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Plazo no verificadoBDNS 883641

Resolución de 27 de enero de 2026 del director de la Agencia Valenciana de Fomento y Garantía Agraria mediante la que se establece la convocatoria correspondiente al año 2026 para concesión y solicitud de pago anual de las ayudas incluidas en la solicitud

AUTONOMICA · COMUNITAT VALENCIANA · AGENCIA VALENCIANA DE FOMENTO Y GARANTÍA AGRARIA

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 12:48 (España)

¿A quién se dirige?

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICAGRAN EMPRESA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES52 - COMUNIDAD VALENCIANA

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Agricultura, Pesca y Alimentación

Plazos, con su contexto.

El estado actual del plazo no está verificado. Estas son las fechas declaradas en la BDNS; compruébalas en la fuente oficial.

Inicio de solicitudes
01/02/2026
Fin de solicitudes
30/04/2026
Registro en BDNS
27/01/2026
Publicación en diario oficial
29/01/2026

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

BDNS (identif.): ……..

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones.


Primero
Modificación del plazo fijado en el apartado cuarto, punto tercero de la Resolución de 27 de enero de 2026, de la Dirección, mediante la que se establece la convocatoria correspondiente al año 2026 para concesión y solicitud de pago anual de las ayudas incluidas en la solicitud única dentro del marco del Plan estratégico de la Política Agrícola Común (PEPAC) para el año 2026, finalizará el día 15 de mayo de 2026, inclusive

BDNS (identif.): ……..

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones.

Primero. Objeto

Se convoca para el año 2026 la concesión y la solicitud de pago anual de las ayudas reguladas en la Orden 5/2023, de 8 de marzo de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras aplicables al conjunto de intervenciones incluidas en la solicitud única en el Plan estratégico de la Política Agrícola Común (PEPAC).

Segundo. Beneficiarios

Podrán solicitar estas ayudas las personas físicas o jurídicas, las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, se encuentren en la situación que motiva la concesión de la ayuda.

Tercero. Bases Reguladoras

Las bases se recogen en la Orden 5/2023, de 8 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras aplicables al conjunto de intervenciones incluidas en la solicitud única en el Plan estratégico de la Política Agrícola Común (PEPAC)

Cuarto. Plazo de presentación de las solicitudes

El plazo de presentación de las solicitudes se iniciará el día 1 de febrero y finalizará el día 30 de abril de 2026, ambos inclusive.

Quinto. Importe

1. El pago de las ayudas previstas en el artículo 1, epígrafes a), b) y c) de la Orden 5/2023, de 8 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras aplicables al conjunto de intervenciones incluidas en la solicitud única en el Plan estratégico de la Política Agrícola Común (PEPAC), se efectuará con cargo al capítulo 4 de la línea S1361 (fondo FEAGA PEPAC) de la sección G0112 Entidad 0182 Programa 714E00 del presupuesto de la Agencia Valenciana de Fomento y Garantía Agraria y correspondiente a la aplicación en la Comunitat Valenciana de la Política Agrícola Común por un importe global máximo de 110.000.000 euros para el año natural 2026.
Los límites presupuestarios para cada una de las ayudas previstas en el artículo 1, epígrafes a), b) y c) de la Orden 5/2023, de 8 de marzo, serán los que establezca el FEGA, como organismo coordinador de los organismos pagadores, para la campaña 2026.

2. El pago de las ayudas previstas en el artículo 1, epígrafe d) de la Orden 5/2023, de 8 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras aplicables al conjunto de intervenciones incluidas en solicitud única en el Plan estratégico de la Política Agrícola Común (PEPAC), se efectuará con cargo al capítulo 4 de la línea S1436 (fondo FEADER PEPAC) de la sección G0112 Entidad 0182 Programa 714E00 presupuesto de la Agencia Valenciana de Fomento y Garantía Agraria y correspondiente a la aplicación en la Comunitat Valenciana de la Política Agrícola Común por un importe global máximo de 21.905.820 euros.

Los límites presupuestarios para las siguientes intervenciones para el desarrollo rural durante el ejercicio financiero FEADER 2026 son:
- Compromisos agroambientales en superficies agrarias: apicultura para la biodiversidad: 630.000 euros.
- Compromisos agroambientales en superficies agrarias: protección avifauna (aves esteparias): 75.820 euros.
- Compromisos agroambientales en superficies agrarias: mantenimiento o mejora de hábitats y de actividades agrarias tradicionales (cultivo arroz) que preserven la biodiversidad: 6.800.000 euros.
- Compromisos de gestión agroambiental en agricultura ecológica: 9.320.000 euros.
- Compromisos de conservación de recursos genéticos: conservación oveja guirra: 80.000 euros.
- Ayudas a zonas con limitaciones naturales u otras con limitaciones específicas: 5.000.000 euros.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 40.2 de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones, los gastos de alcance plurianual se subordinan a los créditos que, para cada ejercicio, se consignen a tal efecto en el presupuesto de la Generalitat.
Los importes previstos en este apartado están condicionados a la aprobación de las modificaciones necesarias en la financiación de las intervenciones regionales del PEPAC para la Comunitat Valenciana por la Comisión Europea.

3. Las ayudas a las que hacen referencia el párrafo anterior, excepto las ayudas a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas, los compromisos agroambientales en superficies agrarias: mantenimiento o mejora de hábitats y de actividades agrarias tradicionales (cultivo arroz) que preserven la biodiversidad y los ayudas relativas a la conservación oveja guirra son concedidas en régimen de concurrencia competitiva al estar sometidas a los correspondientes criterios de selección aprobados por el Comité de Seguimiento Regional del PEPAC, de conformidad con lo que dispone el artículo 54 de la Orden 5/2023, de 8 de marzo.

Sin perjuicio de lo anterior, para todas las ayudas del párrafo 2 cuando los expedientes seleccionados superen la consignación presupuestaria prevista se procederá al prorrateo necesario con el fin de garantizar que todas las solicitudes que cumplen los criterios de selección y los demás requisitos de admisibilidad reciben el pago.

Sexto. Otros datos

1. la cumplimentación de solicitudes se realizará exclusivamente a través de medios electrónicos , por lo que deberán presentar sus solicitudes telemáticamente a través de la sede electrónica de la Generalitat en la dirección de internet https://sede.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=600 o bien a través de la aplicación informática SGA-CAP en el portal de ciudadano, en las sedes de las oficinas comarcales de agricultura, en las direcciones territoriales de agricultura y en las oficinas de las entidades colaboradoras acreditadas a tal fin. Se utilizarán las unidades registrales telemáticas de la Consellería con competencias en materia de agricultura y ganadería para la presentación, por los ciudadanos, de alegaciones, escritos y comunicaciones que se realicen por vía telemática, relativos a los procedimientos administrativos vinculados a la solicitud única.

2. La documentación a aportar es la prevista en la Orden 5/2023, de 8 de marzo, de las bases reguladoras y en la presente convocatoria.

Bases y documentación

Texto en otra lengua de la convocatoriaPublicado 23/04/2026Descargar archivo oficial · BDNSTexto en castellano de la convocatoriaPublicado 23/04/2026Descargar archivo oficial · BDNSExtracto de RESOLUCIÓN 22 de abril 2026 del director de la Agencia Valenciana de Fomento y Garantía Agraria, por la que se amplía el plazo de presentación de la solicitud única para el año 2026.Publicado 27/04/2026Extracto de Resolución de 27 de enero de 2026 del director de la Agencia Valenciana de Fomento y Garantía Agraria mediante la que se establece la convocatoria correspondiente al año 2026, para concesión y solicitud de pago anual de las ayudas incluidas en la solicitud única dentro del marco del Plan estratégico de la Política Agrícola Común (PEPAC).Publicado 29/01/2026ORDEN 5/2023, de 8 de marzo, de la Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica, por la que se establecen las bases reguladoras aplicables al conjunto de intervenciones incluidas en la solicitud única en el Pla