PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES618 - Sevilla
Tipo de convocatoria
Concesión directa - canónica
La fuente identifica una concesión directa. Que figure un plazo no implica que exista una solicitud abierta al público general. Consulta los beneficiarios y las bases oficiales.
Finalidad
Servicios Sociales y Promoción Social
Plazos, con su contexto.
La fuente indica que se publica un extracto en diario oficial, pero no aporta todavía un extracto con fecha y enlace verificables. Las fechas por sí solas no acreditan que la convocatoria ya sea válida. Consulta el original.
Inicio de solicitudes
24/01/2026
Fin de solicitudes
31/12/2026
Registro en BDNS
21/01/2026
Publicación en diario oficial
23/01/2026
Texto oficial de apertura: DESDE EL DIA SIGUIENTE A LA PUBLICACION EN EL BOP DE SEVILLA.
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
El Sr. Alcalde-Presidente viene en disponer:Primero.- Aprobar la convocatiria puública para la concesión de ayudas de emergencia social a personas o unidades familliares que se encuentren en una situación coyuntural de crisis sobrevenida, careciendo de recursos económicos suficientes y de los medios necesarioa para hacer frente a las necesidades básicas existentes, que de no atenderlas podrían derivar en otros problemas mayores o incluso en situaciones de marginación y exclusión social con cargo al Programa de Gestión municial de Emergencia Social, por el que se conceden subvenciones a entidades locales de la provincia de Sevilla.Segundo.- El priodo de ejecución del Programa será hasta el 31 de diciembre de 2026. o hasta la finalización del crédito fisponible, pudiéndose smpliar el plazo de ejevución del Programa si así se establece por nueva Resolución de la Diputación Provincial de Sevilla.Las solicitudes, con su respectiva documentación adjunta, se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Paradas, y se presentrán en el Registro General de documentos, sito en la C/ Larga, nº 2, de Paradaas (Sevilla), de 9 a 14 horas, todo ello sin perjuicio de lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.Tercero.- Autorizar el gasto para hacer frente a la concesión de las ayudas, sobre la aplicación presupuestaria 0000-231-48003 del presupuesto municipal para el año 2025 prorrogado en la actualidad, vincluado al gasto con financiación afectada 25-0-00040.Cuarto.- La presente convocatoria se publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Paradas, en la Sede Electrónica y en el Boletín Oficial de la provincia a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones.Así lo manda y firma el Sr. Alcalde-Presidente, ante el Secretario de la Corporación que da fe.