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Plazo no verificadoBDNS 882422

AYUDAS EQUIPAMIENTO DE LOCALES. EMPRESAS

AUTONOMICA · LA RIOJA · CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO, DEPORTE Y JUVENTUD

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 12:22 (España)

¿A quién se dirige?

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES230 - La Rioja

Finalidad

Cultura

Plazos, con su contexto.

Inicio de solicitudes
19/02/2026
Fin de solicitudes
11/03/2026
Registro en BDNS
20/01/2026
Publicación en diario oficial
18/02/2026

Texto oficial de apertura: A partir del día siguiente a la fecha de publicación del extracto de la convocatoria en el BOR

Texto oficial de cierre: Quince días hábiles, a partir del día siguiente a la fecha de publicación del extracto de la convoca

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

Primero.- BeneficiariosPodrán solicitar las subvenciones los profesionales riojanos, entendiendo por tales, tanto los nacidos en La Rioja, como los que desarrollen su actividad profesional en dicha Comunidad Autónoma, que estén inscritos en el Registro Especial de Trabajadores Autónomos; y las empresas riojanas con objeto social cultural (con domicilio social y actividad económica en La Rioja).Segundo.- ObjetoEl fomento, mediante la financiación de los gastos de capital, de la adquisición de equipamiento de naturaleza inventariable destinado a locales culturales.Se consideran inventariables aquellos bienes directamente relacionados con los fines generales de las entidades beneficiarias, que tengan un periodo de utilización superior al ejercicio y la posibilidad de identificación individual, para su inclusión en el inventario de bienes de aquellas.La concesión de subvenciones se tramitará por el procedimiento ordinario en régimen de concurrencia competitiva.Los solicitantes solo podrán presentar una única solicitud.El plazo de adquisición del equipamiento que podrá ser subvencionado, será el comprendido entre el 18 de octubre de 2025 y el 11 de octubre de 2026.Tercero.- Bases ReguladorasTítulos II y IV de la Orden EDC/43/2020, de 22 de julio, de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas en materia de promoción cultural (Boletín Oficial de La Rioja número 92, de 27 de julio de 2020).Cuarto.- CuantíaEl gasto para la financiación de estas ayudas asciende a una cuantía total de ochenta mil euros (80.000 euros), imputado a la siguiente partida presupuestaria:2026/070201.3311.770.00 - 80.000 eurosEstas subvenciones que se concederán en régimen de concurrencia competitiva, no podrán superar el equivalente al 80% del presupuesto de aquello a lo que se destinan, ni la cuantía máxima de 12.000 euros. Por su parte, el importe máximo que se podrá consideran como gasto subvencionable será de 15.000 euros.Quinto.- Plazo de presentación de solicitudesEl plazo para la presentación de solicitudes es de quince días hábiles, a contar a partir del día siguiente a la fecha de publicación del extracto de la resolución de convocatoria de esta subvención en el Boletín Oficial de La Rioja.Sexto.- Otros datos de interésConvocatoria: El texto íntegro de la Resolución de convocatoria estará disponible en la siguiente dirección (https://www.larioja.org/oficina-electronica/es?web=000&proc=01647) de la página web del Gobierno de La Rioja.Solicitudes: La presentación de solicitudes se realizará exclusivamente de forma telemática a través de la sede electrónica del Gobierno de La Rioja, en el apartado de Oficina Electrónica (https://www.larioja.org/oficina-electronica/es?web=000&proc=01647), de conformidad con el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Todos los trámites del procedimiento se desarrollarán de forma telemática.Documentación: La prevista en el apartado cuarto de la Resolución 496/2026, de 11 de febrero, de la Consejería de Cultura, Turismo, Deporte y Juventud, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para equipamiento de locales culturales, destinadas a profesionales riojanos y empresas riojanas con objeto social cultural.Justificación: En lo referente a la justificación del gasto derivado del equipamiento subvencionado, deberá presentarse exclusivamente de forma electrónica desde el procedimiento iniciado con la solicitud, y conforme a lo establecido en el artículo 12 de la Orden EDC/43/2020, de 22 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas en materia de promoción cultural.Para ser beneficiario de estas subvenciones es requisito imprescindible hacer constar en toda información, publicidad y publicación, que el equipamiento adquirido está subvencionado por el Gobierno de La Rioja, según establece el artículo 11 de la Orden EDC/43/2020, de 22 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas en materia de promoción cultural.El plazo para la presentación de la documentación justificativa finalizará el 16 de octubre de 2026.

Bases y documentación

Documento de la convocatoria en españolPublicado 13/02/2026Descargar archivo oficial · BDNSResolución 496/2026, de 11 de febrero, de la Consejería de Cultura, Turismo, Deporte y Juventud, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para equipamiento de locales culturales, destinadas a profesionales riojanos y empresas riojanas con objeto social cultural (extracto)Publicado 18/02/2026Orden EDC/43/2020, de 22 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas en materia de promoción cultural