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Plazo no verificadoBDNS 883642

Convocatoria de subvenciones a las asociaciones de madres y padres de alumnos, para la organización y realización de actividades extraescolares, para el curso escolar 2026-2027.

LOCAL · SABADELL · AJUNTAMENT DE SABADELL

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 12:48 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES511 - Barcelona

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Educación

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
02/03/2026
Fin de solicitudes
20/03/2026
Registro en BDNS
27/01/2026
Publicación en diario oficial
30/01/2026

Texto oficial de apertura: El día 2 de marzo de 2026.

Texto oficial de cierre: El día 20 de marzo de 2026.

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

Primero. Beneficiarios:Pueden ser beneficiarios de las subvenciones las Asociaciones de madres y padres de alumnos de centros públicos de educación primaria y educación secundaria de la ciudad de Sabadell, que organicen y realicen actividades extraescolares y cumplan los requisitos establecidos en el artículo 4 de las bases reguladoras:a) Las AMPA tienen que estar debidamente constituidas e inscritas en el correspondiente registro administrativo. Además, las AMPA tienen que estar inscritas en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas, en el caso de entidades con domicilio en Sabadell. Si la entidad se encuentra en proceso de inscripción, se puede presentar la solicitud haciendo constar esta circunstancia, pero en ningún caso podrá ser beneficiaria de la subvención si no acredita la inscripción definitiva antes de la resolución de la convocatoria.b) Tiene que tratarse de AMPA de centros educativos públicos de educación primaria o secundaria de la ciudad, que cuenten:b.1) Con un porcentaje específico de familias perceptoras de becas para la adquisición de libros de texto y material escolar que será fijado en la convocatoria correspondiente.O bienb.2) Con un porcentaje específico de familias perceptoras de becas para la adquisición de libros de texto y material escolar fijado en la convocatoria correspondiente, y que a la vez cuenten con un porcentaje de alumnos de la escuela con NEEDS (Necesidades Educativas Específicas derivadas de condición Social Desfavorecida) reconocidas por la EAP que también será fijado en la convocatoria correspondiente.Siguiendo las bases, en esta convocatoria se fijan los porcentajes de los requisitos que tienen que cumplir los beneficiarios en los siguientes términos:a) Tiene que tratarse de AMPA de centros educativos públicos de educación primaria que cuenten con un 30% de alumnado perceptor de ayudas en material y libros de texto o bien centros con un 20% de alumnado perceptor de ayudas en material y libros y que a la vez cuenten con un 10% NEEDS (Necesidades educativas específicas derivadas de condición social desfavorecida) reconocidas por la EAP (Equipos de Asesoramiento y orientación Psicopedagógica de la Generalitat de Cataluña).b) Tiene que tratarse de AMPA de centros educativos públicos de educación secundaria que cuenten con un 25% de alumnado perceptor de ayudas en material y libros de texto o bien centros con un 15% de alumnado perceptor de ajuste y en material y libros y que a la vez cuenten con un 5% NEEDS (Necesidades educativas específicas derivadas de condición social desfavorecida) reconocidas por la EAP (Equipos de Asesoramiento y orientación Psicopedagógica de la Generalitat de Cataluña).Segundo. Finalidad:La finalidad pública de las subvenciones es apoyar y fomentar la participación de los alumnos en estas actividades extraescolares, así como garantizar la equidad en el acceso a estas. Tercero. Bases reguladoras.Ordenanza General de Subvenciones aprobada por el Pleno del Ayuntamiento de Sabadell en fecha 23 de diciembre de 2008 y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona número 10 de 12 de enero de 2009. Bases reguladores específicas de las diversas modalidades de subvenciones que otorga el Departamento de Educación del Ayuntamiento de Sabadell, aprobadas por el Pleno de la Corporación en sesión de 28 de febrero de 2019. Por Decreto número 4374/2019, de 25 de abril, se ha aprobado el refundido en un texto único de las bases reguladoras con sus modificaciones, que se han publicado en el BOPB de fecha 16 de mayo de 2019.El texto íntegro de las bases aprobadas se puede consultar en la siguiente página web del Ayuntamiento de Sabadell:https://seu.sabadell.cat/opensiac/action/eppublicaciondetalle?method=verDetallePublicacion&idPublicacion=7381Cuarto. Importe:La dotación máxima para esta convocatoria será de 110.000,00 euros.Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:El plazo de presentación de solicitudes será del 2 al 20 de marzo de 2026, ambos incluidos. Sexto. Otros datos:Para la tramitación de las solicitudes será preceptivo que se aporte la documentación que se detalla en el artículo 6 de las bases específicas anteriormente mencionadas.

Bases y documentación

Texto en otra lengua de la convocatoriaPublicado 27/01/2026Descargar archivo oficial · BDNSTexto en castellano de la convocatoriaPublicado 27/01/2026Descargar archivo oficial · BDNSExtracto de la Resolución de 3 de diciembre de 2025 de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Sabadell, por la que se convocan subvenciones a las asociaciones de madres y padres de alumnos, para la organización y realización de actividades extraescolares, para el curso escolar 2026-2027.Publicado 30/01/2026Bases reguladoras específicas para el otorgamiento de subvenciones a las asociaciones de madres y padres de alumnos para la organización y realización de actividades extraescolares.