Plazo no verificadoBDNS 882546
Premios Certamen cooperativismo en la enseñanza y Premios a la cooperación 2026
AUTONOMICA · GALICIA · CONSELLERÍA DE EMPLEO, COMERCIO Y EMIGRACIÓN
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 12:24 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES11 - GALICIA
Finalidad
Educación
Plazos, con su contexto.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- 30/04/2026
- Registro en BDNS
- 20/01/2026
- Publicación en diario oficial
- 23/01/2026
Texto oficial de apertura: Desde el día siguiente a la publicación de la orden de convocatoria en el Diario Oficial de Galicia
Texto oficial de cierre: 30 de abril de 2026
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans).
Primero. Personas y entidades beneficiarias
Se podrán acoger a los premios recogidos en esta orden, siempre que cumplan las condiciones y los requisitos establecidos en el correspondiente programa de ayudas:
a) Los centros educativos de educación infantil, primaria, secundaria obligatoria, educación especial, formación profesional y de enseñanzas de régimen especial para los trabajos elaborados por su alumnado, según las modalidades y en los términos previstos en el programa I.
b) Las cooperativas gallegas que estén al corriente en los deberes registrales con el Registro de Cooperativas de Galicia, según las modalidades y en los términos previstos en el programa II.
Segundo. Objeto y finalidad
Fomentar y difundir el cooperativismo, sus principios y valores, entre el alumnado de los centros educativos de Galicia, así como recompensar públicamente la labor que las cooperativas realizan para el desarrollo cooperativo en la Comunidad Autónoma gallega, y proceder a su convocatoria para el año 2026.
Se establecen los siguientes programas de ayudas:
Programa I – Certamen Cooperativismo en la enseñanza dirigida al alumnado de los centros educativos de Galicia (código de procedimiento TR802O).
Programa II – Premios A la cooperación (código de procedimiento TR802Q).
Tercero. Bases reguladoras
Orden de 23 de diciembre de 2026 por la que se establecen las bases reguladoras del certamen Cooperativismo en la enseñanza y los premios A la cooperación, y se procede a su convocatoria para el año 2026.
Cuarto. Cuantía
El presupuesto total asciende a cuarenta y tres mil euros (43.000,00 €).
La distribución inicial de créditos por programas es la siguiente:
Programa I – Certamen Cooperativismo en la enseñanza: veintiocho mil euros (28.000 €).
En la modalidad de actividades artísticas se concederán un total de cuatro premios al mejor trabajo y cuatro accésits, por un importe de dos mil quinientos euros (2.500,00 €) y mil quinientos euros (1.500,00 €), respectivamente.
En la modalidad de actividades cooperativizadas se concederá un total de un premio al mejor trabajo y de un accésit, por un importe de dos mil quinientos euros (2.500,00 €) y mil quinientos euros (1.500,00 €), respectivamente.
En la modalidad de proyectos empresariales cooperativos se concederá un premio al mejor proyecto y un premio al proyecto finalista, por un importe de cuatro mil quinientos euros (4.500,00 €) y tres mil quinientos euros (3.500,00 €), respectivamente.
Programa II – Premios A la cooperación: quince mil euros (15.000 €).
Se otorgará un premio de cinco mil euros (5.000,00 €) en cada una de las categorías.
• Premio a los valores cooperativos.
• Premio al mejor proyecto cooperativo nuevo.
• Premio a la trayectoria cooperativa.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de las solicitudes comienza el día siguiente al de la publicación de la orden en el Diario Oficial de Galicia y finaliza el 30 de abril de 2026.
Sexto. Otros datos
Los importes de los premios correspondientes a las modalidades de actividades artísticas y de actividades cooperativizadas serán abonados a los centros de enseñanza, que los deberán destinar a la adquisición de material didáctico, audiovisual, informático o deportivo, o a la realización de una actividad formativa, deportiva o cultural dirigida al alumnado del centro. En la modalidad de actividades cooperativizadas el centro podrá optar por destinar la totalidad o parte del premio conseguido a la puesta en marcha de proyectos emprendedores cooperativos en el propio centro educativo con el objeto de que puedan entrar a formar parte de los programas de emprendimiento en la economía social y mentorización que desarrolla la Consellería de Promoción del Empleo e Igualdad.
Los importes de los premios correspondientes a la modalidad de proyectos empresariales cooperativos serán abonados a las personas autoras del proyecto.
Santiago de Compostela, 23 de diciembre de 2025
José González Vázquez
Conselleiro de Empleo, Comercio y Emigración
Primero. Personas y entidades beneficiarias
Se podrán acoger a los premios recogidos en esta orden, siempre que cumplan las condiciones y los requisitos establecidos en el correspondiente programa de ayudas:
a) Los centros educativos de educación infantil, primaria, secundaria obligatoria, educación especial, formación profesional y de enseñanzas de régimen especial para los trabajos elaborados por su alumnado, según las modalidades y en los términos previstos en el programa I.
b) Las cooperativas gallegas que estén al corriente en los deberes registrales con el Registro de Cooperativas de Galicia, según las modalidades y en los términos previstos en el programa II.
Segundo. Objeto y finalidad
Fomentar y difundir el cooperativismo, sus principios y valores, entre el alumnado de los centros educativos de Galicia, así como recompensar públicamente la labor que las cooperativas realizan para el desarrollo cooperativo en la Comunidad Autónoma gallega, y proceder a su convocatoria para el año 2026.
Se establecen los siguientes programas de ayudas:
Programa I – Certamen Cooperativismo en la enseñanza dirigida al alumnado de los centros educativos de Galicia (código de procedimiento TR802O).
Programa II – Premios A la cooperación (código de procedimiento TR802Q).
Tercero. Bases reguladoras
Orden de 23 de diciembre de 2026 por la que se establecen las bases reguladoras del certamen Cooperativismo en la enseñanza y los premios A la cooperación, y se procede a su convocatoria para el año 2026.
Cuarto. Cuantía
El presupuesto total asciende a cuarenta y tres mil euros (43.000,00 €).
La distribución inicial de créditos por programas es la siguiente:
Programa I – Certamen Cooperativismo en la enseñanza: veintiocho mil euros (28.000 €).
En la modalidad de actividades artísticas se concederán un total de cuatro premios al mejor trabajo y cuatro accésits, por un importe de dos mil quinientos euros (2.500,00 €) y mil quinientos euros (1.500,00 €), respectivamente.
En la modalidad de actividades cooperativizadas se concederá un total de un premio al mejor trabajo y de un accésit, por un importe de dos mil quinientos euros (2.500,00 €) y mil quinientos euros (1.500,00 €), respectivamente.
En la modalidad de proyectos empresariales cooperativos se concederá un premio al mejor proyecto y un premio al proyecto finalista, por un importe de cuatro mil quinientos euros (4.500,00 €) y tres mil quinientos euros (3.500,00 €), respectivamente.
Programa II – Premios A la cooperación: quince mil euros (15.000 €).
Se otorgará un premio de cinco mil euros (5.000,00 €) en cada una de las categorías.
• Premio a los valores cooperativos.
• Premio al mejor proyecto cooperativo nuevo.
• Premio a la trayectoria cooperativa.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de las solicitudes comienza el día siguiente al de la publicación de la orden en el Diario Oficial de Galicia y finaliza el 30 de abril de 2026.
Sexto. Otros datos
Los importes de los premios correspondientes a las modalidades de actividades artísticas y de actividades cooperativizadas serán abonados a los centros de enseñanza, que los deberán destinar a la adquisición de material didáctico, audiovisual, informático o deportivo, o a la realización de una actividad formativa, deportiva o cultural dirigida al alumnado del centro. En la modalidad de actividades cooperativizadas el centro podrá optar por destinar la totalidad o parte del premio conseguido a la puesta en marcha de proyectos emprendedores cooperativos en el propio centro educativo con el objeto de que puedan entrar a formar parte de los programas de emprendimiento en la economía social y mentorización que desarrolla la Consellería de Promoción del Empleo e Igualdad.
Los importes de los premios correspondientes a la modalidad de proyectos empresariales cooperativos serán abonados a las personas autoras del proyecto.
Santiago de Compostela, 23 de diciembre de 2025
José González Vázquez
Conselleiro de Empleo, Comercio y Emigración
Bases y documentación
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