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Plazo no verificadoBDNS 882224

Ayudas 2026, de la Línea II, a entidades prestadoras de servicios a la juventud destinadas al fomento de la participación juvenil, según Resolución de fecha 18/12/2025 que las convoca

AUTONOMICA · EXTREMADURA · INSTITUTO DE LA JUVENTUD DE EXTREMADURA

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 12:18 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES43 - EXTREMADURA

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Servicios Sociales y Promoción Social

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
19/01/2026
Publicación en diario oficial
28/01/2026

Texto oficial de apertura: Desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria y su extracto en el DOE

Texto oficial de cierre: Un mes desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria y su extracto en el DOE

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

De conformidad lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 de la Ley38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica elextracto de la convocatoria de las ayudas destinadas al desarrollo deproyectos de las asociaciones juveniles y las entidades asimiladas a lasmismas, las entidades prestadoras de servicios a la juventud y la puestaen marcha de iniciativas juveniles desarrolladas desde grupos de jóvenesno asociados para el ejercicio 2026 (Línea II) cuyo texto completo puedeconsultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones(http://www.infosubvenciones.gob.es) y en el presente DOE.PRIMERO. Entidades Beneficiarias.Podrán ser entidades beneficiarias de las ayudas las entidadesprestadoras de servicios a la juventud que lo soliciten en tiempo yforma y, que cumplan los requisitos establecidos en los artículos 3 y 28del Decreto 47/2025, de 27 de mayo por el que se establecen las basesreguladoras para la concesión de ayudas destinadas al desarrollo deproyectos de las asociaciones juveniles (DOE núm. 116, de 18 de junio),entidades asimiladas a las mismas, entidades prestadoras de servicios ala juventud y la puesta en marcha de iniciativas juveniles desarrolladasdesde grupos de jóvenes no asociados, a la fecha de publicación de laconvocatoria.SEGUNDO. Objeto.Se subvencionarán, con cargo a la convocatoria, proyectos que, teniendocomo destinataria la población joven de Extremadura, se desarrollen enel ámbito geográfico de la Comunidad Autónoma de Extremadura, esto es,aquellos cuya planificación, desarrollo y resultado se destina a lapoblación joven de ambas provincias, Cáceres y Badajoz, contando con unadistribución equilibrada entre ambas de las acciones y actividades adesarrollar y tengan entre sus objetivos o medidas de actuación, almenos, una de las siguientes líneas de acción:a) Igualdad de género: acciones que persigan fomentar la igualdad deoportunidades y el acceso a los derechos a los jóvenes de todos losgéneros, incluidos el colectivo de jóvenes LGTBIQ+. Tendrán cabida eneste apartado los proyectos dirigidos a concienciar sobre laparticipación activa en la lucha contra la violencia de género abordandoy combatiendo de manera efectiva el problema en todas sus formas.b) Sociedades inclusivas: fomentar que las personas jóvenes en riesgo deexclusión participen en todos los procesos de toma de decisiones,combatir la discriminación y la segregación tanto social comoeducacional y laboral.c) Información y diálogo constructivo: acciones dirigidas a fomentar enlas personas jóvenes un espíritu crítico en el análisis y difusión de lainformación a que tengan acceso reconociendo y denunciando noticiasengañosas, así como aquellas que incitan al odio y la discriminación,tanto en internet como de manera analógica.d) Salud mental y bienestar: acciones dirigidas a sensibilizar sobre lasalud mental en los jóvenes y que rompan con la estigmatización dequienes sufren problemas. Acciones que fomenten la educación ennutrición, autocuidado y alimentación saludable, programas de educaciónafectivo-sexual, prevención de adicciones y prevención del acosoescolar.e) Juventud rural: acciones que fomenten en los jóvenes de las zonasrurales la formación y empleo sin necesidad de abandonar el ámbitorural. Acciones que afronten el reto de despoblación rural y a atraer devuelta a la juventud que ha tenido que salir de la región.f) Empleo de calidad: acciones dirigidas a dar a conocer los recursosexistentes para los jóvenes en formación, reglada o no, y sobre recursosde mejora de empleabilidad y empleo. Acciones que, directa oindirectamente, contribuyan al emprendimiento joven tanto para entornosurbanos como rurales.g) Aprendizaje de calidad: acciones que mejoren el acceso de la juventuda herramientas de la sociedad digital.h) Espacios y participación: acciones que fortalezcan la participacióndemocrática, la autonomía de los jóvenes y promuevan el voluntariadojuvenil como un medio para mejorar las aptitudes y competencias de losjóvenes, su sentido de la solidaridad y el fomento de una ciudadaníaactiva.i) Desarrollo sostenible: acciones encaminadas a que los jóvenesconozcan el efecto de sus acciones en el medio ambiente y a empoderarlospara que actúen como agentes de cambio para el desarrollo ambiental ysostenible.TERCERO. Bases reguladoras.La convocatoria se regirá por las normas contenidas en el Decreto47/2025, de 27 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoraspara la concesión de ayudas destinadas al fomento de la participaciónjuvenil y primera convocatoria para el ejercicio 2025 (DOE núm. 116, de18 de junio).CUARTO. Cuantía.Para el objeto de la convocatoria se destinará una cantidad total deCIENTO SESENTA MIL EUROS (160.000,00 €), con cargo a la aplicaciónpresupuestaria 150070000 G/253B/48000 CAG0000001 y proyecto de gasto20250169, denominado “Apoyo a proyectos de entidades prestadoras deservicio a la juventud”, de los Presupuestos Generales de la ComunidadAutónoma de Extremadura para el ejercicio 2026.Se establece una cuantía mínima de ayuda de 4.000 euros y una máxima de12.000 euros. No obstante, en el caso de que el importe solicitado poruna entidad sea inferior a la cuantía resultante de la aplicación delbaremo que se recoge en el apartado vigesimoprimero de la convocatoria,la cantidad subvencionada será equivalente a la solicitada.QUINTO. Plazo de presentación.El plazo de presentación será de un mes contado a partir del díasiguiente a la publicación en el Diario Oficial de Extremadura de laconvocatoria y de los extractos de las líneas contenidas en la mismaprevistos en el artículo 16.q de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, deSubvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Bases y documentación

Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 19/01/2026Descargar archivo oficial · BDNSEXTRACTO de la resolución de convocatoria de las ayudas destinadas al desarrollo de proyectos de las asociaciones juveniles y las entidades asimiladas a las mismas, las entidades prestadoras de servicios a la juventud y la puesta en marcha de iniciativas juveniles desarrolladas desde grupos de jóvenes no asociados para el ejercicio 2026. Línea II.Publicado 28/01/2026Decreto 47/2025, de 27 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas al fomento de la participación juvenil y primera convocatoria para el ejercicio 2025