Extracto publicado
CONVOCATORIA Y BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE PREMIOS DE LA VII EDICIÓN DEL CERTAMEN DE PINTURA RÁPIDA AL AIRE LIBRE DE LA ALGABA 2026BASE 1.- LEGISLACIÓN APLICABLE.- Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público.- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones.- Decreto de 17 de junio de 1955 por el que se aprueba el Reglamento de Servicios de las Corporaciones locales.- Ordenanza General de las bases reguladoras de la concesión de subvenciones del Excmo. Ayuntamiento de La Algaba. (Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla número 219, de fecha 20 de septiembre de 2018).- Bases de Ejecución del Presupuesto General para el Ejercicio 2026.- Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de La Algaba para el periodo 2024-2026, así como sus Anexos.- Resoluciones y Acuerdos de Organización municipal y delegación de competencias.BASE 2.- OBJETO, CONDICIONES Y FINALIDAD.A) OBJETOLa presente convocatoria tiene por objeto regular el procedimiento, en régimen de concurrencia competitiva, de concesión de premios de la VII Edición del Certamen de Pintura Rápida al aire libre de La Algaba 2026.B) CONDICIONESLa concesión de estos premios esta sometida a las siguientes condiciones:- Los participantes deberán representar las obras pictóricas conforme a lo recogido en las presentes Bases Reguladoras y Convocatoria.C) FINALIDADLa finalidad de la VII Edición del Certamen de Pintura Rápida de La Algaba 2026 es el establecimiento de políticas públicas cuyo objeto es el fomento de una actividad pública o interés social o el fomento de una finalidad pública, como lo es el fomento de la Cultura como instrumento educativo y social, en este caso a través de las artes pictóricas, prevista en el artículo 25.2 m) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.BASE 3.- CRÉDITO PRESUPUESTARIO AL QUE SE IMPUTA EL GASTO Y CUANTÍA TOTAL MÁXIMA DE LOS PREMIOS A CONCEDER.Los presentes premios se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria 334/48907, existiendo crédito adecuado y suficiente por importe máximo de 2.000 euros.Gastos de protocolo será financiados por la aplicación presupuestaria 330.226.01 con importe de 1.000 eurosBASE 4.- CATEGORÍAS Y PREMIOS.4.1.- CATEGORÍAS.Se distinguirán las siguientes categorías de participación en el Certamen:1. Adulto.2. Infantil/Juvenil (Hasta 18 años).Se concederán dos premios por cada categoría, hasta un máximo de 4 premios, con arreglo a la clasificación realizada en el siguiente apartado.4.2.- PREMIOS DE CONTENIDO ECONÓMICO.El Ayuntamiento otorgará un total de 2.000 euros en premios de carácter económico, según las siguientes categorías:1. Adulto.Categoría del PremioCuantíaPrimer Premio1.000,00 €Segundo Premio600,00 €Total1.600,00 €2. Infantil/Juvenil (Hasta 18 años).Categoría del PremioCuantíaPrimer Premio300,00 €Segundo Premio100,00 €Total400,00 €Los premios serán abonados mediante transferencia bancaria, al número de cuenta facilitado por los participantes, en la que deberá constar como titular. Dichos abonos estarán sujetos a las retenciones correspondientes conforme a lo establecido en el impuesto de la renta de las personas físicas y demás normativa tributaria.En el caso de los premiados en la categoría Infantil-Juvenil, deberá ser titular de la cuenta el representante o tutor del menor.No podrá recaer más de un premio en la misma persona.Los premios podrán quedar desiertos.BASE 5.- PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN.El procedimiento de concesión de estos premios será en régimen de concurrencia competitiva.BASE 6.- REQUISITOS DE LOS SOLICITANTES Y FORMA DE ACREDITARLOS.Podrán inscribirse en este concurso todas las personas que lo deseen, sin excepción alguna, residentes en España, tanto profesionales como aficionados, los mayores de edad optarán al premio adulto, y los infantiles-juveniles a los premios de dicha categoría.Cada participante podrá presentar una obra por cada categoría, de cualquier lugar, monumentos, paisaje, etc. de nuestra localidad (excepto la Plaza España) que se encuentra en obra.Los participantes podrán valerse de todos los medios tecnológicos (tablet, móvil….) y fotografías para realizar sus obras. Deberán venir provisto de caballete y demás materiales necesarios para la ejecución y posterior exposición de la obra.Los/las beneficiarios/as de los premios deberán estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria y con el Ayuntamiento de La Algaba, y estar al corriente en el pago de sus obligaciones con la Seguridad Social. Deben estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones por reintegro de subvenciones. No debe estar incurso en ninguna de las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 27 de noviembre.6.1.- CAUSAS DE EXCLUSIÓN.Serán causas de exclusión automática de la convocatoria:La presentación fuera de plazo de la solicitud.El incumplimiento de cualquiera de los requisitos señalados en el apartado anterior.Aquellas solicitudes que no se refieran a la VII Edición del Certamen de Pintura Rápida de La Algaba 2026.Las obras que no cumplan con los requisitos establecidos en estas bases.BASE 7.- ÓRGANOS COMPETENTES PARA LA INSTRUCCIÓN Y RESOLUCIÓN DEL PROCEDIMIENTO.Órgano competente para la incoación, iniciación, instrucción, tramitación y resolución del procedimiento:- La incoación del expediente corresponde al Sr. Alcalde-Presidente o Concejal/la Delegado/a responsable de los premios que se conceden.- La instrucción del procedimiento corresponde a la Concejala Delegada de Cultura del Ayuntamiento de La Algaba.- El procedimiento se inicia con la aprobación de la convocatoria.- El procedimiento de concesión se tramitará y gestionará por parte de la Delegación de Cultura.- La resolución del Procedimiento corresponde a la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de La Algaba.Órgano competente para la aprobación de la Convocatoria y las Bases Reguladoras :- El órgano competente para la aprobación de la Convocatoria y Bases es la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de La Algaba, previa Propuesta suscrita por la Concejala Delegada responsable.Órgano competente para la concesión de los premios:- El órgano competente para la concesión de los premios es la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de La Algaba, previa Propuesta suscrita por la Concejala Delegada responsable de los premios que se conceden.Jurado: Será el órgano colegiado encargado de la valoración de las solicitudes presentadas, que elevará propuesta de resolución al órgano competente para resolver.El Jurado será nombrado por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de La Algaba, a propuesta del Concejala Delegada de Cultura, y estará formado por una Presidencia, Secretaria y los Vocales, entre profesionales y/o aficionados del mundo de las artes pictóricas.BASE 8.- PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES. FORMA Y PLAZOS.El plazo de presentación de las solicitudes será de 15 días naturales a partir del día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la provincia.Las solicitudes, junto a la documentación adjunta a la misma, se presentarán a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de La Algaba, utilizando el “Modelo de Solicitud” adjunto al final de las presentes Bases como ANEXO I, o bien por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.En caso de que la solicitud se presente por el representante legal o tutor/a del menor que va a participar, se deberá presentar, además del ANEXO I, el ANEXO II adjunto al final de las presentes Bases.En la solicitud se indicarán sus datos personales tales como, nombre, apellidos, dirección, teléfono y correo electrónico, señalando que se dirige a la Convocatoria de premios de la VII Edición del Certamen de Pintura Rápida al aire libre de La Algaba 2026.Se acompañará el “Modelo de solicitud”, junto a todos aquellos documentos que sean requeridos en estas Bases, en formato PDF.El plazo de presentación de las solicitudes participantes será desde el día siguiente al de la publicación de las presentes Bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla hasta el día 6 de febrero de 2026BASE 9.- DOCUMENTACIÓN E INFORMACIONES QUE DEBEN ACOMPAÑARSE A LA SOLICITUD.Las solicitudes se dirigirán a la Delegación de Cultura del Ayuntamiento de La Algaba conforme al formulario de solicitud adjunto a estas Bases y deberán formularse por las personas interesadas o quienes acrediten su representación por medio válido en derecho.Los participantes deberán presentar, junto con la solicitud, la documentación acreditativa siguiente:1. Copia del DNI del solicitante o, en el caso de menor, del representante legal o tutor/a.2. Certificado de titularidad bancaria emitido por el Banco o Entidad Financiera en el que figure como titular y el número completo de la cuenta que incluya el código IBAN donde se haya de hacer efectivo el abono del premio. En el caso de ser menor, deberá figurar como titular el representante legal o tutor/a del mismo.3. Declaración Responsable, en formato PDF y firmada por el/la solicitante o, en su caso, por su representante legal, sobre si se han solicitado otras ayudas o subvenciones para la misma finalidad a cualesquiera otras administraciones públicas o entidades privadas, especificando si han sido concedidas y en que cuantía.4. Declaración Responsable, en formato PDF y firmada por el/la solicitante o, en su caso, por su representante legal, de estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias, incluidas las del Ayuntamiento de La Algaba, así como de las obligaciones con la Seguridad Social, impuestas por las disposiciones legales vigentes.5. Declaración Responsable, en formato PDF y firmada por el/la solicitante o, en su caso, por su representante legal, para acreditar que no está incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones, así como el cumplimiento de obligaciones por reintegro se subvenciones.6. Declaración Responsable, en formato PDF y firmada por el/la solicitante o, en su caso, por su representante legal, en la que declare, bajo su responsabilidad, que la obra no ha sido publicada en otros medios y/o no ha sido presentada a otros concursos.BASE 10.-REQUISITOS DE LAS OBRAS.Las obras presentadas a concurso deberán cumplir los siguientes requisitos:Las dimensiones de la obra serán como mínimo 60x60 cm y como máximo 70x100 cm en la categoría de Adulto y de 50x50 cm en la de Infantil-juvenil.La realización de las obras será de estilo y temática libre.Las obras premiadas pasarán a ser propiedad del Ayuntamiento de La Algaba.Las obras presentadas se expondrán al público en los caballetes una vez finalizado el Certamen, en Auditorio Municipal Plaza de Toro José María Torre Zapico, y aquellos participantes que no hayan sido premiados podrán vender sus obras.BASE 11.- CRITERIOS DE VALORACIÓN.Las solicitudes presentadas en tiempo y forma, serán evaluadas por el Jurado, teniendo en cuenta para la resolución los criterios de valoración establecidos en la presente Base.Las solicitudes se evaluarán con arreglo a los siguientes criterios, obteniéndose un máximo de 50 puntos:1. Valor artístico de la obra. (Máximo de 10 puntos)2. Originalidad. (Máximo de 10 puntos)3. Técnica empleada. (Máximo de 10 puntos)4. Materiales empleados. (Máximo de 5 puntos)5. Capacidad de transmitir el tema representado. (Máximo de 15 puntos)El Jurado adecuará su actuación al régimen de órganos colegiados establecido en la Ley 40/2015 de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público. Asimismo, tendrá facultades para resolver cuantas dudas surjan en la interpretación de la presente Convocatoria y podrá requerir a los solicitantes, en cualquier momento de la fase de valoración, cuantos datos y acreditaciones juzguen precisos para valorar y completar aquellos que se deduzcan de la documentación aportada.El fallo será inapelable y se hará público una vez resuelta la presente Convocatoria. La composición nominal del Jurado así como el fallo del mismo se darán a conocer conjuntamente mediante su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla.BASE 12.- INSTRUCCIÓN, DESARROLLO, RESOLUCIÓN DEL PROCEDIMIENTO Y NOTIFICACIÓN.De las solicitudes presentadas se dará traslado a la Delegación de Cultura del Ayuntamiento de La Algaba y a la Concejala Delegada correspondiente, quien, a su vez, dará traslado de aquellas al Jurado.Si alguna solicitud no reúne los requisitos establecidos en las presentes Convocatoria y Bases, el órgano competente requerirá al interesado para que la subsane en el plazo máximo e improrrogable de 10 días, indicándole que si no lo hiciese se le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución que deberá ser dictada al efecto.El Certamen se desarrollará el domingo 22 de febrero de 2026, sin perjuicio de modificar su fecha por motivos meteorológicos u otras causas justificadas y de organización por parte del Ilustrísimo Ayuntamiento de La Algaba.El lugar de realización del Certamen para todos los participantes será en el Auditorio Municipal Plaza de Toro José María Torre Zapico, ubicada en la Avda. Andrés Molina Moles.La hora del sellado de los soportes será a las 9:30 a 10:00 horas en el Auditorio Municipal Plaza de Toro José María Torre ZapicoLa hora de entrega de las obras será a las 17:00 horas.Recibidas las obras por el Jurado, las evaluará y emitirá el fallo, basando su decisión en los criterios de evaluación recogidos en la Base 11 de las presentes, especificando y motivando su evaluación.El fallo del Jurado se dará a conocer a las 18:00 horas. Del fallo del jurado levantará acta el/la Secretario/a, que deberá expresar la relación de solicitantes para los que se propone la concesión de los premios y su importe.Se procederá de conformidad con lo previsto en los artículos 40 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas para la realización de notificaciones y publicación que hubieran de efectuarse en relación con las presentes bases.El acuerdo de concesión definitiva será notificado mediante la publicación en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de La Algaba. Igualmente, el Ayuntamiento de La Algaba hará publica la concesión definitiva mediante su publicación en el Portal de Transparencia del Ayuntamiento de La Algaba.La propuesta de concesión definitiva, una vez aprobada por el órgano competente, será notificada a los beneficiarios/as, para que en el plazo de 10 días manifiesten su aceptación o renuncia expresa a la obtención del premio, que deberán presentar a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de La Algaba, utilizando el ANEXO III adjunto al final de las presentes Bases, o bien por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.Contra dicho acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del siguiente al de su publicación, ante el mismo órgano que la hubiere dictado, conforme a lo dispuesto en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o, directamente, recursos ante el órgano jurisdiccional contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su notificación, en virtud de lo establecido en los artículo 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, no pudiendo simultanearse ambos recursos. No se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto en su caso.Las presentes Bases se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla, por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), en el Tablón de Anuncios de la sede electrónica y en el Portal de Transparencia del Ayuntamiento de La Algaba.Se dará publicidad de los premios concedidos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 38/2003, de 27 de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 30 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se desarrolla la citada Ley.Se remitirá a la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) información sobre la convocatoria y los acuerdos de concesión adoptados en los términos establecidos en el artículo 20 de la Ley 38/2003, de 27 de noviembre, General de Subvenciones.BASE 14.- POSIBILIDAD DE REFORMULACIÓN DE SOLICITUDES.Presentadas las solicitudes, el Jurado, a través de su Presidencia, podrá instar a determinados solicitantes para que reformule la solicitud a fin de ajustarla a los compromisos y condiciones del premio otorgable.El solicitante tendrá un plazo de 5 días naturales para reformular su solicitud. Recibida la reformulación, el Jurado, si así procede, emitirá su conformidad, remitiendo al órgano competente propuesta de resolución de las subvenciones para su aprobación.Si transcurriere el plazo sin que el posible beneficiario/a reformule su solicitud, se entenderá que desiste de la petición.BASE 15.- PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN Y JUSTIFICACIÓN.15.1.- IMPORTE MÁXIMO DE PREMIOS A CONCEDER.El importe total máximo de los premios a conceder por el Ayuntamiento de La Algaba será de 2.000,00 euros.Se concederá un premio de 1.000,00 € al primer premio y de 600,00 € al segundo premio de la categoría de adulto, respectivamente, así como un premio de 300,00 € al primer premio y de 100,00 € al segundo premio de la categoría de infantil/juvenil, respectivamente, hasta un máximo de 4 premios.15.2.- COMPATIBILIDAD CON OTROS PREMIOS.La concesión de estos premios no será compatible con otros premios, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquiera Administraciones o Entes Públicos o Privados, nacionales, de la Unión Europea o de Organismos Internacionales.15.3.- POSIBILIDAD, EN SU CASO, DE PAGOS ANTICIPADOS O PAGOS A CUENTA Y SU RÉGIMEN DE GARANTÍAS.El pago se efectuará mediante transferencia bancaria al número de cuenta facilitado por la personas galardonada, una vez se apruebe la concesión del premio y se produzca la aceptación expresa por parte de los por parte de los beneficiarios/as.No podrá realizarse el pago de la subvención en tanto la persona beneficiaria no se halle al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, incluidas sus obligaciones con la Hacienda Municipal y con la Seguridad Social, cuando esté incursa en cualquiera de los supuestos del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 27 de noviembre, General de Subvenciones, o cuando sea deudora por reintegro de subvenciones.15.4.- JUSTIFICACIÓN.Dada la naturaleza de los presentes premios, no se exigirá la justificación del empleo dado a los mismos.15.5.- OBLIGACIONES QUE ASUME EL BENEFICIARIO/A DEL PREMIO.La persona beneficiaria se compromete al cumplimiento de las obligaciones de los artículos 14 y 15 de la Ley 38/2003, de 27 de noviembre, General de Subvenciones, aquellas recogidas en las presentes Bases y, en particular:- Realizar la actividad objeto del Certamen.- Aportar la documentación que le fuere requerida.- Responder ante el Ayuntamiento de La Algaba de los datos aportados en la solicitud y en la documentación aportada.- Comunicar cualquier eventualidad que afecte a la programación, desarrollo y finalización del Certamen.- Presentar Declaración Responsable, en su caso, acerca de otros premios, ayudas, ingresos o recursos procedentes de cualesquiera Administraciones o Entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de Organismos Internacionales.- No tener deudas pendientes con la Agencia Estatal de Administración Tributaria ni con la Hacienda Municipal.- Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social.- No estar incurso en ninguna de la prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 27 de noviembre, General de Subvenciones.- Hallarse en cumplimiento de sus obligaciones por reintegro de subvenciones.BASE 16.- INCUMPLIMIENTO, ANULACIÓN Y REINTEGRO DEL PREMIO.A) ANULACIÓN.Procederá la nulidad del premio concedido en los supuestos recogidos en el artículo 36 de la Ley 38/2003, de 27 de noviembre, General de Subvenciones, en los casos de incumplimiento por parte del mismo de las obligaciones asumidas o que se le hubieran interpuesto, previa tramitación de expediente y sin perjuicio de que por la Administración Municipal pueda ser revisado el acto de concesión en la forma y por el procedimiento legalmente establecidoB) REINTEGRO.Procederá el reintegro de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora desde el momento del pago de los premios, en la cuantía legalmente establecida y previa tramitación de expediente, en los supuestos establecidos en el artículo 18 de la Ordenanza General de las bases reguladoras de la concesión de subvenciones del Excmo. Ayuntamiento de La Algaba. (Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla número 219, de fecha 20 de septiembre de 2018), y en los artículo 36 y 37 de la Ley 38/2003, de 27 de noviembre, General de Subvenciones.Las cantidades que proceda reintegrar tendrán la consideración de ingresos de naturaleza pública, resultando de aplicación para su cobranza lo previsto en las normas reguladoras del régimen de los derechos de naturaleza pública de la Ley 47/2003, General Presupuestaria.Los posibles incumplimientos de las condiciones impuestas con motivo de la concesión de los premios, para determinar la cantidad que finalmente haya de percibir el beneficiario o, en su caso, el importe a reintegrar, se evaluarán atendiendo a criterios que respondan al principio de proporcionalidad.BASE 17.- RECURSOS.Contra el acuerdo definitivo de concesión de estos premios, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del siguiente al de su publicación, ante el mismo órgano que la hubiere dictado, conforme a lo dispuesto en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o, directamente, recursos ante el órgano jurisdiccional contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su notificación, en virtud de lo establecido en los artículo 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, no pudiendo simultanearse ambos recursos. No se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto en su caso.BASE 18.- RÉGIMEN JURÍDICO.Estos premios se rigen por la normativa especificada en la Base primera de las presentes Bases Reguladoras, con las especialidades propias de la naturaleza de los premios.El artículo 8.1 de la LGS, modificado por la Disposición Final Décima Tercera de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, señala que “Los órganos de las Administraciones públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.Las bases reguladoras de cada subvención harán referencia al Plan estratégico de subvenciones en el que se integran, señalando de qué modo contribuyen al logro de sus objetivos; en otro caso, deberá motivarse por qué es necesario establecer la nueva subvención, incluso aun no habiendo sido prevista en el Plan, y la forma en que afecta a su cumplimiento.”En cumplimiento de lo señalado en dicho precepto, este Ayuntamiento, en sesión Ordinaria de la Junta de Gobierno Local celebrada el 11 de enero de 2024, aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de La Algaba para el periodo 2024-2026.La presente subvención se integra en dicho Plan Estratégico, que recoge entre sus líneas de actuación, la Línea 3. Fomento de la Cultura, por lo que la concesión de esta subvención ayudará con ello al logro de sus objetivos, en la medida en que la Línea 3 del Plan recoge entre sus objetivos incentivar el fomento de la cultura, incentivar el fomento de la creatividad o subvencionar iniciativas culturales encuentros y otras actividades, entre los que se incluye el Certamen de Pintura Rápida al aire libre de La Algaba 2026.BASE 19.- PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES.Las personas interesadas en tomar parte en esta convocatoria prestarán expresamente su consentimiento al tratamiento de sus datos de carácter personal, y a su publicación en cualquier medio que se utilice para la comunicación de los resultados y para la correcta preparación y ejecución de esta convocatoria. La falta de prestación de dicho consentimiento conllevará la inadmisión a la presente convocatoria al estar exigida por el principio de publicidad.De acuerdo con lo previsto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, así como en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los Derechos Digitales, los datos aportados por la persona interesada se utilizarán, con carácter único y exclusivo, para los fines previstos en este procedimiento con la finalidad de la tramitación y gestión de estas subvenciones.Los datos de los interesados podrán ser trasladados a la Agencia Estatal de Administración Tributaria y al Instituto Nacional de la Seguridad Social, conforme establece la normativa reguladora de las subvenciones, a efectos de acreditar hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con ambas entidades.No se cederán datos a tercero salvo obligación legal.En todo lo no previsto expresamente en materia de protección de datos personales será de aplicación lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales.BASE 20.- ENTRADA EN VIGOR.Estas Bases entrarán en vigor a partir de la publicación de las mismas en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla.ANEXO ISolicitud de Participación en la VII Edición del Certamen de Pintura Rápida al aire libre de La Algaba 2026.D/Dª.DNI:Calle/Plaza/Avenida:N.ºPisoLetraCódigo PostalLocalidad/ProvinciaTeléfonoTeléfono MóvilCorreo ElectrónicoFecha nacimiento:En calidad de:Interesado/aRepresentante legal En caso de marcar esta opción se deberá presentar, además de la presente solicitud, el ANEXO II.EXPONE: Que he tenido conocimiento de la convocatoria de participación en la VII Certamen de pintura rápida al aire libre de La Algaba 2026, organizado por el Excmo. Ayuntamiento de La Algaba.Que deseo participar en el Certamen de Certamen de pintura rápida al aire libre de La Algaba 2026 anunciado por el Ayuntamiento de La Algaba.Y DECLARO, BAJO MI RESPONSABILIDAD: (Señálese lo que proceda)- Que no he solicitado otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o Entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de Organismos Internacionales.- Que tengo solicitadas o concedidas otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, a los siguientes organismos, por las cuantías que a continuación se indican, así como la cuantía recibida hasta el momento.OrganismoCuantía SolicitadaCuantía Concedida hasta el momento- Que la obra no ha sido publicada en otros medios y/o no ha sido presentada a otros concursos.- Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 24 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, estoy al corriente en el cumplimiento de mis obligaciones tributarias, incluidas las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de La Algaba, así como con la Seguridad Social, impuestas por la normativa vigente.- Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 25 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, estoy al corriente del cumplimiento de obligaciones por reintegro se subvenciones.- Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 26 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, no incurro en prohibición para ser beneficiario/a de subvención de las establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 27 de noviembre, General de Subvenciones.- Que conozco y me comprometo al cumplimiento de los artículos 30 y 31 de la Ley General de Subvenciones y su desarrollo Reglamentario.- Sí, doy mi consentimiento al tratamiento de mis datos de carácter personal conforme a lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales.Y ME OBLIGO A:Al cumplimiento de las obligaciones de los artículos 14 y 15 de la Ley 38/2003, de 27 de noviembre, General de Subvenciones, aquellas recogidas en el correspondiente Convenio de Colaboración y, en particular:- Aportar toda la documentación que se especifica en el siguiente apartado.- Al cumplimiento de las obligaciones impuestas con ocasión de la concesión del premio.- Realizar la actividad objeto de subvención, procediendo el reintegro en caso de incumplimiento.- Responder ante el Ayuntamiento de La Algaba de los datos aportados en la solicitud y en la documentación aportada.- Comunicar cualquier eventualidad que afecte a la programación, desarrollo y finalización del Certamen.- No tener deudas pendientes con la Agencia Estatal de Administración Tributaria ni con la Hacienda Municipal.- Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.- No estar incurso en ninguna de la prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 27 de noviembre, General de Subvenciones.- Hallarme en cumplimiento de las obligaciones por reintegro de subvenciones.DOCUMENTACIÓN QUE SE APORTA (Archivos PDF): (BASE 9)1. Copia del DNI o, en el caso de menor, del representante legal o tutor/a.2. Certificado de titularidad bancaria emitido por el Banco o Entidad Financiera en el que figure como titular y el número completo de la cuenta que incluya el código IBAN donde se haya de hacer efectivo el abono del premio. En el caso de ser menor, deberá figurar como titular el representante legal o tutor/a del mismo.3. Declaración Responsable, en formato PDF y firmada por el/la solicitante o, en su caso, por su representante legal, sobre si se han solicitado otras ayudas o subvenciones para la misma finalidad a cualesquiera otras administraciones públicas o entidades privadas, especificando si han sido concedidas y en que cuantía.4. Declaración Responsable, en formato PDF y firmada por el/la solicitante o, en su caso, por su representante legal, de estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias, incluidas las del Ayuntamiento de La Algaba, así como de las obligaciones con la Seguridad Social, impuestas por las disposiciones legales vigentes.5. Declaración Responsable, en formato PDF y firmada por el/la solicitante o, en su caso, por su representante legal, para acreditar que no está incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones, así como el cumplimiento de obligaciones por reintegro se subvenciones.6. Declaración Responsable, en formato PDF y firmada por el/la solicitante o, en su caso, por su representante legal, en la que declare, bajo su responsabilidad, que la obra no ha sido publicada en otros medios y/o no ha sido presentada a otros concursos.SOLICITO, a la vista de la Convocatoria y Bases Reguladoras de los premios de referencia y reunidos los requisitos exigidos, participar en el Certamen, y DECLARO que conozco en su integridad las Bases Reguladoras del Certamen, que acepto y las acato, y que todos los datos y documentos que acompaño son ciertos y se ajustan a la realidad.EL SOLICITANTE (o su representante legal)- a fecha de firma.ANEXO IIDATOS DEL AUTORNOMBRE:..................................................................................................................................APELLIDOS:.............................................................................................................................EDAD:..............................DIRECCIÓN:.....................................................……………………………………………..C.P………………DATOS DEL REPRESENTANTE LEGAL/TUTOR DEL/LA MENORD./Dña.…………………………………………………………………………………….Con DNI…………………………………………, con teléfono……………………………………….y e-mail……………………………………………………………………, en calidad de (padre, madre, tutor)…………………………….. doy mi consentimiento para que el/la menor…………………………………………..……………………………………………………..participe en la VII Edición del Certamen de pintura rápida al aire libre “Villa de La Algaba 2026, lo que supone la plena aceptación de las bases del mismo, la conformidad absoluta de las decisiones del Jurado y la renuncia a cualquier reclamación.Y para que así conste, firmo el presente documentoFirmado……………………………………………………….El REPRESENTANTE LEGAL- a fecha de firma.ANEXO IIIACEPTACIÓN DEL PREMIO CONCEDIDO Y DECLARACIÓN DE RESPONSABLE TRAS PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DEFINITIVAD./Dª. ______________________________________________________(nombre y apellidos del beneficiario/a o su representante legal), en calidad de _____________________________________(beneficiario/representante legal), con D.N.I:En relación con la propuesta de resolución definitiva, con fecha XXXX, por la que se ha propuesto la concesión de un premio por importe de __________ euros, en virtud de la solicitud presentada de conformidad con la Convocatoria y Bases Reguladoras de la VII Edición del Certamen de Pintura Rápida al aire libre de La Algaba 2026, el/la beneficiario/a que suscribe o, en su caso, el representante legal:ACEPTA por medio de este escrito la propuesta de resolución definitiva, con fecha ________________.Esta aceptación da cumplimiento a la obligación contenida en el artículo 24.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como en la Base 12 de la Convocatoria y Bases Reguladoras.La aceptación del premio implica la aceptación de lo establecido en la Convocatoria y Bases Reguladoras.RENUNCIA por medio de este escrito a la propuesta de resolución definitiva, con fecha _______________, y, en consecuencia, al premio concedido.Esta renuncia se formaliza en el ejercicio del derecho que dentro del procedimiento administrativo asiste a todo interesado, conforme al artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.Y, DECLARO, BAJO MI RESPONSABILIDAD:- Que estoy al corriente en el cumplimiento de mis obligaciones tributarias, incluidas las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de La Algaba, así como con la Seguridad Social, impuestas por la normativa vigente.- Que no incurro en prohibición para ser beneficiario/a de subvención de las establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 27 de noviembre, General de Subvenciones.- Que estoy al corriente del cumplimiento de obligaciones por reintegro se subvenciones.- Sí, doy mi consentimiento al tratamiento de mis datos de carácter personal conforme a lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales.DOCUMENTACIÓN QUE SE APORTA:- Datos de la cuenta bancaria del Banco o Entidad Financiera en la que figura como titular la Entidad (24 dígitos).En La Algaba, a ________ de ________ de 2026.EL BENEFICIARIO/A (o su representante legal)