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Plazo no verificadoBDNS 882885

Ayudas PEPAC 2026. Ayuda Complementaria a Jóvenes Agricultores/Agricultoras, según Resolución de 21 de enero de 2026 que las convoca.

AUTONOMICA · EXTREMADURA · DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICA AGRARIA COMUNITARIA

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 12:33 (España)

¿A quién se dirige?

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES43 - EXTREMADURA

Tipo de convocatoria

Concesión directa - canónica

La fuente identifica una concesión directa. Que figure un plazo no implica que exista una solicitud abierta al público general. Consulta los beneficiarios y las bases oficiales.

Finalidad

Agricultura, Pesca y Alimentación

Plazos, con su contexto.

El estado actual del plazo no está verificado. Estas son las fechas declaradas en la BDNS; compruébalas en la fuente oficial.

Inicio de solicitudes
01/02/2026
Fin de solicitudes
15/05/2026
Registro en BDNS
22/01/2026
Publicación en diario oficial
27/01/2026

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

BDNS(Identif.): 882885Mediante Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, sobre la aplicacióna partir de 2023 de las intervenciones en forma de pagos directos y elestablecimiento de requisitos comunes en el marco del plan estratégicode la Política Agrícola Común y la regulación de la solicitud única enel sistema de gestión y control, se habilitó a las Comunidades Autónomasen su artículo 108 a ampliar anualmente y siempre previa comunicaciónmotivada al Fondo Español de Garantía Agraria, O.A., el plazo depresentación de solicitud única en su ámbito territorial de actuación.Para el establecimiento de estos plazos, las comunidades autónomashabrán de tener en cuenta el plazo necesario para la obtención de todoslos datos pertinentes para una correcta gestión administrativa yfinanciera de la ayuda, garantizando una programación eficaz y certerade los controles a realizar.De conformidad con lo establecido por dicha normativa, se publicó en elDOE con fecha 24 de enero de 205, el Decreto 3/2025, de 21 de enero, porel que se regulan las especialidades de la solicitud única de ayudas enla Comunidad Autónoma de Extremadura y de los procedimientos derivadosde la ayuda básica a la renta para la sostenibilidad, otros pagosdirectos a la agricultura, la aplicación del Programa de DesarrolloRural, la actualización de los Registros de Explotaciones Agrarias de laComunidad Autónoma de Extremadura, de Operadores Productores integrados,General de la producción agrícola de ámbito nacional y de OperadoresTitulares de Fincas Agropecuarias de Producción Ecológica (DOE n.º 16,de 24 de enero de 2025,) que en su artículo 5.6 establece que el plazopara la presentación de la solicitud única se iniciará el 1 de febrero yfinalizará el 30 de abril de cada año.El párrafo tercero de este artículo dispone que la Dirección Generalcompetente en materia de Política Agraria Común, por medio deResolución, que será objeto de publicación en el Diario Oficial deExtremadura, podrá ampliar, anualmente y previa comunicación motivada alFondo Español de Garantía Agraria el plazo de presentación de solicitudúnica. En todo caso se establece que el plazo de presentación desolicitudes no podrá concluir con posterioridad al 15 de mayo de laanualidad vigente.Con fecha 27 de enero de 2026 se publicó en el DOE la Resolución de 21de enero de 2026, de la Secretaría General de la Consejería deAgricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y de la SecretaríaGeneral de la Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural, por la quese convocan, para la campaña 2026/2027, la ayuda básica a la renta parala sostenibilidad, la ayuda redistributiva complementaria a la rentapara la sostenibilidad, la ayuda complementaria a la renta para jóvenesagricultores y jóvenes agricultoras y regímenes en favor del clima y delmedio ambiente (eco-regímenes), los pagos directos asociados a laspersonas agricultoras y a las personas ganaderas, los pagos establecidosen función del Programa de Desarrollo Rural de la Comunidad Autónoma deExtremadura 2014-2022, la concesión y pago de las ayudas a zonas conlimitaciones naturales u otras limitaciones específicas, el pago de lasegunda y de la cuarta anualidad de determinadas intervencionesrecogidas en el Plan Estratégico de la PAC 2023-2027, así como loextractos de las correspondientes ayudas, de conformidad con lo previstoen los artículo 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,General de Subvenciones.Mediante Resolución del Director General de Política AgrariaComunitaria, de fecha 8 de abril de 2026, se amplia el plazo depresentación de solicitudes hasta el 15 de mayo inclusive con lafinalidad de garantizar una correcta presentación y gestión de lasayudas puesto que en la presente campaña se dan circunstancias queaconsejan la ampliación del indicado plazo de presentación de lasolicitud única en la Comunidad Autónoma de Extremadura, debido a lasabundantes lluvias acaecidas desde finales del 2025 y principios delpresente año, las superficies de regadío no están en estado aceptablepara el laboreo y siembra, lo que ha provocado que el ritmo depresentación de solicitudes por las entidades colaboradoras no sea eldeseado.Por lo expuesto, se procede a modificar, el extracto de las ayudas PACcampaña 2026/2027, AYUDA COMPLEMENTARIA A LA RENTA PARA JÓVENESAGRICULTORES Y AGRICULTORAS, quedando redactado en los siguientestérminos:Séptimo. Plazo de presentación de solicitudes:Del 1 de febrero al 15 de mayo de 2026.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de laLey 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en elartículo 16. q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de laComunidad Autónoma de Extremadura, se publica extracto de laconvocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de DatosNacional de Subvenciones, (http://www.infosubvenciones.gob.es), y en elpresente Diario Oficial de Extremadura.Primero. Objeto.Consiste en un pago anual por hectárea subvencionable igual al valormedio regional de la región donde esté ubicada la superficie de laexplotación, de acuerdo con el modelo de regionalización establecidopara la ayuda básica a la renta para la sostenibilidad en el artículo 7del Real Decreto 1045/2022, de 27 de diciembre, sobre derechos de ayudabásica a la renta para la sostenibilidad de la Política Agrícola Común.En el caso de jóvenes agricultoras con control efectivo sobre laexplotación, el importe de la ayuda será un 15% superior al valor medioregional que corresponda.Segundo. Beneficiarias.Podrán ser personas beneficiarias de esta ayuda quienes lo soliciten entiempo y forma y reúnan los siguientes requisitos:a) Que tengan derecho a un pago en virtud del régimen de ayuda básica ala renta para la sostenibilidad y hayan activado los correspondientesderechos de pago.b) En el caso que el agricultor sea una persona física:1º Que no tenga más de 40 años de edad en el año de presentación de suprimera solicitud de ayuda.2º Que se hayan incorporado recientemente y por primera vez en unaexplotación agraria como responsable de la explotación. Se consideraráuna incorporación reciente si se produce en el mismo año de la primerapresentación de solicitud a la reserva nacional de ayuda básica a larenta para la sostenibilidad, o en los cinco años anteriores a esaprimera presentación de una solicitud. Se considerará por primera vez,si es su primera incorporación a la actividad agraria como responsablede explotación, en toda su vida laboral, según la normativa laboralvigente.c) En el caso que el agricultor sea una persona jurídica o un grupo depersonas físicas o jurídicas, con independencia de su forma jurídica:1º Que el control efectivo a largo plazo sobre la persona jurídica quesolicita el pago complementario para los jóvenes agricultorescorresponda a un joven agricultor, que cumpla lo dispuesto en elapartado b).2º Cuando varias personas físicas, incluidas las personas que no seanjóvenes agricultores, participen en el capital o la gestión de lapersona jurídica, el joven agricultor estará en condiciones de ejercerese control efectivo a largo plazo de forma individual o en colaboracióncon otros jóvenes agricultores. Cuando una persona jurídica seaindividual o conjuntamente controlada por otra persona jurídica, lascondiciones establecidas en el párrafo anterior se aplicarán a cualquierpersona física que ejerza el control de esa otra persona jurídica.Tercero. Bases reguladoras.Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, sobre la aplicación, apartir de 2023, de las intervenciones en forma de pagos directos y elestablecimiento de requisitos comunes en el marco del Plan Estratégicode la Política Agrícola Común, y la regulación de la solicitud única delsistema integrado de gestión y controlCuarto. Cuantía.La ayuda por un importe total de 16.500.000,00 euros se imputará a laaplicación presupuestaria 120040000 G/313A/470.00 FA23000001, proyectode gasto 20230089, con el siguiente desglose por anualidades:Anualidad 2026: 10.500.000,00 euros.Anualidad 2027: 6.000.000,00 euros.Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.Del 1 de febrero al 30 de abril de 2026.

Bases y documentación

Modificación de la convocatoriaPublicado 23/04/2026Descargar archivo oficial · BDNSTexto en castellano de la convocatoriaPublicado 23/04/2026Descargar archivo oficial · BDNSMODIFICACIÓN del Extracto de las ayudas PAC campaña 2025/2026, de AYUDA COMPLEMENTARIA A LA RENTA PARA JÓVENES AGRICULTORES Y AGRICULTORAS, según Resolución de 21 de enero de 2026, de la Secretaria General, por la que se amplía el plazo de presentación de solicitudes.Publicado 29/04/2026EXTRACTO de las Ayudas PAC campaña 2026/2027 pagos a la “AYUDA COMPLEMENTARIA A LA RENTA PARA JÓVENES AGRICULTORES Y AGRICULTORAS,” según Resolución de 21 de enero de 2026, de la Secretaría General.Publicado 27/01/2026Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, sobre la aplicación, a partir de 2023, de las intervenciones en forma de pagos directos y el establecimiento de requisitos comunes en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y la regulación