¿A quién se dirige?
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES12 - PRINCIPADO DE ASTURIAS
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Cultura
Plazos, con su contexto.
La fuente indica que se publica un extracto en diario oficial, pero no aporta todavía un extracto con fecha y enlace verificables. Las fechas por sí solas no acreditan que la convocatoria ya sea válida. Consulta el original.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 02/02/2026
- Publicación en diario oficial
- 09/02/2026
Texto oficial de apertura: Al día siguiente de su publicación en el BOPA
Texto oficial de cierre: Un mes a contar desde el día siguiente de su publicación
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero. Beneficiarios:Podrán optar a ser beneficiarios de las subvenciones que se concedan por medio de la presente Convocatoria, las personas a las que se refiere el artículo 3, y que además de reunir los señalados en el artículo 13 de la LGS, cumplan los siguientes requisitos:a) Tener menos de 24 años a fecha 31 de diciembre del año objeto de la presente Convocatoria. Este límite de edad no es exigible en el caso de los deportistas con discapacidad.b) Ser deportista no profesional y estar en posesión de licencia federativa para la temporada objeto de la presente Convocatoria en la federación del Principado de Asturias o nacional correspondiente.c) Estar inscrito en el Padrón Municipal de Habitantes del Ayuntamiento de Oviedo al menos con un año de antelación a la fecha de publicación de la presente Convocatoria.d) No estar cumpliendo sanción en firme por infracción disciplinaria o administrativa en materia deportiva relativa a dopaje o por actos y conductas violentas, racistas, xenófobas o discriminatorias por razón de sexo. Segundo. Objeto:El objeto de la presente Convocatoria es la concesión de subvenciones a jóvenes deportistas del Concejo de Oviedo para apoyar el esfuerzo económico que supone la práctica deportiva federada de los deportistas menores de 24 años y de las personas con discapacidad sin límite de edad, que pertenezcan a entidades deportivas con domicilio social en el Concejo de Oviedo y hayan destacado en competiciones oficiales, nacionales o internacionales.Tercero. Regulación:Las subvenciones objeto de la presente Convocatoria se regirán, además de por lo previsto en la misma, por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante, LGS), y el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio (en adelante, RLGS), y por la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Oviedo (en adelante, OGS), Texto refundido aprobado por acuerdo del Ayuntamiento Pleno, en sesión de 30/01/2013 (BOPA 109, de 13/05/2013), y sus Bases reguladoras de subvenciones de la Concejalía de Deportes destinadas a jóvenes deportistas del Concejo de Oviedo, aprobadas por acuerdo del Ayuntamiento Pleno, en sesión de 4/04/2023 (BIM 45, de 9/11/2023 y BOPA 217, de 13/11/2023).Cuarto. Cuantía:En el Presupuesto de Deportes del año 2026, el importe destinado a la presente Convocatoria de subvenciones a jóvenes deportistas del Concejo de Oviedo asciende a 26.000,00 euros, consignados en la partida del Centro de gastos de deportes 920 341 48999. Excepcionalmente, conforme al artículo 58.2 del RLGS, podrá ser ampliada hasta un máximo de 5.000,00 euros sin necesidad de una nueva convocatoria, cumpliendo los requisitos establecidos en dicho artículo.Quinto. Plazo de Presentación de solicitudes:La documentación para participar en la convocatoria deberá presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Oviedo; en el Registro de la Oficina de Deportes del Ayuntamiento de Oviedo (Sección de Deportes, c/Río Ibias, nº 3, Bajo o en el Registro Electrónico del Ayuntamiento de Oviedo (www.oviedo.es), en los términos del art 14.2 de la Ley 39/2015 de 1 de Octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAP).El plazo de presentación será de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el B.O.P.A. Sexto. Otros datos:El órgano competente para la instrucción del procedimiento es la Concejalía Delegada de Deportes y para la concesión la Junta de Gobierno Local