¿A quién se dirige?
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES43 - EXTREMADURA
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Servicios Sociales y Promoción Social
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 19/01/2026
- Publicación en diario oficial
- 28/01/2026
Texto oficial de apertura: Desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria y su extracto en el DOE
Texto oficial de cierre: Un mes desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria y su extracto en el DOE
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
De conformidad lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 de la Ley38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica elextracto de la convocatoria de las ayudas destinadas al desarrollo deproyectos de las asociaciones juveniles y las entidades asimiladas a lasmismas, las entidades prestadoras de servicios a la juventud y la puestaen marcha de iniciativas juveniles desarrolladas desde grupos de jóvenesno asociados para el ejercicio 2026 (Línea II) cuyo texto completo puedeconsultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones(http://www.infosubvenciones.gob.es) y en el presente DOE.PRIMERO. Entidades Beneficiarias.Podrán ser entidades beneficiarias de las ayudas las entidadesprestadoras de servicios a la juventud que lo soliciten en tiempo yforma y, que cumplan los requisitos establecidos en los artículos 3 y 28del Decreto 47/2025, de 27 de mayo por el que se establecen las basesreguladoras para la concesión de ayudas destinadas al desarrollo deproyectos de las asociaciones juveniles (DOE núm. 116, de 18 de junio),entidades asimiladas a las mismas, entidades prestadoras de servicios ala juventud y la puesta en marcha de iniciativas juveniles desarrolladasdesde grupos de jóvenes no asociados, a la fecha de publicación de laconvocatoria.SEGUNDO. Objeto.Se subvencionarán, con cargo a la convocatoria, proyectos que, teniendocomo destinataria la población joven de Extremadura, se desarrollen enel ámbito geográfico de la Comunidad Autónoma de Extremadura, esto es,aquellos cuya planificación, desarrollo y resultado se destina a lapoblación joven de ambas provincias, Cáceres y Badajoz, contando con unadistribución equilibrada entre ambas de las acciones y actividades adesarrollar y tengan entre sus objetivos o medidas de actuación, almenos, una de las siguientes líneas de acción:a) Igualdad de género: acciones que persigan fomentar la igualdad deoportunidades y el acceso a los derechos a los jóvenes de todos losgéneros, incluidos el colectivo de jóvenes LGTBIQ+. Tendrán cabida eneste apartado los proyectos dirigidos a concienciar sobre laparticipación activa en la lucha contra la violencia de género abordandoy combatiendo de manera efectiva el problema en todas sus formas.b) Sociedades inclusivas: fomentar que las personas jóvenes en riesgo deexclusión participen en todos los procesos de toma de decisiones,combatir la discriminación y la segregación tanto social comoeducacional y laboral.c) Información y diálogo constructivo: acciones dirigidas a fomentar enlas personas jóvenes un espíritu crítico en el análisis y difusión de lainformación a que tengan acceso reconociendo y denunciando noticiasengañosas, así como aquellas que incitan al odio y la discriminación,tanto en internet como de manera analógica.d) Salud mental y bienestar: acciones dirigidas a sensibilizar sobre lasalud mental en los jóvenes y que rompan con la estigmatización dequienes sufren problemas. Acciones que fomenten la educación ennutrición, autocuidado y alimentación saludable, programas de educaciónafectivo-sexual, prevención de adicciones y prevención del acosoescolar.e) Juventud rural: acciones que fomenten en los jóvenes de las zonasrurales la formación y empleo sin necesidad de abandonar el ámbitorural. Acciones que afronten el reto de despoblación rural y a atraer devuelta a la juventud que ha tenido que salir de la región.f) Empleo de calidad: acciones dirigidas a dar a conocer los recursosexistentes para los jóvenes en formación, reglada o no, y sobre recursosde mejora de empleabilidad y empleo. Acciones que, directa oindirectamente, contribuyan al emprendimiento joven tanto para entornosurbanos como rurales.g) Aprendizaje de calidad: acciones que mejoren el acceso de la juventuda herramientas de la sociedad digital.h) Espacios y participación: acciones que fortalezcan la participacióndemocrática, la autonomía de los jóvenes y promuevan el voluntariadojuvenil como un medio para mejorar las aptitudes y competencias de losjóvenes, su sentido de la solidaridad y el fomento de una ciudadaníaactiva.i) Desarrollo sostenible: acciones encaminadas a que los jóvenesconozcan el efecto de sus acciones en el medio ambiente y a empoderarlospara que actúen como agentes de cambio para el desarrollo ambiental ysostenible.TERCERO. Bases reguladoras.La convocatoria se regirá por las normas contenidas en el Decreto47/2025, de 27 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoraspara la concesión de ayudas destinadas al fomento de la participaciónjuvenil y primera convocatoria para el ejercicio 2025 (DOE núm. 116, de18 de junio).CUARTO. Cuantía.Para el objeto de la convocatoria se destinará una cantidad total deCIENTO SESENTA MIL EUROS (160.000,00 €), con cargo a la aplicaciónpresupuestaria 150070000 G/253B/48000 CAG0000001 y proyecto de gasto20250169, denominado “Apoyo a proyectos de entidades prestadoras deservicio a la juventud”, de los Presupuestos Generales de la ComunidadAutónoma de Extremadura para el ejercicio 2026.Se establece una cuantía mínima de ayuda de 4.000 euros y una máxima de12.000 euros. No obstante, en el caso de que el importe solicitado poruna entidad sea inferior a la cuantía resultante de la aplicación delbaremo que se recoge en el apartado vigesimoprimero de la convocatoria,la cantidad subvencionada será equivalente a la solicitada.QUINTO. Plazo de presentación.El plazo de presentación será de un mes contado a partir del díasiguiente a la publicación en el Diario Oficial de Extremadura de laconvocatoria y de los extractos de las líneas contenidas en la mismaprevistos en el artículo 16.q de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, deSubvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.