PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICAPERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICAPYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES523 - Valencia / València
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Servicios Sociales y Promoción Social
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
31/10/2026
Registro en BDNS
14/01/2026
Publicación en diario oficial
23/01/2026
Texto oficial de apertura: A partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el B.O.P. Valencia
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/index):PRIMERO. BENEFICIARIOSPodrán ser beneficiarios de estas ayudas, aquellas personas físicas que tengan la condición legal de persona con diversidad funcional residentes en el municipio del Puig de Santa María, que reúnan los siguientes requisitos: 1. Estar adscrito al Centro de Salud del municipio del Puig de Santa María.2. Tener reconocida la condición legal de persona con diversidad funcional, en un grado igual o superior al 33%.3. Que existan deficiencias de carácter motor o sensorial en el solicitante que supongan una pérdida de autonomía, le impidan o dificulten su movilidad o comunicación a través de medios normales.4. Ser menor de 65 años.5. Tener una renta individual o per cápita familiar inferior al triple del indicador Público de Renta de Efectos múltiples (IPREM) para el ejercicio anterior a la convocatoria, referido a catorce mensualidades.SEGUNDO. FINALIDADEl objeto de las presentes bases, en el marco de lo establecido por la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones y por el Reglamento de la Ley General de Subvenciones aprobado por R.D. 887/2006, de 21 de julio, es definir las condiciones y el procedimiento a seguir, en régimen de concurrencia competitiva, para la solicitud y concesión, de las ayudas personales para la prevención de situaciones de riesgo o de exclusión social y fomento de la promoción de la autonomía personal de personas con diversidad funcional.TERCERO. BASES REGULADORASBases reguladoras de las Ayudas para el Desarrollo Personal, Integración Social y/o Fomento de la Autonomía de Personas con Diversidad Funcional aprobadas mediante acuerdo del Pleno en sesión ordinaria celebrada el 4 de diciembre de 2018.CUARTO. CUANTÍAa) Adquisición de ayudas técnicas y productos de apoyo: máximo 1.200€.b) Gastos de actividades, servicios o recursos para el desarrollo personal, integración social y/o fomento de la autonomía (excluidas las actividades realizadas a nivel municipal): máximo 100€/mes.c) Ayudas de transporte asistencia a tratamientos y centros asistenciales: máximo 60€/mes.QUINTO. FINANCIACIÓNLa financiación de las ayudas reguladas en las presentes Bases se hará con cargo a la partida presupuestaria 231.00-480.03 Ayudas Diversidad Funcional, del capítulo 4 los presupuestos del Ayuntamiento del Puig de Santa María para el ejercicio 2026, y estará condicionada, en todo caso, a la existencia en dichos presupuestos de crédito adecuado y suficiente. Para el ejercicio 2026 se establece una dotación de 10.000€ para este tipo de ayudas. SEXTO. PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDESEl plazo para la presentación de solicitudes será desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la provincia de Valencia, y hasta el 31 de octubre de 2026.