València

Finalidad

Servicios Sociales y Promoción Social

Plazos, con su contexto.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
31/10/2026
Registro en BDNS
14/01/2026
Publicación en diario oficial
23/01/2026

Texto oficial de apertura: A partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el B.O.P. Valencia

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/index):PRIMERO. BENEFICIARIOSPodrán ser beneficiarios de esta ayuda los niños-as de 0 a 17 años con vecindad administrativa y efectiva en el municipio, al igual que sus representantes legales, que cumplan los siguientes requisitos:- Niñas-os y adolescentes que se encuentren en acogimiento en familia extensa o educadora, al igual que los hijos e hijas de dichas familias.- Niños-as y adolescentes que se encuentren en situación de riesgo atendiendo al art. 17 de la L.O. 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil.- Niños-as y adolescentes tutelados por la Generalitat que se encuentren en acogimiento residencial en el municipio.- Niños-as y adolescentes que pertenezcan a unidades familiares de convivencia que en el momento de la solicitud de la ayuda, sean beneficiarios de una ayuda de emergencia o de la renta valenciana de inclusión, siempre que haya una implicación de la familia en la intervención familiar ofrecida por el equipo de intervención de los servicios sociales.- Hijos-as de unidades familiares de convivencia, que en el momento de la valoración de la solicitud no dispongan de ingresos económicos mensuales superiores a la cuantía mensual de:Para familias con 1 hijos: 2 veces el IPREMPara familias con 2 hijos: 2,1 veces el IPREMPara familias con 3 hijos: 2,3 veces el IPREMPara familias con 4 hijos: 2,5 veces el IPREMFamilias con persona con 33% discapacidad: 2,5 veces el IPREMSEGUNDO. FINALIDADEl objeto de las presentes bases, en el marco de lo establecido por la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones y por el Reglamento de la Ley General de Subvenciones aprobado por R.D. 887/2006, de 21 de julio, es definir las condiciones y el procedimiento a seguir, en régimen de concurrencia competitiva, para la solicitud y concesión, de las ayudas de apoyo a la Infancia y Adolescencia dirigidas unidades de convivencia, cuyo fin es facilitar a niños-as y adolescentes con medidas de protección y a hijos-as de familias en situación de vulnerabilidad social o exclusión social, el acceso de manera normalizada a las actividades de ocio, deportivas y formativas que se consideren necesarias para que en momentos de mayor vulnerabilidad familiar se puedan llevar a cabo las indicaciones del equipo de intervención de atención primaria para la superación de la problemática que este interfiriendo en la normalización, inclusión, autonomía de la unidad familiar y que tenga repercusión en la vida de los hijos/las hijas.TERCERO. BASES REGULADORASBases reguladoras para la concesión de las ?Ayudas de apoyo a la Infancia y Adolescencia? aprobadas mediante acuerdo del Pleno en sesión ordinaria celebrada el 4 febrero de 2021.CUARTO. CUANTÍAEl concepto e importe de la ayuda se clasificará de la siguiente forma:- En las actividades periódicas, se subvencionará el 100% del coste de la actividad hasta un máximo de 100€ mensuales y hasta un máximo de 12 meses por niño-a o adolescente.- En las actividades puntuales, el 100% del coste de la actividad hasta un máximo de 350€ anuales en el ejercicio. Estas actividades pueden ser excursiones curriculares del centro educativo, escuela de verano, de Pascua o de Navidad y cursos de formación no formal/no reglada.- En caso de considerarse necesario por protección especial del niño-a y con la valoración del equipo de intervención se podrá ampliar esta ayuda puntual a 350€ adicionales.QUINTO. FINANCIACIÓNLa financiación de las ayudas reguladas en las presentes Bases se hará con cargo a la partida presupuestaria 231.00-480.04 Ayudas Apoyo Infancia y Adolescencia, del capítulo 4 los presupuestos del Ayuntamiento del Puig de Santa María para el ejercicio 2026, y estará condicionada, en todo caso, a la existencia en dichos presupuestos de crédito adecuado y suficiente. Para el ejercicio 2026 se establece una dotación 10.000€ para asumir el coste derivado de este tipo de ayudas.SEXTO. PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDESEl plazo para la presentación de solicitudes será desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la provincia de Valencia, y hasta el 31 de octubre de 2026.

Bases y documentación

Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 14/01/2026Descargar archivo oficial · BDNSExtracto de la Resolución de Alcaldía del Ayuntamiento del Puig de Santa María por la que se convocan las Ayudas de Apoyo a la Infancia y Adolescencia 2026Publicado 23/01/2026AYUDAS DE APOYO A LA INFANCIA Y ADOLESCENCIA