¿A quién se dirige?
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES12 - PRINCIPADO DE ASTURIAS
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Cultura
Plazos, con su contexto.
La fuente indica que se publica un extracto en diario oficial, pero no aporta todavía un extracto con fecha y enlace verificables. Las fechas por sí solas no acreditan que la convocatoria ya sea válida. Consulta el original.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 02/02/2026
- Publicación en diario oficial
- 09/02/2026
Texto oficial de apertura: Al día siguiente de su publicación en el BOPA
Texto oficial de cierre: Un mes a contar desde el día siguiente de su publicación
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero. Beneficiarios:Podrán optar a ser beneficiarios de las subvenciones que se concedan por medio de la presente Convocatoria los Clubes Deportivos y las Federaciones deportivas que, además de reunir los requisitos señalados en el art. 13 de la Ley General de Subvenciones, cumplan los siguientes requisitos:1. Los Clubes deportivos deben de:a) Estar constituidos de conformidad con la normativa vigente según lo dispuesto en el Capítulo II del Título II de la Ley del Principado de Asturias 5/2022, de 29 de junio, de Actividad Física y Deporte, e inscritos en el Registro de Entidades Deportivas del Principado de Asturias como:- Equipos deportivos- Clubes básicos deportivos b) Tener su domicilio social en el Concejo de Oviedo.c) Estar inscritos en la Federación o Federaciones deportivas del Principado de Asturias correspondientes.d) Estar dados de alta en Hacienda y poseer el correspondiente CIF.e) Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.f) Haber justificado debidamente las subvenciones municipales que puedan haber obtenido con anterioridad del Ayuntamiento de Oviedo, salvo que no haya vencido su plazo de justificación.2. Las Federaciones Deportivas deberán de:a) Estar legalmente constituidas y reconocidas por la Dirección General de Deportes del Principado de Asturias o por el Consejo Superior de Deportes.b) Estar dadas de alta en Hacienda y poseer el correspondiente CIF.c) Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.d) Haber justificado debidamente las subvenciones municipales que puedan haber obtenido con anterioridad del Ayuntamiento de Oviedo, salvo que no haya vencido su plazo de justificación.e) Contar con un protocolo de prevención y actuación para situaciones de discriminación, abusos o acoso sexual, por razón de sexo o autoridad, de conformidad con el artículo 4.10 de la Ley 39/2022. de 30 de diciembre, del Deporte.3. En la presente Convocatoria se excluyen como beneficiarias a las entidades que ya dispongan en el ejercicio económico 2026 de una asignación de carácter nominativo o convenio en el Presupuesto Municipal para idénticos fines a los establecidos en el artículo 3 de esta Convocatoria.Segundo. Objeto:El objeto de la presente Convocatoria es la concesión de subvenciones a Clubes Deportivos del Concejo de Oviedo y Federaciones Deportivas, para favorecer la organización de competiciones y eventos deportivos que se desarrollen en el Concejo de Oviedo de carácter internacional, nacional, autonómico, oficial.Tercero. Regulación:Las subvenciones objeto de la presente convocatoria se regirán, además de por lo previsto en la misma, por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante, LGS) y el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio (en adelante RLGS), y por la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Oviedo (en adelante OGS), Texto refundido aprobado por acuerdo del Ayuntamiento Pleno, en sesión de 30/01/2013 (BOPA 109, de 13/05/2013), y sus Bases reguladoras de subvenciones de la Concejalía de Deportes destinadas a clubes deportivos y federaciones deportivas para la realización de eventos y competiciones deportivas, aprobadas por acuerdo del Ayuntamiento Pleno, en sesión de 4/04/2023 (BIM 45, de 9/11/2023 y BOPA 217, de 13/11/2023).Cuarto. Cuantía:En el presupuesto de Deportes del año 2026, el importe destinado a la presente Convocatoria de Subvenciones a Clubes Deportivos y Federaciones Deportivas para la realización de eventos y competiciones deportivas asciende a 165.000,00 euros, consignados en la partida del Centro de Gastos de Deportes 920 341 48999.Quinto. Plazo de Presentación de solicitudes:La documentación para participar en la convocatoria deberá presentarse en el Registro Electrónico del Ayuntamiento de Oviedo (www.oviedo.es), en los términos del art 14.2 de la Ley 39/2015 de 1 de Octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAP).El plazo de presentación será de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el B.O.P.A. Sexto. Otros datos:El órgano competente para la instrucción del procedimiento es la Concejalía de Deportes y para la concesión la Junta de Gobierno Local