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CerradaBDNS 882883

Ayudas PEPAC 2026. Ayuda Complementaria a la Renta Distributiva, según Resolución de 21 de enero de 2026 que las convoca.

AUTONOMICA · EXTREMADURA · DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICA AGRARIA COMUNITARIA

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 12:33 (España)

¿A quién se dirige?

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES43 - EXTREMADURA

Finalidad

Agricultura, Pesca y Alimentación

Plazos, con su contexto.

Inicio de solicitudes
01/02/2026
Fin de solicitudes
15/05/2026
Registro en BDNS
22/01/2026
Publicación en diario oficial
27/01/2026

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Extracto publicado

BDNS(Identif.): 882883Mediante Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, sobre la aplicacióna partir de 2023 de las intervenciones en forma de pagos directos y elestablecimiento de requisitos comunes en el marco del plan estratégicode la Política Agrícola Común y la regulación de la solicitud única enel sistema de gestión y control, se habilitó a las Comunidades Autónomasen su artículo 108 a ampliar anualmente y siempre previa comunicaciónmotivada al Fondo Español de Garantía Agraria, O.A., el plazo depresentación de solicitud única en su ámbito territorial de actuación.Para el establecimiento de estos plazos, las comunidades autónomashabrán de tener en cuenta el plazo necesario para la obtención de todoslos datos pertinentes para una correcta gestión administrativa yfinanciera de la ayuda, garantizando una programación eficaz y certerade los controles a realizar.De conformidad con lo establecido por dicha normativa, se publicó en elDOE con fecha 24 de enero de 205, el Decreto 3/2025, de 21 de enero, porel que se regulan las especialidades de la solicitud única de ayudas enla Comunidad Autónoma de Extremadura y de los procedimientos derivadosde la ayuda básica a la renta para la sostenibilidad, otros pagosdirectos a la agricultura, la aplicación del Programa de DesarrolloRural, la actualización de los Registros de Explotaciones Agrarias de laComunidad Autónoma de Extremadura, de Operadores Productores integrados,General de la producción agrícola de ámbito nacional y de OperadoresTitulares de Fincas Agropecuarias de Producción Ecológica (DOE n.º 16,de 24 de enero de 2025,) que en su artículo 5.6 establece que el plazopara la presentación de la solicitud única se iniciará el 1 de febrero yfinalizará el 30 de abril de cada año.El párrafo tercero de este artículo dispone que la Dirección Generalcompetente en materia de Política Agraria Común, por medio deResolución, que será objeto de publicación en el Diario Oficial deExtremadura, podrá ampliar, anualmente y previa comunicación motivada alFondo Español de Garantía Agraria el plazo de presentación de solicitudúnica. En todo caso se establece que el plazo de presentación desolicitudes no podrá concluir con posterioridad al 15 de mayo de laanualidad vigente.Con fecha 27 de enero de 2026 se publicó en el DOE la Resolución de 21de enero de 2026, de la Secretaría General de la Consejería deAgricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y de la SecretaríaGeneral de la Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural, por la quese convocan, para la campaña 2026/2027, la ayuda básica a la renta parala sostenibilidad, la ayuda redistributiva complementaria a la rentapara la sostenibilidad, la ayuda complementaria a la renta para jóvenesagricultores y jóvenes agricultoras y regímenes en favor del clima y delmedio ambiente (eco-regímenes), los pagos directos asociados a laspersonas agricultoras y a las personas ganaderas, los pagos establecidosen función del Programa de Desarrollo Rural de la Comunidad Autónoma deExtremadura 2014-2022, la concesión y pago de las ayudas a zonas conlimitaciones naturales u otras limitaciones específicas, el pago de lasegunda y de la cuarta anualidad de determinadas intervencionesrecogidas en el Plan Estratégico de la PAC 2023-2027, así como loextractos de las correspondientes ayudas, de conformidad con lo previstoen los artículo 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,General de Subvenciones.Mediante Resolución del Director General de Política AgrariaComunitaria, de fecha 8 de abril de 2026, se amplia el plazo depresentación de solicitudes hasta el 15 de mayo inclusive con lafinalidad de garantizar una correcta presentación y gestión de lasayudas puesto que en la presente campaña se dan circunstancias queaconsejan la ampliación del indicado plazo de presentación de lasolicitud única en la Comunidad Autónoma de Extremadura, debido a lasabundantes lluvias acaecidas desde finales del 2025 y principios delpresente año, las superficies de regadío no están en estado aceptablepara el laboreo y siembra, lo que ha provocado que el ritmo depresentación de solicitudes por las entidades colaboradoras no sea eldeseado.Por lo expuesto, se procede a modificar, el extracto de las ayudas PACcampaña 2026/2027, de AYUDA REDISTRIBUTIVA COMPLEMENTARIA A LA RENTAPÀRA LA SOSTENIBILIDAD, quedando redactado en los siguientes términos:Séptimo. Plazo de presentación de solicitudes:Del 1 de febrero al 15 de mayo de 2026.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de laLey 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en elartículo 16. q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de laComunidad Autónoma de Extremadura, se publica extracto de laconvocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de DatosNacional de Subvenciones, (http://www.infosubvenciones.gob.es), y en elpresente Diario Oficial de Extremadura.Primero. Objeto.Se concederá un pago anual por hectárea subvencionable a las primerashectáreas, diferenciado en función de la región donde esté ubicada laexplotación, de acuerdo con el modelo de regionalización establecidopara la ayuda básica a la renta para la sostenibilidad en el artículo 7del Real Decreto 1045/2022, de 27 de diciembre.El objetivo de esta ayuda es la redistribución más equitativa yatribución más eficaz y eficiente de la ayuda a la renta, hacia lasexplotaciones medianas y pequeñas, para atender su diferencia derentabilidad con respecto a las más grandes.Segundo. Beneficiarios.Tendrán derecho a percibir la ayuda redistributiva a la renta aquellaspersonas agricultoras activas que tengan derecho a un pago en virtud dela ayuda básica a la renta para la sostenibilidad regulado por el RealDecreto 1045/2022, de 27 de diciembreTercero. Bases reguladoras.Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, sobre la aplicación, apartir de 2023, de las intervenciones en forma de pagos directos y elestablecimiento de requisitos comunes en el marco del Plan Estratégicode la Política Agrícola Común, y la regulación de la solicitud única delsistema integrado de gestión y control.Cuarto. Cuantía.La ayuda por un importe total de 50.000.000,00 euros se imputará a laaplicación presupuestaria 120040000 G/313A/470.00 FA14000001, proyectode gasto 20230087, con el siguiente desglose por anualidades:Anualidad 2026: 40.000.000,00 euros.Anualidad 2027: 10.000.000,00 euros.Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.Del 1 de febrero al 30 de abril de 2026.

Bases y documentación

Modificación de la convocatoriaPublicado 23/04/2026Descargar archivo oficial · BDNSTexto en castellano de la convocatoriaPublicado 23/04/2026Descargar archivo oficial · BDNSMODIFICACIÓN del Extracto de las ayudas PAC campaña 2026/2027, de AYUDA REDISTRIBUTIVA COMPLEMENTARIA A LA RENTA PÀRA LA SOSTENIBILIDAD, según Resolución de 21 de enero de 2026, de la Secretaria General, por la que se amplía el plazo de presentación de solicitudes.Publicado 29/04/2026EXTRACTO de las Ayudas PAC CAMPAÑA 2026/2027 de la “AYUDA REDISTRIBUTIVA COMPLEMENTARIA A LA RENTA PÀRA LA SOSTENIBILIDAD”, según Resolución de 21 de enero de 2026, de la Secretaría General.Publicado 27/01/2026Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, sobre la aplicación, a partir de 2023, de las intervenciones en forma de pagos directos y el establecimiento de requisitos comunes en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y la regulación