Plazo no verificadoBDNS 883593
Orden de 26 de enero de 2026, de la Cª de Medio Ambiente, Vivienda y O. del Territorio, por la que se convocan ayudas destinadas a la prevención de daños y selvicultura, cofinanciadas por el FEADER, en el marco del PEPAC de España, para el año 2026
AUTONOMICA · CASTILLA Y LEÓN · CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y ENERGÍA
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 12:48 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES41 - CASTILLA Y LEON
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Otras actuaciones de carácter económico
Plazos, con su contexto.
El estado actual del plazo no está verificado. Estas son las fechas declaradas en la BDNS; compruébalas en la fuente oficial.
- Inicio de solicitudes
- 30/01/2026
- Fin de solicitudes
- 20/03/2026
- Registro en BDNS
- 27/01/2026
- Publicación en diario oficial
- 29/01/2026
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Asimismo la convocatoria puede consultarse en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) utilizando el identificador BDNS.Advertido error en el texto de EXTRACTO de la Orden de 26 de enero de 2026, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, por la que se convocan ayudas destinadas a la prevención de daños y selvicultura, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común (PEPAC) de España 2023-2027, para el año 2026, publicado en el «Boletín Oficial de Castilla y León», Nº 19, de 29 de enero de 2026, se procede a su rectificación en los siguientes términos:En la página 17, el apartado Segundo - Beneficiarios, letra a):Donde dice:«a) Las personas físicas o las personas jurídicas titulares de explotaciones o terrenos forestales en régimen.»Debe decir:«a) Las personas físicas o las personas jurídicas titulares de explotaciones o terrenos forestales en régimen privado.»
Asimismo la convocatoria puede consultarse en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) utilizando el identificador BDNS.Primero.- Objeto y ámbito de aplicación.La presente orden tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de las ayudas destinadas a la prevención de daños y selvicultura, previstas en el Plan Estratégico de la Política Agrícola Común de España para el periodo 2023-2027, aprobado por Decisión de Ejecución de la Comisión Europea, de 31 de agosto de 2022, de conformidad con lo previsto en el artículo 1 de la Orden MAV/1479/2025, de 19 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras relativas a las ayudas para la prevención de daños y selvicultura, contenidas en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común de España para el periodo 2023-2027, y cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), (en adelante, orden de bases reguladoras).Segundo.- Beneficiarios.Podrán ser beneficiarios de las ayudas previstas en esta orden:a) Las personas físicas o las personas jurídicas titulares de explotaciones o terrenos forestales en régimenb) Las agrupaciones integradas por varios titulares de explotaciones forestales, sin necesidad de constituirse con personalidad jurídica, para realizar en común todas las actuaciones previstas en esta orden. No obstante, los solicitantes que tengan plan de gestión forestal aprobado y en vigor no podrán agruparse con solicitantes cuyas explotaciones forestales no cuenten con un plan de gestión forestal que se encuentre en ese estado.Las agrupaciones tendrán que nombrar como representante a uno de los miembros de la agrupación con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como beneficiario, corresponden a la agrupación.Cada miembro de este tipo de agrupaciones tendrá igualmente la consideración de beneficiario, no obstante, las ayudas serán concedidas a la agrupación.Las entidades locales sólo se podrán agrupar entre sí, no pudiendo agruparse con cualquier otro tipo de beneficiario.c) Las comunidades de bienes, titulares de explotaciones o terrenos forestales en régimen privado.Tercero.- Bases reguladoras.ORDEN MAV/1479/2025, de 19 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras relativas a las ayudas para la prevención de daños y selvicultura, contenidas en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común de España para el periodo 2023-2027, y cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).Cuarto.- Cuantía.1. Las ayudas se concederán con cargo a la partida presupuestaria, 04.08.456A01.77065.0. de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para el año 2025, por un importe de 45.000.000 €.2. Estas ayudas se financian con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), a los Presupuestos Generales del Estado y a los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León, en los porcentajes que para cada uno de ellos se determinan en el Plan Estratégico de la Política Agrícola Común para el periodo 2023-2027, porcentajes de cofinanciación que se detallarán en las resoluciones de concesión de las ayudas.Quinto.- Plazo de presentación.La solicitud de ayuda se podrá presentar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la presente orden en el «Boletín Oficial de Castilla y León», hasta el 20 de marzo de 2026 inclusive.
Asimismo la convocatoria puede consultarse en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) utilizando el identificador BDNS.Primero.- Objeto y ámbito de aplicación.La presente orden tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de las ayudas destinadas a la prevención de daños y selvicultura, previstas en el Plan Estratégico de la Política Agrícola Común de España para el periodo 2023-2027, aprobado por Decisión de Ejecución de la Comisión Europea, de 31 de agosto de 2022, de conformidad con lo previsto en el artículo 1 de la Orden MAV/1479/2025, de 19 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras relativas a las ayudas para la prevención de daños y selvicultura, contenidas en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común de España para el periodo 2023-2027, y cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), (en adelante, orden de bases reguladoras).Segundo.- Beneficiarios.Podrán ser beneficiarios de las ayudas previstas en esta orden:a) Las personas físicas o las personas jurídicas titulares de explotaciones o terrenos forestales en régimenb) Las agrupaciones integradas por varios titulares de explotaciones forestales, sin necesidad de constituirse con personalidad jurídica, para realizar en común todas las actuaciones previstas en esta orden. No obstante, los solicitantes que tengan plan de gestión forestal aprobado y en vigor no podrán agruparse con solicitantes cuyas explotaciones forestales no cuenten con un plan de gestión forestal que se encuentre en ese estado.Las agrupaciones tendrán que nombrar como representante a uno de los miembros de la agrupación con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como beneficiario, corresponden a la agrupación.Cada miembro de este tipo de agrupaciones tendrá igualmente la consideración de beneficiario, no obstante, las ayudas serán concedidas a la agrupación.Las entidades locales sólo se podrán agrupar entre sí, no pudiendo agruparse con cualquier otro tipo de beneficiario.c) Las comunidades de bienes, titulares de explotaciones o terrenos forestales en régimen privado.Tercero.- Bases reguladoras.ORDEN MAV/1479/2025, de 19 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras relativas a las ayudas para la prevención de daños y selvicultura, contenidas en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común de España para el periodo 2023-2027, y cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).Cuarto.- Cuantía.1. Las ayudas se concederán con cargo a la partida presupuestaria, 04.08.456A01.77065.0. de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para el año 2025, por un importe de 45.000.000 €.2. Estas ayudas se financian con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), a los Presupuestos Generales del Estado y a los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León, en los porcentajes que para cada uno de ellos se determinan en el Plan Estratégico de la Política Agrícola Común para el periodo 2023-2027, porcentajes de cofinanciación que se detallarán en las resoluciones de concesión de las ayudas.Quinto.- Plazo de presentación.La solicitud de ayuda se podrá presentar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la presente orden en el «Boletín Oficial de Castilla y León», hasta el 20 de marzo de 2026 inclusive.
Bases y documentación
Documento de la convocatoria en españolPublicado 27/01/2026Descargar archivo oficial · BDNSCorrección de errores del EXTRACTO de la Orden de 26 de enero de 2026, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, por la que se convocan ayudas destinadas a la prevención de daños y selvicultura, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común (PEPAC) de España 2023-2027, para el año 2026.Publicado 04/02/2026Extracto de la Orden de 26 de enero de 2026, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, por la que se convocan ayudas destinadas a la prevención de daños y selvicultura, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común (PEPAC) de España 2023-2027, para el año 2026Publicado 29/01/2026ORDEN MAV/1479/2025, de 19 de diciembre, por la que se establecen las BB.RR. relativas a las ayudas para la prevención de daños y selvicultura, contenidas en el marco del PEPAC de España para el periodo 2023-2027, y cofinanciadas por el FEADERInformación orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.