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Plazo no verificadoBDNS 882221

Acuerdo 208/25 de la Junta de Gobierno de 26/12/25 por el que se aprueba convocatoria de subv. a entidades sin animo de lucro de la provincia de Valladolid para el desarrollo de proyectos en materia de Acción Social, 2026

LOCAL · DIPUTACIÓN PROV. DE VALLADOLID · DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALLADOLID

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 12:18 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES418 - Valladolid

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Servicios Sociales y Promoción Social

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
19/01/2026
Publicación en diario oficial
22/01/2026

Texto oficial de apertura: Desde las 00:00 horas del siguiente a aquél en que aparezca publicado el anuncio en BOP

Texto oficial de cierre: 30 días naturales desde publicación BOP Hasta 14:00 horas del trigésimo días natural

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

Primero. Beneficiarios. Únicamente podrán obtener las ayudas que se gestionan a través de la presente convocatoria las que cumplan estos requisitos:- entidades sin ánimo de lucro- que tengan sede o delegación en la provincia de Valladolid- que estén inscritas en el Registro de Entidades de carácter social de la Junta de Castilla y León o en su caso que los estatutos de la entidad recojan entre sus finalidades, objetivos coincidentes con la base Primera de la presente convocatoria con carácter previo a la publicación de la presente convocatoria.La verificación del cumplimiento de este último requisito se realizará de oficio mediante consulta al Registro correspondiente o de la comprobación de los estatutos.Segundo. Objeto.La concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a entidades privadas sin ánimo de lucro de la provincia de Valladolid para el desarrollo de proyectos en materia de acción social que pretendan incidir sobre una problemática social o socio-sanitaria específica, por medio de actuaciones incluidas en alguna de las siguientes tipologías de proyectos: acción social e intervención comunitaria, accesibilidad universal, inserción social y participación comunitaria, apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica, prevención, sensibilización, protección, asistencia, autoayuda, reinserción, solidaridad, voluntariado, ciudadanía global, formación, divulgación o investigación, siempre que se realicen en el ámbito territorial correspondiente a los municipios de menos de 20.000 habitantes de la provincia de Valladolid. Tercero. Bases reguladoras.Esta convocatoria se regirá por lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS), en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Subvenciones (RGS), y por el resto de legislación que resulte aplicable.La presente convocatoria se efectúa de conformidad con la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación de Valladolid, aprobada por Acuerdo del Pleno de fecha 24 de febrero de 2006, y publicada en el BOP nº 54, de fecha 6 de marzo de 2006 y está enmarcada dentro del Plan estratégico de subvenciones de la Diputación de Valladolid, año 2026, que se incluye como anexo al presupuesto general (D.A. Primera BEP 2026) aprobado por el Pleno inicialmente en la sesión celebrada el día 29 de noviembre de 2025 y cuyo objetivo es el desarrollo de proyectos en materia de acción social.Cuarto. Cuantía. La cuantía total de las subvenciones no podrá superar la cantidad de doscientos mil euros (200.000,00 €), consignados en la partida 502.23102.48303 del Presupuesto General de la Diputación para el año 2026. Al ser objeto la presente convocatoria de tramitación anticipada, y de conformidad con lo establecido en el art. 56.2 RGS, la concesión de las ayudas quedará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el Presupuesto General de la Diputación para el año 2026.La cuantía máxima por proyecto subvencionado, conforme a lo establecido en la base decimoquinta, no podrá exceder 10.000,00 euros.Dicho crédito presupuestario se distribuirá de la siguiente forma entre las distintas líneas de subvención:LÍNEA A) Discapacidad física, psíquica o sensorial, envejecimiento activo, prevención de la dependencia y promoción de la autonomía. Un total de 75.000,00 euros.LÍNEA B) Ámbito sociosanitario dirigidos a personas con una enfermedad o afectación común.Un total de 39.500,00 euros.LÍNEA C) Mujer e igualdad de oportunidades. Un total de 20.000,00 euros.LÍNEA D) Solidaridad, voluntariado social y ciudadanía global. Proyectos de intervención comunitaria para la prevención, protección y participación infantil y adolescente Un total de 20.000,00 euros.LÍNEA E) Inclusión social de personas y familias en situación y/o riesgo de vulnerabilidad. Un total de 34.500,00 euros.LÍNEA F) Ámbito de las drogodependencias, incluidas las adicciones sin sustancia. Un total de 11.000,00 euros.Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días naturales, contados desde las 00:00 horas del siguiente a aquél en que aparezca publicado el anuncio de la convocatoria en extracto en el Boletín Oficial de la Provincia, hasta las 14:00 horas del trigésimo día natural. Cuando el último día del plazo sea inhábil, el plazo de presentación se entenderá prorrogado hasta las 14:00 horas del primer día hábil siguiente.Sexto. Otros datos de interés.Actividades subvencionables: Establecidas en la base quinta de la convocatoria.Gastos subvencionables: Se consideran gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de las actividades subvencionadas y que se realicen entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026.Se subvencionarán:Gastos de personal, siempre y cuando se trate de gastos correspondientes a profesionales adscritos a la ejecución del proyecto subvencionado. Los gastos de personal adscritos a administración y gestión serán imputables a la subvención con un máximo del 5% de la misma.Gastos de formación que realicen y reciban las entidades privadas sin ánimo de lucro para la realización del proyecto subvencionable. Publicidad y difusión de la actividad objeto del proyecto subvencionable. Material y servicios para el desarrollo de la actividad objeto del proyecto subvencionable, incluido el alquiler de material, espacios y vehículos.Costes indirectos de gestión y administración que se correspondan al periodo que efectivamente se realiza la actividad subvencionada y guarden una relación estricta con ella, con un máximo del 10% de la subvención concedida.Se excluyen expresamente de la subvención los siguientes gastos:Gastos de inversión.Gastos de alquiler y/o mantenimiento de sedes administrativas y cualesquiera otros indirectos no imputables directamente a la actividad subvencionada.Atenciones protocolarias.Gastos financieros, gastos de asesoría jurídica o financiera, gastos notariales y registrales, gastos periciales y los de administración.En ningún caso serán gastos subvencionables los intereses deudores de cuentas bancarias, los intereses, recargos y sanciones administrativas o penales, y los gastos de procedimientos judiciales.Compatibilidad: Sí, excepto las entidades que hayan suscrito o vayan a suscribir en el año 2026 convenios de colaboración con la Diputación de Valladolid para la ejecución de proyectos de acción social, tramitados por el Área de Servicios Sociales e Igualdad de Oportunidades.Solicitudes: Las solicitudes se dirigirán al Ilmo. Sr. Presidente de la Excma. Diputación Provincial de Valladolid, conforme a las instrucciones que se indican en el Anexo I.Documentación: A la solicitud deberá acompañarse la documentación prevista en la base 11ª.Criterios de valoración: Los previstos en la base decimocuarta de la convocatoria.Forma de pago: Anticipadamente, con el carácter de ?a justificar?.Forma de justificación: Mediante la presentación de memoria y cuenta justificativa (Anexo III), en los términos previstos en la base vigesimoprimera de la convocatoria.Plazo máximo de justificación: 31 de enero de 2027.

Bases y documentación

Anexo IIIPublicado 26/01/2026Descargar archivo oficial · BDNSAcuerdo aprobación basesPublicado 26/01/2026Descargar archivo oficial · BDNSAnexo IPublicado 26/01/2026Descargar archivo oficial · BDNSTexto en castellano de la convocatoriaPublicado 26/01/2026Descargar archivo oficial · BDNSAnexo IIPublicado 26/01/2026Descargar archivo oficial · BDNSÁREA DE SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES SERVICIO DE ACCIÓN SOCIAL Extracto de acuerdo nº 208/25 de 26 de diciembre de 2025, de la Junta de Gobierno de la convocatoria de subvenciones a entidades privadas sin ánimo de lucro de la provincia de Valladolid para el desarrollo de proyectos en materia de acción social, año 2026Publicado 22/01/2026BASE REGULADORA GENERAL - ORDENANZA GENERAL DE SUBVENCIONES