¿A quién se dirige?
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES43 - EXTREMADURA
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Agricultura, Pesca y Alimentación
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 19/01/2026
- Publicación en diario oficial
- 23/01/2026
Texto oficial de apertura: Día siguiente a la publicación en el D.O.E y su extracto
Texto oficial de cierre: 2 meses desde el día siguiente a publicación en el D.O.E
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de laLey 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en elartículo 16 q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de subvenciones de laComunidad Autónoma de Extremadura, se publica el extracto de laconvocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de DatosNacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es) y en elpresente Diario Oficial de Extremadura.Primero. Objeto.La convocatoria tiene por objeto el Programa II “Ayudas para la mejorade la eficiencia energética de las infraestructuras hídricas” a lascomunidades de regantes de la Comunidad Autónoma de Extremadura,conforme al artículo 74 del Reglamento (UE) n.º 2021/2115, delParlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, y a laIntervención 6843.1 “Ayudas a inversiones en infraestructuras deregadíos con objetivos ambientales” del Plan Estratégico de la PAC2023-2027.Segundo. Beneficiarias.Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las comunidades de regantes uotras comunidades de usuarios de aguas vinculadas al regadío que seancorporaciones de derecho público adscritas al Organismo de Cuencasituadas en la Comunidad Autónoma de Extremadura que, además, realicenen común una inversión, mejorando la competitividad de las explotacionesagrarias y fomentando la aplicación de nuevas tecnologías y lainnovación, que sean titulares o gestionen infraestructuras de regadíosexistentes, dispongan de su correspondiente derecho de agua, y cuyosestatutos u ordenanzas hayan sido aprobados administrativamente por elOrganismo de Cuenca.Tercero. Bases reguladoras.La convocatoria se regirá por lo dispuesto en el Decreto129/2025, de 9de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras delrégimen de ayudas al regadío para las comunidades de regantes de laComunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoriadel Programa I para el periodo 2025-2027 (DOE núm. 194, de 8 de octubrede 2025).Cuarto. Financiación y cuantía.La financiación de las ayudas previstas en esta convocatoria serealizará con cargo a la aplicación presupuestaria 230040000G/353A/70000 FR23744301 de acuerdo con las disponibilidades de créditoconsignadas en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma, enel proyecto de gasto 20250428. El importe total de la convocatoria deayudas será de TRES MILLONES de euros (3.000.000,00 €), conforme a lassiguientes anualidades e importes:¿ Anualidad 2025: 0,00 €.¿ Anualidad 2026: 1.000.000,00 €.¿ Anualidad 2027: 2.000.000,00 €.El gasto correspondiente a estas ayudas está cofinanciado por el FondoEuropeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) en un 75 %, Ministerio deAgricultura, Pesca y Alimentación (3,72 %) y por la Junta de Extremadura(21,28 %), de acuerdo con los recursos económicos asignados a laIntervención 6843.1 “Ayudas a inversiones en infraestructuras deregadíos con objetivos ambientales” del Plan Estratégico de la PAC2023-2027.La cuantía del coste de la inversión subvencionable será como máximo de600.000 € por entidad beneficiaria y convocatoria de ayudas. El importedel coste subvencionable mínimo será de 100.000 €.La cuantía de la ayuda expresada en porcentaje del importe del coste dela inversión subvencionable y los supuestos en los que se podráincrementar dicho porcentaje son los establecidos en el artículo 10.2del Decreto129/2025, de 9 de septiembre, en concurrencia con lodispuesto en el artículo 40.3 del citado Decreto.En ningún caso, la cuantía de la ayuda podrá superar el 100% del importedel coste de la inversión subvencionable, ni superar los 540.000 eurospor convocatoria y entidad beneficiaria.Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.El plazo de presentación de solicitudes será de dos meses, computados apartir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en elDiario Oficial de Extremadura http://doe.juntaex.es / y del extractoprevisto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,General de Subvenciones y se dirigirán a la Dirección General deInfraestructuras Rurales de la Consejería de Gestión Forestal y MundoRural de la Junta de Extremadura.La presentación de las solicitudes se efectuará a través del punto deacceso general electrónico (https://www.juntaex.es), dentro de la fichacorrespondiente al trámite https://www.juntaex.es/w/0723725, en la formaestablecida en el artículo 13 del Decreto129/2025, de 9 de septiembre, eirán acompañadas de la documentación exigible en el artículo 14 delmismo.