ORDEN MAT/ / 2026 por la que se convocan subvenciones con destino a entidades privadas turísticas sin ánimo de lucro para actuaciones de promoción turística
AUTONOMICA · ARAGÓN · DIRECCIÓN GENERAL DE TURISMO Y HOSTELERÍA
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES24 - ARAGON
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Comercio, Turismo y Pymes
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
28/01/2026
Publicación en diario oficial
02/03/2026
Texto oficial de apertura: Al día siguiente de su publicación en BOA
Texto oficial de cierre: 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación en BOA
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero.- Beneficiarios.Podrán ser beneficiarios de las subvenciones aquellas entidades privadas sin ánimo de lucro de ámbito autonómico, provincial, comarcal o local, que se encuentren debidamente inscritas en el registro correspondiente y cuyo objeto social sea la promoción turística o desarrollen un proyecto turístico o gastronómico en Aragón.Segundo.- Objeto.Esta orden tiene por objeto la convocatoria, para el año 2025, de las ayudas destinadas a financiar actuaciones en materia de turismo previstas en el apartado cuarto de esta norma, que sean realizadas por entidades privadas sin ánimo de lucro.Tercero.- Bases reguladoras y régimen de concesión.Orden ICD/746/2021, de 21 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de turismo (“Boletín Oficial de Aragón” nº 139, de 01/07/2021).Cuarto.- Cuantía.1. Las ayudas se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria 22060 7511 480053 91002 de los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el año 2026, asignando a este fin un importe total de un millón seiscientos noventa y cuatro mil euros (1.694.000,00 euros). Las resoluciones de concesión de subvención otorgadas al amparo de esta convocatoria, quedarán condicionadas a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto del citado ejercicio.2. Una vez realizada la valoración de los proyectos y atendiendo al orden de prelación de los mismos, se establecerá una correspondencia por tramos relacionando los puntos alcanzados en la valoración con el porcentaje de subvención obtenida con el siguiente resultado.Proyectos con una puntuación de 80 a 100 puntos, se aplicará 85% a la inversión aceptada para la obtención de la subvención.Proyectos con una puntuación de 65 a 79 puntos, se aplicará 70% a la inversión aceptada para la obtención de la subvenciónProyectos con una puntuación de 50 a 64 puntos, se aplicará 40% a la inversión aceptada para la obtención de la subvenciónSin que la inversión mínima aceptada pueda ser inferior a cuatro mil euros (4.000,00 euros) ni superior a sesenta mil euros (60.000,00 euros).Quinto.- Plazo de presentación de las solicitudes.1. El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón".