Convocatoria para la concesión de subvenciones destinadas al fomento de la música en vivo y la divulgación de la cultura popular y tradicional a través de la realización de fiestas mayores en los diferentes barrios de la ciudad de Sabadell, del año 2026
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES511 - Barcelona
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Cultura
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
15/01/2026
Publicación en diario oficial
21/01/2026
Texto oficial de apertura: A partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOPB.
Texto oficial de cierre: Transcurridos quince días naturales a partir del día siguiente a publicación en el BOPB.
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero. Beneficiarios:Pueden ser beneficiarios de las subvenciones las asociaciones de vecinos de Sabadell que organicen y realicen una fiesta mayor de barrio, de acuerdo con las finalidades que se detallarán a continuación y que, entre otros requisitos establecidos a las bases, estén debidamente constituidas e inscritas en el registro oficial correspondiente y al Registro Municipal de Entidades de Sabadell. Se puede presentar la solicitud si la entidad se encuentra en proceso de inscripción, haciendo constar esta circunstancia, pero en ningún caso podrá ser beneficiaria de la subvención si no acredita la inscripción definitiva antes de la resolución de la convocatoria correspondiente.Estas subvenciones tienen que fomentar actividades de interés público en Sabadell y que tengan por finalidad:- Mejorar la cohesión social de la ciudad.- Fomentar la vitalidad cultural de Sabadell.- Impulsar la participación activa de los ciudadanos y ciudadanas de Sabadell en las propuestas culturales.- Favorecer la cooperación entre el sector público y el privado.- Dinamizar la cultura en el territorio de la ciudad.- Fomentar valores culturales.- Trabajar por el imaginario colectivo.- Posibilitar el crecimiento cultural de Sabadell, atendiendo la diversidad de colectivos presentes en la ciudad.- Promover el asociacionismo cultural.Segundo. Finalidad:Subvenciones para el fomento de la música en vivo y de la divulgación de la cultura popular y tradicional, a través de la realización de fiestas mayores en los diferentes barrios de la ciudad de Sabadell 2026.Tercero. Bases reguladoras.Ordenanza General de Subvenciones aprobada por el Pleno del Ayuntamiento de Sabadell en fecha 23 de diciembre de 2008 i publicada en el boletín oficial de la Provincia de Barcelona (en adelante, BOPB) número 10 de 12 de enero de 2009. Bases específicas de las subvenciones destinadas al fomento de la música en vivo y de la divulgación de la cultura popular y tradicional, a través de la realización de fiestas mayores en los diferentes barrios de la ciudad de Sabadell, aprobadas por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Sabadell en fecha 13 de febrero de 2009 i publicadas en el BOPB número 41 de 17 de febrero de 2009 (Publicación extracto al diario oficial de la Generalitat de Catalunya, en adelante DOGC, número 5323 de 20 de febrero de 2009). Así como las modificaciones aprobadas definitivamente por el Pleno municipal en fechas 9 de diciembre de 2009 y en 5 de enero de 2012 y publicadas respectivamente en el BOPB número 14 de 16 de enero de 2010 (DOGC número 5554 de 27 de enero de 2010) y 23 de enero de 2012 (DOGC número 6057 de 1 de febrero de 2012).Texto refundido de las bases específicas aprobado por el Pleno del Ayuntamiento de Sabadell el 20 de diciembre de 2018 y publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona (BOPB) de fecha 8 de enero de 2019. Cuarto. Importe:La dotación máxima para dicha convocatoria será de 126.000,00 euros.Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:Quince días naturales a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOPB.Sexto. Otros datos.Para la tramitación de las solicitudes será preceptivo que se aporte la documentación que se detalla en el artículo 5 del texto refundido de las bases específicas anteriormente mencionado.