Plazo no verificadoBDNS 882426
AYUDAS REFORMA LOCALES. ASOC.
AUTONOMICA · LA RIOJA · CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO, DEPORTE Y JUVENTUD
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 12:22 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES230 - La Rioja
Finalidad
Cultura
Plazos, con su contexto.
- Inicio de solicitudes
- 19/02/2026
- Fin de solicitudes
- 11/03/2026
- Registro en BDNS
- 20/01/2026
- Publicación en diario oficial
- 18/02/2026
Texto oficial de apertura: A partir del día siguiente a la fecha de publicación del extracto de la convocatoria en el BOR
Texto oficial de cierre: Quince días hábiles, a partir del día siguiente a la fecha de publicación del extracto de la convoca
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero.- BeneficiariosPodrán solicitar las subvenciones las Asociaciones Culturales inscritas en el Registro de Asociaciones del Gobierno de La Rioja, las Fundaciones culturales riojanas y los Ateneos riojanos.Segundo.- ObjetoEl fomento, mediante la financiación de los gastos de capital, de la realización de las obras de reforma y gran reparación que se realicen en locales culturales, ya sean propiedad de los beneficiarios o sobre los que estos tengan derecho de uso y que se destinen al desarrollo de actividades culturales.El concepto de obras de reforma y gran reparación, será el definido en el artículo 232 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del Sector Público.La concesión de subvenciones se tramitará por el procedimiento ordinario en régimen de concurrencia competitiva.Las entidades solicitantes solo podrán presentar una única solicitud.El plazo de realización de las obras de reforma y reparación de locales culturales, será el comprendido entre el 18 de octubre de 2025 y el 11 de octubre de 2026.Tercero.- Bases ReguladorasTítulos III y IV de la Orden EDC/43/2020, de 22 de julio, de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas en materia de promoción cultural (Boletín Oficial de La Rioja número 92, de 27 de julio de 2020).Cuarto.- CuantíaEl gasto para la financiación de estas ayudas asciende a una cuantía total de ciento diez mil euros (110.000 euros), imputado a la siguiente partida presupuestaria:2026/070201.3311.780.01 - 110.000 eurosEstas subvenciones que se concederán en régimen de concurrencia competitiva, no podrán superar el equivalente al 80% del presupuesto de aquello a lo que se destinan, ni la cuantía máxima de 18.000 euros. Por su parte, el importe máximo que se podrá considerar como gasto subvencionable será de 22.500 euros.Quinto.- Plazo de presentación de solicitudesEl plazo para la presentación de solicitudes es de quince días hábiles, a contar a partir del día siguiente a la fecha de publicación del extracto de la resolución de convocatoria de esta subvención en el Boletín Oficial de La Rioja.Sexto.- Otros datos de interésConvocatoria: El texto íntegro de la Resolución de convocatoria estará disponible en la siguiente dirección (https://www.larioja.org/oficina-electronica/es?web=000&proc=01607) de la página web del Gobierno de La Rioja.Solicitudes: La presentación de solicitudes se realizará exclusivamente de forma telemática a través de la sede electrónica del Gobierno de La Rioja, en el apartado oficina electrónica (https://www.larioja.org/oficina-electronica/es?web=000&proc=01607), de conformidad con el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Todos los trámites del procedimiento se desarrollarán de forma telemática.Documentación: La prevista en el apartado cuarto de la Resolución 500/2026, de 11 de febrero, de la Consejería de Cultura, Turismo, Deporte y Juventud, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para reforma y reparación de locales culturales, destinadas a Asociaciones Culturales inscritas en el Registro de Asociaciones del Gobierno de La Rioja, Fundaciones culturales riojanas y Ateneos riojanos.Justificación: En lo referente a la justificación del gasto derivado de la reforma y reparación de los locales culturales subvencionados, deberá presentarse exclusivamente de forma electrónica desde el procedimiento iniciado con la solicitud, y conforme a lo establecido en el artículo 17 de la Orden EDC/43/2020, de 22 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas en materia de promoción cultural.Para ser beneficiario de estas subvenciones es requisito imprescindible hacer constar en toda información, publicidad y publicación, que las obras están subvencionadas por el Gobierno de La Rioja, según establece el artículo 16 de la Orden EDC/43/2020, de 22 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas en materia de promoción cultural.El plazo para la presentación de la documentación justificativa finalizará el 16 de octubre de 2026.
Bases y documentación
Documento de la convocatoria en españolPublicado 13/02/2026Descargar archivo oficial · BDNSResolución 500/2026, de 11 de febrero, de la Consejería de Cultura, Turismo, Deporte y Juventud, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para reforma y reparación de locales culturales, destinadas a Asociaciones Culturales inscritas en el Registro de Asociaciones del Gobierno de La Rioja, Fundaciones culturales riojanas y Ateneos riojanos (extracto)Publicado 18/02/2026Orden EDC/43/2020, de 22 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas en materia de promoción culturalInformación orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.