Plazo no verificadoBDNS 884654
AYUDAS A MUNICIPIOS PROMOCIÓN COMERCIAL Y FERIAL 2026
AUTONOMICA · COMUNIDAD DE MADRID · CONSEJERÍA ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 09:22 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES3 - COMUNIDAD DE MADRID
Finalidad
Comercio, Turismo y Pymes
Plazos, con su contexto.
- Inicio de solicitudes
- 17/02/2026
- Fin de solicitudes
- 16/03/2026
- Registro en BDNS
- 02/02/2026
- Publicación en diario oficial
- 16/02/2026
Texto oficial de apertura: A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE AL DE LA PUBLICACIÓN DEL EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA EN EL BOCAM
Texto oficial de cierre: UN MES DESDE EL DÍA SIGUIENTE AL DE LA PUBLICACIÓN DEL EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA EN EL BOCAM
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Extracto publicado
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la orden citada cuyotexto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en la página web www.comunidad.madrid.PRIMERO.- Beneficiarios.Serán beneficiarios de estas ayudas los municipios de la Comunidad de Madrid que organicenferias de comercio y/o artesanía, así como campañas de promoción y dinamización del tejidocomercial y artesano, que sean promovidas y/o gestionadas por los mismos.Los beneficiarios deberán cumplir los requisitos establecidos en el artículo 4 de lasbases reguladoras.SEGUNDO.- Objeto.El objetivo de esta convocatoria es fomentar el desarrollo de la promoción comercial yferial a través de la organización de ferias de comercio y/o artesanía, así como decampañas de impulso y dinamización del tejido comercial y/o la actividad artesanal, quesean promovidas y/o gestionadas por los municipios, convocando ayudas para el año 2026.La finalidad es la concesión de ayudas a los municipios de la Comunidad de Madriddestinadas al desarrollo de la promoción comercial y ferial a través de la organización deferias de comercio y/o artesanía, así como de campañas de impulso y dinamización deltejido comercial y/o la actividad ferial.TERCERO.- Bases Reguladoras.Orden de 17 de junio de 2020, de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, porla que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a municipios de laComunidad de Madrid, para el desarrollo de actividades de promoción comercial y ferial(BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 1 de julio de 2020), modificada por la Ordende 30 de diciembre de 2021 del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo (BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID de 14 de enero de 2022) y por la Orden de 20 de junio de 2024(BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 3 de julio de 2024).CUARTO.- Determinación de la cuantía de la subvención.Las ayudas consistirán en subvenciones del 70 por 100 del presupuesto aprobado y aceptadopor la dirección general competente en materia de comercio y servicios, excluido todo tipode impuestos y con un límite de ayuda máxima por beneficiario de 15.000 euros.En el caso de los gastos de los artículos de promoción comercial, el límite máximo degasto que se computará como inversión subvencionable será de 4.000 euros.Esta subvención, más las posibles subvenciones concurrentes, más los ingresos a que laactividad diere lugar no podrán superar el coste de la actividad subvencionable,minorándose la subvención en la cuantía en que lo exceda.QUINTO.- Plazo de presentación de solicitudes.El plazo de presentación de las solicitudes será de un mes contado a partir del díasiguiente al de la publicación de este extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.SEXTO.- Gastos subvencionables.Se consideran gastos subvencionables los recogidos y delimitados en el artículo 6 de lasbases reguladoras.El periodo de realización de las acciones subvencionables será el comprendido entre el 1de agosto de 2025 y el 31 de julio de 2026.En el marco de la presente convocatoria, los municipios sólo podrán presentar una únicasolicitud, que podrá comprender la petición de subvención para diversas ferias y/ocampañas de promoción.SÉPTIMO.- Dotación de la convocatoria.Para el cumplimiento de la finalidad establecida en esta convocatoria, se destinará elcrédito presupuestario establecido en la Ley 6/2025, de 23 de diciembre, de PresupuestosGenerales de la Comunidad de Madrid para el año 2026, en relación con los objetivos ydisponibilidades presupuestarias asignadas a este fin en el programa 431A "Comercio",partida 46309, por una cuantía de 370.000 euros.
Bases y documentación
Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 18/02/2026Descargar archivo oficial · BDNSOtros documentos Modificación bases 20/06/2024Publicado 18/02/2026Descargar archivo oficial · BDNSOtros documentos Modificación bases 30/12/2021Publicado 18/02/2026Descargar archivo oficial · BDNSAnexosPublicado 18/02/2026Descargar archivo oficial · BDNSEXTRACTO DE LA ORDEN DE 29 DE ENERO DE 2026 DE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO, POR LA QUE SE CONVOCAN AYUDAS PARA EL AÑO 2026 DIRIGIDAS A MUNICIPIOS DE LA COMUNIDAD DE MADRID PARA EL DESARROLLO DE ACTIVIDADES DE PROMOCIÓN COMERCIAL Y FERIALPublicado 16/02/2026ORDEN CONCESIÓN AYUDAS MUNICIPIOS PROMOCIÓN COMERCIAL Y FERIAL PARA EL AÑO 2020Información orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.